GRUPO PLAZA

le absuelve penalmente por enfermedad mental

Una jueza condena a un hombre con 20.000 euros y tres años sin contacto con dos enfermeras por acoso

10/07/2022 - 

VALÈNCIA. El juzgado de lo penal número 9 de València ha condenado a un hombre con 20.000 euros de indemnización para dos enfermeras y la prohibición de contacto con las mismas por acoso en el ámbito hospitalario. Así lo recoge la sentencia de este mes de junio, en la que también se exime de condena penal al acusado por enfermedad mental. 

El hombre en cuestión, al que también se le ha impuesto internamiento en un centro médico psiquiátrico especializado durante dos años, tampoco podrá estar a menos de 300 metros de cada una de las aseguradas, que han sido defendidas por el despacho Fornés Abogados. 

Los hechos se remontan a enero de 2021, con el ingreso del denunciado en la Unidad de Quemados del Hospital La Fe de Valencia. Fue en este momento, cuando empezó a enviar una serie de mensajes a través de Facebook pidiendo amistad a una de las enfermeras. En éstos se recogían frases como "He tardado 40 años en encontrarte" o "Cuando te vuelva a ver no te voy a soltar".

Fue en el mes de febrero cuando el acusado envío un paquete con un teléfono móvil y en fechas posteriores otro regalo, diciendo que la iba a ver en su lugar de trabajo o si quedaban en otro sitio. A pesar de dictarse una orden de alejamiento, dicho hombre volvió a presentarse en el centro sanitario con intención de verla, teniendo que intervenir seguridad.

El denunciante llegó a mandar más de cincuenta cartas, con mensajes similares y la denunciante vio necesario el ser acompañada a su domicilio y lugar de trabajo por familiares. Poco después, el acusado desarrolló una conducta similar con otra enfermera de la misma unidad, a la que posiblemente confundió con la misma por tener el mismo nombre. 

Para poder contactar con ella, incluso se acercó al centro fingiendo ser agente de la autoridad y prohibiéndole el paso los vigilantes. Una actitud que, según señala la sentencia, se debía a un cuadro psicótico compatible con trastorno de la ideación delirante, de carácter patológico, "que anulaba completamente sus facultades intelectivas y volitivas". Esto ha llevado a estimar la eximente completa por alternación psíquica, pero ha derivado en una indemnización por daños morales a las afectadas.

Noticias relacionadas

next

Conecta con nosotros

Valencia Plaza, desde cualquier medio

Suscríbete al boletín VP

Todos los días a primera hora en tu email


Quiero suscribirme

Acceso accionistas

 


Accionistas