VALÈNCIA. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) sobre la moratoria de pisos turísticos en València ha abierto un escenario de incertidumbre sobre qué implica realmente el fallo y qué consecuencias puede tener en la práctica.
La resolución, que todavía no es firme, anula parcialmente el acuerdo aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 28 de mayo de 2024, en concreto en lo relativo a la suspensión de las licencias de cambio de uso y a la eficacia de las declaraciones responsables. El resto de la moratoria, sin embargo, se mantiene.
¿Por qué se anula parte de la moratoria?
El tribunal fundamenta esta decisión en que en el momento en que se aprobó la medida, el artículo 68.1 de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP) solo permitía suspender licencias de parcelación, edificación y demolición. No incluía expresamente los cambios de uso ni las declaraciones responsables. El TSJCV subraya que las medidas de suspensión de licencias afectan directamente a derechos individuales y, por tanto, no pueden interpretarse de forma extensiva. Es decir, si la ley no incluye expresamente una figura como el cambio de uso, la Administración no puede incorporarla por analogía.
Apenas dos meses después de aprobarse la moratoria municipal, la Generalitat modificó ese mismo artículo de la TRLOTUP para incluir expresamente los cambios de uso y las declaraciones responsables. No obstante, la sentencia deja claro que esa reforma no puede aplicarse con carácter retroactivo ni convalidar un acuerdo que, en el momento de su aprobación, carecía de cobertura legal.
Diferencia entre los tipos de licencia que 'bloqueaba' la moratoria
Para comprender el alcance técnico de esta resolución, es fundamental distinguir entre las figuras administrativas en juego. La licencia de edificación, cuya paralización en la moratoria el tribunal sí ha validado al considerarla proporcional para proteger el interés general, se refiere a las obras de nueva planta.
La licencia de cambio de uso es el permiso que autoriza a modificar legalmente el destino de un inmueble, como transformar un local comercial u oficina en una vivienda turística. Por otro lado, la declaración responsable es un documento donde el propietario asegura cumplir con toda la normativa vigente, lo que le permite iniciar la actividad o la reforma de manera inmediata sin esperar a que el Ayuntamiento le conceda una respuesta previa.
El Ayuntamiento recurrirá ante el Supremo
Ante este escenario, el Ayuntamiento ya ha anunciado que estudia recurrir la sentencia, para lo que tiene un plazo de 30 días. La propia alcaldesa, María José Catalá, defiende que se trata de una discrepancia interpretativa y sostiene que la normativa urbanística aprobada posteriormente limita en la práctica el alcance del fallo.
No obstante, si el Supremo rechazase el recurso municipal y la sentencia adquiere firmeza, aquellos promotores que recurrieron en su momento la paralización de sus solicitudes podrán reclamar que sus licencias se tramiten conforme a la normativa vigente en el momento en que las presentaron. Esto implicaría que no se les aplicaría la normativa aprobada posteriormente por el Ayuntamiento, conocida como la de los “cinco candados”.
Además, el fallo también abre la puerta a posibles reclamaciones por responsabilidad patrimonial derivadas de la paralización de estos expedientes.
¿A cuántos proyectos podría afectar realmente?
Por el momento, no obstante, se desconoce el alcance real de este posible efecto. Según datos municipales, la moratoria ha paralizado un total de 363 expedientes, que incluyen tanto licencias de edificación como de cambio de uso y declaraciones responsables. Sin embargo, será necesario determinar cuántos de esos casos corresponden a la parte de la moratoria ahora anulada y, además, cuántos fueron recurridos en su momento, ya que solo estos últimos podrían acogerse a los efectos del fallo.
Posibles indemnizaciones por responsabilidad patrimonial
El abogado Rafael Encarnación, que representa a los demandantes y gestiona los recursos de unos 40 clientes, sostiene que muchos de los afectados ya contemplan solicitar indemnizaciones por responsabilidad patrimonial tras haber tenido sus licencias paralizadas durante más de dos años.
Encarnación advierte de que estas cuantías podrían dispararse si el Ayuntamiento decide acudir al Tribunal Supremo, lo que alargaría los plazos de resolución y aumentaría el lucro cesante. Asimismo, el letrado se opone a lo que considera una "demonización" del sector de las viviendas turísticas, defendiendo que es una actividad generadora de empleo que no puede prohibirse mediante el planeamiento urbanístico.
Finalmente, desde la patronal APTUR —que también mantiene un recurso pendiente de resolución contra la moratoria— ya han comenzado a realizar estimaciones sobre el coste de estas posibles reclamaciones. La asociación cifra el impacto económico para el Ayuntamiento en unos cinco millones de euros.