València

La Asesoría Jurídica del Ayuntamiento ve "sin mínima solidez" la querella de un promotor contra Juan Giner

Los servicios jurídicos rechazan la solicitud de asistencia letrada de Giner por posible conflicto de intereses

  • Juan Giner.
Suscríbe al canal de whatsapp

Suscríbete al canal de Whatsapp

Siempre al día de las últimas noticias

Suscríbe nuestro newsletter

Suscríbete nuestro newsletter

Siempre al día de las últimas noticias

VALÈNCIA. La Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de València no aprecia indicios de criminalidad ni una base penal sólida en la querella presentada por la empresa promotora Business Decision and Advice contra el concejal delegado de Urbanismo, Juan Giner, en el marco del conflicto por la aplicación de la moratoria turística.

La querella se deriva de la denegación y suspensión de la tramitación de la licencia para un proyecto de 43 apartamentos turísticos en Benicalap Norte, en la zona de la Ciutat Fallera, y ha desembocado en un procedimiento penal en el Juzgado de Instrucción número 7 de València, donde el concejal está citado a declarar el próximo 22 de abril.

El origen del caso se remonta a la suspensión de la tramitación de la licencia para convertir varios locales comerciales en un apartahotel de 43 habitaciones, debido a la moratoria para licencias turísticas aprobada por el pleno municipal en mayo de 2024. Business Decision and Advice SL presentó la solicitud durante el periodo en que la moratoria ya estaba vigente, pero sostuvo que el proyecto debía quedar al margen de la suspensión por ser un local con “uso terciario exclusivo”, una excepción prevista en la propia moratoria. Sin embargo, el Ayuntamiento acordó paralizar la tramitación de la licencia al considerar que parte del inmueble no se ajustaba estrictamente al uso terciario, lo que llevó a la suspensión de la licencia.

La empresa promotora acusa al Ayuntamiento de haber aplicado la moratoria de forma impropia y atribuye a la actuación municipal un carácter irregular e incluso motivado políticamente. De hecho, en el escrito aportan declaraciones públicas de Giner para justificar una supuesta "animadversión política feroz" a la apertura de viviendas de uso turístico.

Sin embargo, tras un estudio preliminar de la querella, la Asesoría Jurídica municipal afirma expresamente que no aprecia "indicio alguno de criminalidad" y que la acción penal carece "de una mínima solidez". Este posicionamiento implica que, si bien puede haber discusión técnica y normativa en la vía contencioso-administrativa sobre la interpretación de la moratoria, no existe -al menos en esta fase- una base firme para sostener que los hechos constituyan un delito penal.

Desestima la petición de asistencia jurídica

A pesar de esta valoración favorable respecto a la falta de indicios delictivos, el Ayuntamiento decidió desestimar la solicitud de asistencia jurídica municipal formulada por Giner para su defensa en el procedimiento penal. La negativa se basa en una posible colisión de intereses con otro querellado, un jefe de servicio que sí obtuvo asistencia jurídica de los servicios municipales, y en el riesgo de que se presenten líneas de defensa potencialmente incompatibles. La resolución aclara que esta negativa no se apoya en la existencia de indicios de delito, sino en una cuestión técnica de prudencia institucional.

Cambios en la interpretación de la moratoria

Precisamente este caso de los 43 apartamentos de Benicalap sería uno de los supuestos que habrían llevado al Ayuntamiento a aprobar un cambio de criterio en la interpretación de la moratoria para evitar diferentes interpretaciones de las excepciones. Y es que tal y como informó Valencia Plaza, la Comisión de Unificación de Criterios Técnicos acordó que en los locales de uso terciario exclusivo, la excepción de la moratoria "será aplicable a la totalidad de la edificabilidad terciaria atribuida a la parcela". Y en edificios de uso residencial mixto -con un uso dominante residencial pero con una reserva específica de uso terciario-, la excepción se aplicará "a las plantas bajas solo hasta el límite de esa superficie construible terciaria obligatoria exigida por el planeamiento".

 

Recibe toda la actualidad
Valencia Plaza

Recibe toda la actualidad de Valencia Plaza en tu correo