VALÈNCIA. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha admitido el recurso del exalcalde de Canet d'en Berenguer Leandro Benito Antoni (PP) y lo ha absuelto del delito de prevaricación por el que en febrero de este año le condenó un Juzgado de lo Penal en una causa que partió de una denuncia anónima.
El tribunal descarta arbitrariedad en el nombramiento de una prima suya, que se firmó a través de un decreto en el año 2013. Así, admite a consideración que esta empleada ya había pasado los exámenes del concurso y además era trabajadora previa del consistorio.
Así consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press. En ella, la sala entiende que la acusación no ha puesto en duda que la persona nombrada reuniese todos los requisitos para adecuado desarrollo de su puesto de trabajo. Una persona, además, que en el concurso/oposición había superado la totalidad del programa correspondiente al puesto. En adición a todo esto, también contaba con titulación y desempeñaba funciones propias de ese cargo en el consistorio, donde ya era funcionaria de propiedad.
Asimismo, en relación con la vía utilizada por el entonces alcalde para el nombramiento de su familiar, el tribunal considera que ha ofrecido una explicación técnico-legal "mínimamente razonable", sin que las "discrepancias" que puedan existir en este punto "deban ser ventiladas en la vía penal" ya que su marco propio es, en primer lugar la administrativa y, agotada esta, la contencioso-administrativa.
De esta forma, la sala absuelve al ex primer edil de la localidad valenciana, que había sido condenado en primera instancia por un Juzgado de lo Penal, que le había impuesto un multa de 1.800 euros y una inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo
público por el tiempo de dos años.
Según el letrado Borja Boluda, abogado de Andersen que ha llevado el caso, el exalcalde siempre defendió su inocencia alegando que su prima ya era funcionaria de carrera y que no hizo nada irregular, que todo fue con arreglo a ley y ha subrayado que, tras la condena, se le retiró el acta de concejal del Ayuntamiento "y se le perjudicó y defenestró públicamente en los plenos" por la entonces oposición.
La sentencia de primera instancia condenó al exalcalde al considerar que "de forma voluntaria y a sabiendas de su ilicitud", dictó el decreto de nombramiento con la omisión de todo trámite o procedimiento administrativo. El ex primer edil recurrió la sentencia y ahora, la Audiencia le ha dado la razón al entender que las declaraciones que se prestaron en el juicio, lejos de perjudicarle le favorecían, y se cuestiona cuál sería la finalidad perseguida con la presentación de la denuncia, "pues no se entiende que, si tan delictivos se mostraban los hechos para quien decidió denunciar, no hubiere actuado con celeridad e inmediatez, en vez dejar pasar tan dilatado periodo de tiempo", tres años desde la firma del decreto.