En la Comunitat Valenciana ya ha interpuesto denuncias contra los Cines ABC en Elche y València, a los Cines Mediterráneo en Alicante y a los Cines Puerto de Azahar en Castellón
VALÈNCIA. Este miércoles Facua hacía pública la denuncia que ha interpuesto contra los Cines Lys de València "por no permitir comida y bebida del exterior". El conflicto no es nuevo y responde, según la asociación de consumidores, "a los efectos de una normativa de principios de los años 90". Aseguran que la venta de bebidas y alimentos "no es la actividad principal de las salas [es la proyección de películas]", y aprovecha el comunicado para informar a los consumidores que "si el cine autoriza el consumo de alimentos y bebidas en sus instalaciones, es abusivo que no permitan que procedan del exterior".
El conflicto está servido y hay debate. Sobre todo porque los cines valencianos cuentan desde hace apenas unos meses con un sello de la Generalitat que regulariza el derecho de no admisión con comida y bebida no comprada en las propias instalaciones. Facua quiere marcar distancia con lo que supone esa decisión para los establecimientos de restauración: "la medida de no permitir alimentos sólo tiene sentido en el caso de un bar o un restaurante, por ejemplo, ya que sí es su actividad principal", comenta su portavoz Rubén Sánchez a Valencia Plaza.
El último de los cines señalados por la asociación es el Lys –una de las salas con mayor recaudación de todo el Estado–, pero en 2017 ya inició su cruzada contra otras salas de la Comunitat: los Cines ABC en Elche y València, los Cines Mediterráneo en Alicante y los Cines Puerto de Azahar en Castellón. La asociación de consumidores ha interpuesto demandas similares en casi todas las Comunidades Autónomas por este motivo.
Para justificar su denuncia, Facua aduce tres argumentos desde su departamento jurídico. El primero, que "es una cláusula abusiva prohibida por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores. El apartado primero de su artículo 82 indica que son abusivas aquellas estipulaciones que causen 'un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato'". El segundo, que la Comisión de Cooperación de Consumo "se ha pronunciado en varias ocasiones en este sentido". Eso sí, mediante consultas como la 53 de 1998 y la consulta 5 de 2000: "en esta última, se menciona que 'las cláusulas en la que se impone al consumidor limitaciones en orden a la adquisición de los productos sin fundarse en circunstancias objetivas debe ser considerada abusiva". El tercero, que el derecho de admisión "no sirve como escudo para este comportamiento". Conforme a la normativa autonómica de Espectáculos,"regula como derecho de admisión impedir el acceso y permanencia en un establecimiento público motivado por razones objetivas que puedan impedir el normal desarrollo del espectáculo o actividad o supongan la vulneración de la normativa vigente". En este caso, los supuestos son "impedir el acceso a personas que manifiesten comportamientos violentos, puedan producir molestias a otros espectadores, o bien dificulten el normal desarrollo del espectáculo o actividad".
El responsable de los Cines Lys, Silvino Puig, se mostró "completamente sorprendido" ante la denuncia de Facua que aseguró haber conocido "a través de su comunicado público". Puntualizó que no ha habido ninguna interlocución con la asociación y, en declaraciones a este diario, quiso defender que "estamos en regla, pagamos un IAE [Impuesto sobre las Actividades Económicas] para poder vender bebida y comida y la normativa nos da derecho a poder prohibir la entrada". Recordó que desde la Asociación Valenciana de Empresarios del Cine "se ha articulado un escrito en Consumo, se ha cumplido con el trámite y actualmente tenemos un sello de la Generalitat que nos permite reservarnos el derecho de admisión por este motivo".
Puig reconoce que hasta no hace mucho esa información se le daba al consumidor en las mismas puertas de los cines y apunta a que "otras denuncias similares nunca han prosperado". El responsable de los Cines Lys quiere dejar claro que "no puede considerarse abusivo algo así; abusivo sería que el público estuviera obligado a consumir cualquier comida o bebida. Puede no hacerlo y no hay ningún problema. Es esa persona quien decide si entra a la sala o no".
Por eso, insiste en que la denuncia de Facua –de la que no tiene más constancia que la publicación de su comunicado– les ha dejado "descolocados. Teniendo un documento de Consumo, de Conselleria, no entendemos cómo puede haber una denuncia".
Desde Facua creen que el sello de la Generalitat puede ejercer un amparo equivocado sobre los derechos del consumidor: "no es la primera ni la última vez que un gobierno de cualquier tipo ampara equivocadamente tratos discriminatorios. Lo que se provoca es que el consumidor acabe teniendo que gastar más dinero porque, además, todos sabemos que los precios de su bar no son precisamente económicos. Por eso entendemos que abusan de esa situación", añade Sánchez.
La asociación de consumidores, que comunicó la denuncia a través de su plataforma en la Comunitat Valenciana, insiste en que "es una práctica que empezó a erradicarse hace años, pero que ha vuelto. No es muy distinta a la idea sobre el derecho de admisión en una discoteca por llevar zapatillas u otras vestimentas y resulta abusvia para el consumidor". Va más allá: "nos gustaría que la Generalitat rectificara si ha tomado esa decisión de amparar a los cines porque va contra las normativas". De momento, los Cines Lys se suman al cúmulo de denuncias por este motivo de Facua en toda España.