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por la creación de la nueva línea 99 

La Conselleria desiste en la creación del nuevo servicio público Metrorbital al prever una línea la EMT

8/08/2016 - 

VALENCIA, (EP). La Conselleria de Vivienda ha desistido de la creación del nuevo servicio público Metrorbital entre la estación del Empalme de FGV y la de Valencia-Cabanyal de Renfe, al haber tenido constancia de la inminente puesta en marcha de un servicio urbano mediante la línea 99 por parte de la EMT de Valencia.

La Conselleria ha ordenado además el cese de la prestación del actual servicio, que se adjudicó con carácter de urgencia y de forma provisional, por un año, a la UTE Metrorbital mediante una resolución de 2010, según publica hoy el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV).

Las razones de interés público que motivaron la creación del servicio han desaparecido, según la resolución de la Conselleria de Vivienda, que explica que han tenido constancia de la puesta en funcionamiento de un servicio urbano por parte de la EMT mediante la creación de la línea 99.

Ello consta en el informe suscrito por el jefe del Servicio de Transporte Metropolitano y Grandes Áreas Urbanas, en el que se pone de manifiesto la innecesariedad de seguir prestando de forma provisional el servicio Metrorbital.

El procedimiento de aprobación y licitación del proyecto entre la estación de Empalme de FGV y la estación Valencia-Cabanyal de Renfe fue iniciado por resolución de la Conselleria de Infraestructuras el 2 de enero de 2014, del que ahora desiste la actual Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.

En 2012 se aprobó, por la presidenta de la Agencia de Movilidad, el proyecto de servicio público de transporte de viajeros entre ambas estaciones pero se archivó el expediente de contratación iniciado en 2014 ante la necesidad de adecuarlo.

La prestación del servicio se había adjudicado con carácter de urgencia y de forma provisional por un año a la UTE Metrorbital mediante resolución de 27 de octubre de 2010, no obstante se sigue prestando a través de prórrogas extraordinarias concedidas en 2012, 2013 y 2014.

La empresa prestataria del servicio ha sido informada del nuevo servicio urbano y, requerida al efecto, no ha ofrecido propuesta alguna de reestructuración ni manifestación expresa sobre su voluntad de mantenerlo ni en qué condiciones.

Por ello, la prórroga otorgada en resolución de 2 de enero de 2013 y de 2014 se tendrá por finalizada en el momento en que se determine por resolución del director general de Obras Públicas.

Contra esa resolución se podrá presentar recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación, sin perjuicio de interponer recurso de reposición ante el órgano que la dicta en un mes o cualquier otro recurso que se estime procedente.

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