Comunitat Valenciana

ANÁLISIS TRAS SEIS MESES

Del "episodio dantesco" a la "gravísima inactividad" del Consell: la crudeza de la jueza marca la instrucción de la Dana

  • Familiares de las víctimas de la Dana durante una concentración en las inmediaciones de la Ciudad de la Justicia
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VALÈNCIA. Hace casi tres meses desde que la jueza encargada de la instrucción de la Dana describiera lo ocurrido el pasado 29 de octubre como un "episodio dantesco, un infierno real de destrucción, muerte y finalmente oscuridad". Así empezaba uno de los primeros autos conocidos de la titular del juzgado de Instrucción 3 de Catarroja en la causa penal, y con él intentaba argumentar la existencia de un "importante daño psicológico" que había "constatado" tras tomar declaración de decenas de supervivientes y familiares de fallecidos por la catástrofe.

Eran todavía los primeros compases de la investigación y, desde entonces, la magistrada ha instruido la causa con diligencia y decisión, para sorpresa de muchos, ciñéndose al aviso tardío a la población, los fallecimientos y lesiones provocados por la riada y dejando fuera aspectos como los daños materiales. Su lenguaje claro y directo -lacónico a veces-, la crudeza de algunas expresiones y en especial la contundencia con la que ha reiterado la responsabilidad de la Generalitat ha levantado suspicacias entre las filas del PP valenciano, cuyas tesis ha desmontado en diferentes autos. Pero también de Vox, cuyo portavoz en Les Corts, José María Llanos, llegó a decir que la jueza estaba tomando "decisiones" que no le competían, o de algunas acusaciones, que han recurrido a la Audiencia todavía a la espera de resolución.

Así pues, el señalamiento realizado por la jueza esta semana sobre la "gravísima inactividad" y la "evidente pasividad" de la administración autonómica es el último de un rosario de sintagmas que han marcado la instrucción en los últimos meses. La magistrada ha dirigido la mirada sobre todo al centro de emergencias (Cecopi), responsable del envío de la alerta masiva y que estaba presidido por la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas. Tanto ella como el ex 'número dos' de Emergencias Emilio Argüeso han acabado investigados, no así la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, ni el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, como pedían algunas acusaciones y contra el discurso del Gobierno valenciano que dirige Carlos Mazón.

Una "palmaria ausencia de avisos" y la "inactividad" autonómica

Ya desde los primeros pasos de la instrucción la magistrada restringió la causa a los presuntos delitos de homicidios y lesiones imprudentes provocados por catástrofe, por lo que había que indagar el "nexo causal" de los acontecimientos con los fallecimientos y las lesiones. Un nexo causal que la jueza atribuye desde bien pronto, basándose en el relato de numerosos afectados, a "la palmaria ausencia de avisos a la población, que no pudo tomar ninguna medida para protegerse". Estas palabras han dejado fuera de la investigación, por ejemplo, los daños materiales, para cuya "oportuna reparación" la jueza redirige a otras vías - los daños materiales "no se podían evitar" pero "las muertes sí", concluyó-.

  • Varios familiares víctimas de la Dana. Foto: ROBER SOLSONA/EP

"Constituye nexo común en los fallecimientos, el desconocimiento total y absoluto de la situación de riesgo, lo que llevó a las víctimas muchas de ellas de la tercera edad, a permanecer en plantas bajas, bajar a los garajes, permanecer simplemente en las calles, circular con sus vehículos", escribe la jueza en un auto del 24 de febrero, donde ya deja claro, contra el relato que había sostenido el Consell, que "la inactividad se produjo" en el ámbito autonómico, al que corresponde la competencia de protección civil.

Era la primera vez donde señalaba claramente a la Generalitat Valenciana y recordaba que "el mando único de la emergencia" se le atribuía a la Conselleria del ramo, que presidía Pradas, y que para "alertar a la población, no era preciso instar la declaración de la emergencia nacional", desechando cualquier responsabilidad del Gobierno central por el momento, además de dejar negro sobre blanco que el mensaje enviado a través del ES Alert a las 20.11h era "manifiestamente tardío y erróneo" y que no era el único canal para alertar: bastaba con emplear los medios de comunicación.

"Información la había sobrada y por innumerables medios"

Esta ha sida la línea sostenida por la magistrada desde entonces, y no sólo ha insistido en la tardanza de la alerta -el hilo de la investigación- sino que también ha indagado la información de la que se disponía para probar la presunta negligencia. Así, por ejemplo, tras solicitar numerosas piezas y grabaciones periodísticas de aquella tarde, la magistrada consideró que estas "permiten hacerse una idea de cómo evolucionó la situación" aquel día: "cómo iba siendo afectada la población por las lluvias durante la mañana, cómo las diversas comarcas valencianas sufrían los efectos de la Dana de forma paulatina y desde qué hora, el desbordamiento del barranco del Poyo en Chiva, los informes meteorológicos al mediodía que dibujaban el avance de la Dana hacia el interior en el mapa, la referencia a precipitaciones históricas [...]".

  • Salomé Pradas acudiendo a su declaración como investigada en la Ciudad de la Justicia. Foto: ROBER SOLSONA/EP

En otro auto, pocos días después, la titular del juzgado de Catarroja destacó la actitud de la Universitat de València que "acordó acertadamente la suspensión de las clases", como ejemplo de que se podían "tomar decisiones preventivas". Por ello, preguntó a la institución en base a qué datos lo hizo y esta respondió que "no contaba con más información de la que podría tener cualquier institución que estuviera al tanto de los avisos e informaciones de los organismos públicos".

Con estos hilos y toda la documentación solicitada a diferentes organismos como la Aemet, la CHJ y la Conselleria de Emergencias, la jueza tejió quizá el auto más importante hasta la fecha, emitido el pasado 10 de marzo, para citar como imputados a Pradas y Argüeso y cuya argumentación es rotunda y cruda: "El problema residiría no en la ausencia de información, la había sobrada y por innumerables medios, en tiempo real, al alcance de los responsables [...] sino en el hecho de que ante dicha información, o bien se ignorara la misma, no se comprendiera su alcance (lo que resultaría igualmente grave) [...], o no se tomaran las decisiones pertinentes por quien tenía el poder de decisión". "Las circunstancias del retraso deberán ser averiguadas", concluía.

La magistrada rechazaba de plano uno de los principales argumentos del Consell: la falta de información sobre el estado del caudal del barranco del Poyo procedente de la CHJ, que no envió un correo electrónico hasta las 18.43h. Pero la magistrada recuerda que los datos cincominutales del Sistema de Alerta Hidrológica (SAIH) estaban disponibles en directo para los responsables del Cecopi, tal como reza el informe remitido por la CHJ: "No se puede alegar un desconocimiento de los responsables de emergencias del SAIH ni de la posibilidad de acceso al mismo", escribe con decisión la jueza.

  • Imagen del Cecopi aportada a la causa. Foto: VP

"Parecía que estaban aislados y que los técnicos no informaban"

La declaración de los dos investigados insistió, entre otras cosas, en la falta de información que había en el Cecopi, ya no sólo por parte de la CHJ y su presidente -lo cual confirmó la delegada del Gobierno en su testifical- sino que también acusó a varios técnicos de Emergencias de no informar como debían. Ante ello, la jueza no hace sino manifestar su sorpresa en uno de los últimos autos, del pasado 22 de abril, donde llega a ironizar sobre la desconexión de los responsables en el centro de emergencias: "Quienes habían de tomar las decisiones manifiestan ser ajenos a las llamadas del 112, a las previsiones meteorológicas de la AEMET, a las comunicaciones sobre el estado y el caudal de los barrancos, ya fuera a través de correos o a través del SAIH, a los medios de comunicación, se afirma que no habían pantallas en la sala del Cecopi".

El Cecopi, así, era para la jueza "un lugar en que parece que nadie poseyera teléfonos, en el que los técnicos no les informaban o lo hacían mal, y en el que eran igualmente ajenos a las decisiones de instituciones de tanta relevancia como la Universitat de València que, con la misma información meteorológica de la que poseía la Administración Autonómica, decidió salvaguardar a los alumnos, trabajadores y profesores del grave riesgo al que estaban expuestos".

Era, prosigue la literatura de la jueza, una sala donde "pareciera que los presentes permanecían en una burbuja aislados del mundo exterior, sin posibilidad de abandonar la sala y en el que el tiempo transcurría lentamente, demorándose la toma de decisiones, mientras el agua y el barro se desbordaba de los barrancos y de los cauces de los ríos, y en la que las llamadas de auxilio no traspasaban el umbral de la sala". Un lugar, en definitiva, "en el que ninguna información les llegaba, ningún consejo acertado se les proporcionó y en el que, quienes entraban, perderían la conciencia o la memoria de la gravedad de la situación".

Y en cuanto a los datos proporcionados por la CHJ, la magistrada insiste en que "no es admisible de modo alguno que se desconozca por el secretario autonómico el SAIH ni la forma de acceso a los datos" y "en el caso de que fuera así dicha ignorancia sería parte de la negligencia que se le ha de atribuir en la gestión de una emergencia". A su juicio, la administración autonómica "concurrió en una evidente pasividad" y una "gravísima inactividad".

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