VALÈNCIA. El Ayuntamiento de València rechaza el recurso presentado por la Federación Empresarial de Hostelería y mantiene el recorte de media hora en el horario de las terrazas de los locales del Cedro y Honduras que aprobó el pasado mes de junio. Las zonas del Cedro y Honduras, dos epicentros del ocio nocturno universitario en València, han sido durante años el escenario de un conflicto constante entre los vecinos, que claman por su derecho al descanso, y la hostelería, que defiende su actividad económica.
Las asociaciones de vecinos de la Plaza de Honduras y Adyacentes y de Ciudad Jardín-Cedro llevan años peleando para que se declaren como Zona Acústicamente Saturada (ZAS). Sin embargo, las últimas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana tumbaron el inicio del procedimiento para declarar las ZAS al revocar los fallos de los juzgados de lo contencioso-administrativo que les dieron inicialmente la razón a los vecinos.
Horarios de cierre
Tras el fallo del TSJCV, el Ayuntamiento optó por la reducción horaria como una alternativa “para poder mejorar las condiciones acústicas de la zona”, dijo entonces el edil de Mejora Climática, Carlos Mundina. Con la nueva normativa, los establecimientos deben cerrar sus terrazas a las 00:30 horas de la noche entre el 1 de marzo y el 31 de octubre. Los viernes, sábados y vísperas de festivo, el cierre se extiende hasta la 1:00 de la madrugada. Durante el resto del año (enero, febrero, noviembre y diciembre), el horario de cierre se establece a las 00:00 horas. Además, los locales tienen una media hora adicional, sin clientes, para recoger sus instalaciones.
Una decisión a la que la Federación Empresarial de Hostelería de Valencia se opone, por lo que presentó un recurso de reposición pidiendo la suspensión cautelar de la medida. Ahora, la Junta de Gobierno ha rechazado aprobar dicha suspensión cautelar del recorte horario amparándose en un informe del Servicio de Mejora Climática que sostiene que en el recurso no se justifica ni un "perjuicio de imposible o difícil reparación" ni una "causa de nulidad evidente o manifiesta”, tal y como exige la jurisprudencia del Tribunal Supremo para paralizar un acto administrativo.
El Ayuntamiento defiende la legalidad de su decisión, justificándola como una "actuación preventiva" para reducir los niveles de contaminación acústica y proteger el derecho fundamental al descanso de los vecinos. El gobierno local se apoya en las ordenanzas municipales, que le permiten tomar acciones para mitigar el ruido y que establecen que las autorizaciones de terrazas se conceden "a precario" y pueden ser modificadas por "razones de interés público".
Más medidores del ruido
Cabe recordar que pese a que el TSJ anuló el inicio del proceso de implantación de la ZAS, en la misma sentencia obligaba al Ayuntamiento ha realizar un estudio sonométrico, es decir, a instalar más medidores del ruido en estos enclaves para comprobar si se dan los niveles de ruido suficientes para iniciar un nuevo procedimiento para declarar las zonas como acústicamente saturadas. No obstante, el Ayuntamiento, a través de su concejal, Carlos Mundina, ya avanzó que esperarán a que la sentencia sea firme para llevarlo a cabo. En ese sentido, las asociaciones vecinales ya anunciaron que presentarán un recurso de casación ante el Supremo para seguir peleando para que la ZAS sea una realidad.