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Hacienda reactiva el concurso 'maldito' del alumbrado de València al inadmitir un recurso

4/06/2020 - 

VALÈNCIA. El Tribunal Administrativo de Recursos contractuales, dependiente del Ministerio de Hacienda, libera de las cadenas el concurso 'maldito' del alumbrado de la ciudad de València tras suspenderse hasta en dos ocasiones por recursos tanto de la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Energéticos (Anese) como de los sindicatos. Este último, presentado por CCOO y UGT, ha sido sobre el que el tribunal ha sentenciado su inadmisión.

Recoge el fallo, al que ha tenido acceso este diario, que el Ayuntamiento de València había anulado tanto el anuncio de licitación como los pliegos del concurso tras la declaración del estado de alarma por el coronavirus, por lo que, dice el Tribunal, el recurso "carece de actuacióna dministrativa susceptible de impugnación", por lo que lo inadmite y da luz verde a levantar la suspensión cautelar de la contratación en cuanto al recurso. No así en cuanto a la suspensión de plazos. Esto se producirá automáticamente cuando se levante el estado de alarma.

Se trata de una de las contratas importantes del Ayuntamiento de València, y se licita por unos 16 millones de euros para prestar este servicio durante los próximos cuatro años. Consta de dos lotes, uno de ellos cubre la zona norte y el antiguo cauce del río Turia, así como los puentes y pasarelas sobre el mismo. El segundo cubre la zona sur. Señalan los pliegos que esta segunda área cuenta con una "mayor dificultad de la trama urbana", fundamentalmente porque incluye el casco histórico. Así, el personal se distribuye en estas dos áreas de trabajo a razón de 30 y 28 trabajadores respectivamente, en total, 58.

La historia del concurso 'maldito'

Esta había sido la segunda vez que se había paralizado la licitación. Para comprender el recurso de los sindicatos, hay que remontarse a la primavera pasada, cuando se tramitaba el primer concurso de este servicio. Entonces, como informó este diario, la Asociación Nacional Empresas de Servicios Energéticos (Anese) y una compañía interesada recurrieron los pliegos por el anexo referente a las condiciones para que los adjudicatarios se subroguen en los derechos del personal que ya realiza este trabajo.

Según Anese, la subrogación obligatoria de los empleados no cumplía con la normativa de contratación porque, explica, sólo el convenio colectivo o el acuerdo de negociación colectiva de eficacia general puede regular dicha materia. Según el consistorio, el convenio sí permitía imponer la subrogación del personal. El entonces concejal de Contratación, Sergi Campillo, argumentaba que el sentido de la subrogación era "garantizar los derechos de los trabajadores" y que era importante facilitar a la nueva contratista "la disposición inmediata de ese personal experto [..] sin necesidad de períodos de formación". 

Según el consistorio, la instalación del alumbrado de toda la ciudad es una red muy extensa y el dispositivo de personal de mantenimiento no es suficiente. Y en consecuencia, cambiar el personal podría ocasionar una "exposición a averías más tiempo del imprescindible, así como un posible deterioro innecesario de la instalación". 

Finalmente, el Tribunal de Recursos Contractuales, dependiente del Ministerio de Hacienda, acabó tumbando el concurso al fallar en favor de Anese subrayando que el convenio no fija la obligación de subrogarse en el personal, sino que "se remite al supuesto de que lo impongan los pliegos de licitación", y los pliegos, por normativa, "no pueden establecerlo de forma unilateral y autónoma". Una resolución que UGT y CCOO llevaron al Tribunal Superior de Justicia (TSJCV), cuestión sobre la que todavía no hay sentencia.

La concejala de Contratación, Luisa Notario. Foto: KIKE TABERNER

Recurso sindical: segunda paralización

Con todo, el consistorio inició un nuevo procedimiento de contratación y rehizo los pliegos sin incluir esta cláusula de subrogación, pero los sindicatos también lo denunciaron ante el TSJCV, pidiendo la suspensión cautelar de este nuevo expediente. El tribunal todavía no se ha pronunciado al respecto y el Ayuntamiento continuó su camino burocrático hasta que, por segunda vez, sacó el servicio a licitación a principios de este mes de marzo.

Y estos pliegos fueron los recurridos por las organizaciones sindicales al considerar que el Ayuntamiento "no tiene potestad" para anular el primer procedimiento, dado que tras la suspensión definitiva decretada por el tribunal administrativo, la cuestión se encuentra en el Tribunal Superior de Justicia todavía sin resolución. En este sentido, insistían en que hay que esperar a que llegue ese fallo para poder preparar un nuevo concurso.

Sobre ello, el consistorio alegó que la normativa de contratación recoge expresamente que cuando se acepte un recurso que conlleve la anulación de una cláusula -como el de Anese-, se determinará "la anulación de los actos del expediente de contratación". También la ley ampara la finalización de un procedimiento "antes de la formalización" del nuevo contrato "siempre que esté fundada en una infracción no subsanable". Así, el Ayuntamiento inició el nuevo procedimiento de contratación dado que "las necesidades a satisfacer [...] permanecen vigentes" y porque el desistimiento del anterior procedimiento "no impide la iniciación inmediata" de otro nuevo.

Pero además, los sindicatos recurrían el hecho de que los nuevos pliegos no incluyan la subrogación. Aunque admitían que "el pliego de condiciones no es el instrumento idóneo para establecer la obligación de subrogar a los trabajadores", en la línea de lo que argumentaba el Tribunal Administrativo, insistían en que el Ayuntamiento se ha de acoger a la Ley valenciana para el Fomento de la Responsabilidad Social. En ella se dice que las administraciones públicas incluirán cláusulas para obligar a la contrata a subrogar al personal. También, UGT y CCOO reforzaban la defensa que inicialmente hacía el consistorio, apuntando a que el convenio sectorial sí permite la subrogación obligatoria si lo especifican los pliegos.

Con todo, el Ayuntamiento se remitía a lo que el Tribunal había dicho en contestación en el primer recurso, dándole la razón a Anese. Finalmente, el concurso se ha liberado al no caber dentro del estado de alarma. Lo cual no impide que pueda volver a presentarse un recurso similar en las próximas semanas.

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