VALÈNCIA. El Ayuntamiento de València ya ha reformulado, de la mano de los sindicatos, los dos apartados de las bases de la Oferta Pública de Empleo (OPE) de estabilización que fueron parcialmente anulados por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de València el pasado mes de diciembre. Un varapalo judicial que llegó antes de las vacaciones navideñas y que obligaba al consistorio a buscar una solución en tiempo récord para dar continuidad al proceso con el calendario jugando en su contra -dado que debe estar resuelta el 31 de diciembre de este año-.
La concejalía de Recursos Humanos que dirige Julia Climent mantuvo una reunión este jueves con los sindicatos en la que ya se puso negro sobre blanco cómo puntuará la experiencia que los aspirantes hayan adquirido en según qué administración.
En el caso de las plazas convocadas por concurso de méritos, el nuevo baremo mantiene que los temporales del consistorio podrán sumar 0,429 puntos por mes trabajado, mientras que empleados temporales de otros municipios de gran población podrán acumular 0,321 por mensualidad. Aquellos que, no obstante, hayan adquirido su experiencia en otras administraciones -pero sin ser en municipios de gran población- podrán acreditar 0,214 puntos por mes trabajado.
De esta manera, la diferencia entre un interino del Ayuntamiento de València y otro ajeno a la corporación será del doble. Es decir, que para alcanzar la máxima puntuación que contemplan las bases (60 puntos), un trabajador temporal de València necesitará 11 años y 8 meses de experiencia profesional, frente a los 23 años y 5 meses que precisarán aquellos que no lo sean y trabajen en otra administración, como la Generalitat Valenciana. En caso de aquellos interinos que provengan de administraciones de municipios de gran población, la experiencia requerida será de 15 años y 6 meses.
Cabe recordar que la diferencia que establecían las bases anteriores que fueron anuladas era del cuádruple, y no del doble. El interino que hubiera trabajado en la plaza ofertada sumaría con 0,429 puntos por mes trabajado, mientras que otros temporales de otras administraciones tan solo podrían sumar 0,1. Una desproporción de un 429% que, a la postre, supondría que un empleado público interino de la Generalitat que se presentara a la plaza ofertada requiriera 50 años de experiencia profesional, mientras que a uno del Ayuntamiento de Valencia, se le requiriera once años y medio. Una diferencia cuatro veces mayor.
El juzgado lo declaró nulo por considerarlo "desproporcionado" al vulnerar el derecho de acceso a la función pública en condiciones de igualdad. "No se trata de que no se pueda acceder al procedimiento selectivo, sino de que las condiciones de acceso concretadas [...] se formulan en tales términos que se hace virtualmente imposible el acceso para personas que reúnan los requisitos generales, pero provengan de otras Administraciones públicas", exponía el fallo.
La reformulación de las bases, no obstante, no debía aplicarse únicamente a la primera convocatoria de la OPE extraordinaria que preveía 668 plazas, las que fueron convocadas por concurso. Sino que también se debían modificar estos puntos de las bases de las plazas convocadas mediante concurso-oposición, en la que los aspirantes sí deberán presentarse a un examen y no solo demostrar su experiencia en la administración.
Ahora bien, el baremo no será el mismo en ese caso. Para el concurso-oposición, la experiencia de los interinos del Ayuntamiento de València será la misma: 0,429 por mes trabajado. Por su parte, aquellos que hubieran desarrollado su actividad profesional en un consistorio de otra gran población distinta a València, sumarán 0,214 puntos por cada mes. Y a quienes la hubieran adquirido en otras administraciones, como por ejemplo la Generalitat Valenciana, se ls baremará a 0,143 puntos por mes trabajado. En este caso, la diferencia entre los primeros y los últimos es de casi el triple.
En el caso de las plazas convocadas por concurso-oposición, el examen contará el 60% de los puntos finales, pero esa fase no tendría carácter eliminatorio, si bien el consistorio especificó en las bases que haría falta una puntuación mínima de 15 puntos para considerar que se habría superado el proceso selectivo. En esa convocatoria el número de plazas que se ofertaron fue de 559 y contempla un total de 35 categorías diferentes.
Para alcanzar el otro 40% de la puntuación en la fase de lo méritos, por tanto, un interino del Ayuntamiento de València necesitará siete años y casi ocho meses. Un trabajador temporal de la Generalitat Valenciana o cualquier otra administración -distinta a municipio de gran población- precisará de 23 años y 3 meses de experiencia.