VALÈNCIA. José Luis Olivas y Domingo Parra Soria "eran perfectamente conscientes de la mendacidad de los datos" que defendieron ante los accionistas de Banco de Valencia en la junta general que aprobó las cuentas anuales de 2010, las últimas de la historia de la entidad, y de la irrealidad de unas cuentas que condujeron a la entidad a la quiebra.
Así lo considera el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, quien tras seis años de instrucción para identificar las causas y los responsables de la desaparición de la entidad centenaria y de las pérdidas millonarias sufridas por sus últimos accionistas, aprecia indicios suficientes para sentar en el banquillo al presidente, el consejero delegado, los dos ex vicepresidentes y el resto del consejo de administración.
A todos ellos se les acusa de un delito societario continuado de falsedad en las cuentas anuales de 2009 y 2010, un maquillaje en el que también colaboró el socio de Deloitte auditor de las cuentas, que dio su visto bueno sin salvedades pese a que se trataba de un auténtico ejercicio de "maquillaje" con la intención de ocultar el deterioro real del banco.
En el auto con el que procesa a todos ellos, el magistrado también exime a CaixaBank, heredera de Banco de Valencia al comprarlo por un euro tras ser intervenido y rescatado por el FROB, de cualquier eventual responsabilidad civil subsidiaria ante los accionistas. Sí considera, por el contrario, que Bankia si podría tener que responder civilmente ante ellos porque el objeto de la investigación son precisamente los antiguos gestores del Banco de Valencia y quienes les designaron para sus puestos.
El auto, con el que el titular del Juzgado de Instrucción 1 insta a la Fiscalía y el resto de partes a presentar escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa, es recurrible en apelación ante la sala de lo Penal de la Audiencia. En cualquier caso, visto el criterio mantenido hasta ahora por la Fiscalía Anticorrupción, la cúpula del Banco de Valencia se enfrenta a un juicio que, según fuentes del caso, podría celebrarse en alrededor de un año.
De hecho, el relato de los hechos de Pedraz se asienta en buena parte en el último escrito que le envió la fiscal Anticorrupción, Carmen Launa, en el que le instaba a dar por finalizada la instrucción y continuar por la vía de procedimiento abreviado contra los catorce investigados. La fiscal, la misma que ha estado al frente del caso Bankia, exponía con contundencia en el mismo las maniobras del consejo para ocultar los deterioros reales de la entidad en las cuentas de 2009 y 2010.
Según expone el juez, las cuentas anuales de 2009 formuladas por el Consejo de Administración en su sesión del 29 de enero de 2010, junto con el informe de gobierno corporativo del año 2009, "suponían ofrecer al exterior una imagen de relativa fortaleza y buen estado financiero que no se acomodaba a la realidad de la entidad, habida cuenta que la misma carecía de un plan estratégico, tratando únicamente de evitar la contabilización de activos dudosos y de su correspondiente dotación".
En total, la suma de los déficits de provisión detectados a lo largo de la instrucción asciende para esas fechas en 12,13 millones de euros (riesgo normal y subestándar) y 8,4 millones de euros (dudosos), "superando ampliamente la cifra de materialidad señalada por la propia auditora en relación al resultado ordinario de Banco de Valencia" y que lo había establecido en 1,1 millones de euros, el 5% del total activo.
Pese a que el Banco de España ya dirigió a los responsables de Banco de Valencia un escrito de recomendaciones en mayo de 2007 y un comunicado en marzo de 2009 alertando de elos riesgos, la política expansiva "marcada por el consejo de administración" e implementada por Parra "de conformidad con el mismo" se mantuvo. Esto es créditos marcados por su escasa prudencia y elevado riesgo y por un volumen global "desproporcionado" para el balance y los recursos propios. "Incluso en muchas ocasiones, con créditos basados en meras expectativas especulativas de los suelos que se financiaban con los mismos", señala el magistrado.
Aunque conocían los datos reales de morosidad, la comisión ejecutiva primero y el propio consejo de administración decidió "efectuar una práctica contable dirigida a mantener una imagen de solvencia y rentabilidad de la entidad que no se correspondía con la realidad", lo que se tradujo en la aprobación de unas cuentas anuales los ejercicios 2009 y 2010 que no reflejaban la imagen fiel de la misma, pues se basaban en ajustes contables dirigidos a maquillar tales resultados".
Toda esta información era conocida y aprobada por la comisión ejecutiva y el consejo en las reuniones mensuales. "Además, las propias empresas o grupos que ellos mismos representaban tenían la necesidad de solicitar periódicas renovaciones de las líneas de financiación", apunta el juez en referencia a los integrantes del consejo.
Con todo, conforme argumenta Pedraz, José Luis Olivas dirigió como presidente "una carta a los accionistas en fecha 10 de febrero de 2010 en que defendía las cuentas, ofreciendo una imagen de confianza en la gestión y de buena salud financiera de la entidad, todo para que las cuentas se aprobasen por éstos, como así sucedió en la Junta General de Accionistas celebrada el día 6 de marzo de 2010", en una situación que "quedó evidenciada" por las inspecciones del Banco de España.
"Al ofrecer una imagen de solvencia al mercado, los accionistas mantuvieron la confianza en la sociedad, lo que produjo la cuasi pérdida íntegra de sus inversiones, no siendo posible conocer la situación real hasta que, el 7 de noviembre de 2011, la CNMV suspendió la cotización bursátil de la entidad, al tiempo que la prensa generalista se hizo eco y dio publicidad a la situación, siendo esta fecha demasiado tarde para que los accionistas previos a tal fecha pudiesen tomar algún tipo de decisión informada al efecto de sus respectivos intereses", explica el instructor.
Por su parte, sobre el socio de Deloitte que auditó las cuentas anuales de 2010 sin salvedades, Pedraz sostiene que "omitió conscientemente los trabajos de auditoría necesarios para poner de manifiesto los deterioros reales de las citadas cuentas, e incluso evitó incidir en los deterioros constatados obviando las preceptivas salvedades". Por lo tanto, "contribuyó de forma relevante a que la imagen falseada de tales estados financieros fuera aprobada por la Junta de Accionistas y remitida al mercado".
Junto a los consejeros, el juez propone que se lleve a juicio a una serie de mercantiles en calidad de responsables civiles subsidiarias: Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, BANCAJA, Operador de Banca Seguros vinculado del Grupo Bancaja S.A., Valenciana de Inversiones Inmobiliarias S.L., Bancaja Hábitat S.L., Bancaja Centro de Estudios S.A., Bancaja Participaciones, BANKIA S.A., Banco Financiero y de Ahorro, Tenedora de Acciones SLU., LIBERTAS 7 S.A., Macomer Inver S.L., Minaval S.L., Montepío Loreto Mutualidad de Previsión Social., Fundación Bancaja y Deloitte.