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Tirar petardos en lugares no permitidos se podrá multar con 601 euros o más

26/02/2018 - 

VALÈNCIA (EFE). La Asociación Valenciana de Amas de Casa y Consumidores Tyrius ha recordado hoy que el uso de cohetes en lugares no habilitados para ello (actos no oficiales, ni organizados por comisión fallera, ni zonas de fuegos de una falla) conllevará sanciones de 601 a 30.000 euros al infractor.

En el caso de menores "será necesaria un permiso por escrito de los padres o tutores legales que certifiquen que el menor ha recibido instrucciones acerca de la adecuada utilización del producto", ha señalado Tyrius en un comunicado.

El modelo de autorización puede descargarse en este enlace, y aunque no hay que presentarlo, "debe llevarlo el padre o tutor ante su posible requerimiento por parte de las autoridades u organizadores del evento".

Los menores sólo podrán disparar artículos pirotécnicos de categoría 1 y 2 y "éstos no se venderán ni se pondrán a disposición de los consumidores por debajo de las edades mínimas".

Los de nivel 1 son artificios de pirotecnia "de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante" (bengalas, smoke balls, bombetas, fuentes) destinados a ser usados a partir de los ocho años en zonas delimitadas.

Los de categoría 2 son artículos pirotécnicos "de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido" (trueno de mecha, chinos, silbido y trueno, correcamas, torbellino rotación o las fuentes clase II) para ser utilizados a partir de los diez años al aire libre en zonas delimitadas.

Los de nivel 3 son artificios de pirotecnia con un nivel de ruido "no perjudicial para la salud humana y "de peligrosidad media" destinados a ser usados a partir de los dieciocho años en zonas de gran superficie.

Los de categoría 4 son artículos pirotécnicos "de alta peligrosidad" destinados al uso exclusivo por parte de expertos y con un nivel de ruido "no dañino para la salud humana".

Tyrius ha advertido que para la participación en las "despertàs", donde se disparan "tróns de bac", será necesario obtener una certificación como "consumidor reconocido como experto" (CRE), y solo la podrán conseguir las personas con una formación específica impartida por una entidad formativa (comisión, falla, asociación o peña).

También ha señalado que todos los productos de pirotecnia se deben adquirir en locales de venta autorizados, y que está "expresamente prohibida" la venta ambulante de estos artículos.

Los vendedores podrán negarse a vender sus artículos pirotécnicos a quienes pudieran encontrarse bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes.

En cuanto al etiquetado, éste deberá aparecer de manera visible, legible e indeleble, y al menos en castellano, debiendo figurar como mínimo el nombre y la dirección del fabricante, y en su caso el nombre y dirección del importador.

También deberá figurar el nombre y tipo de artículo, la edad mínima y la categoría correspondiente, las instrucciones de uso, el año de producción para los artificios de las categorías 3 y 4 y, si procede, la distancia mínima de seguridad.

Tyrius ha señalado además una serie de recomendaciones a los usuarios de artículos pirotécnicos como: detonar el petardo en el suelo y evitar cogerlo con la mano, no colocar cohetes en el interior de envases de plástico o latas, no manipular ni extraer el contenido de los petardos, y tampoco disparar los que estén rotos.

Otras recomendaciones son no guardar los cohetes en los bolsillos, respetar siempre la distancia de seguridad, si un petardo no se enciende bien, no tocarlo ni recogerlo, y nunca coger restos que hayan quedado de otros artificios. 

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