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Aprobado el anteproyecto de Ley de Mecenazgo: desgravaciones del 25 % y 'crowdfunding'

13/10/2017 - 

VALÈNCIA. El Consell ha aprobado el anteproyecto de Ley de la Generalitat de mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional de la Comunitat Valenciana, para incentivar la inversión social y empresarial en estas áreas. "Este anteproyecto de ley pretende dar un impulso al mecenazgo científico, que debe merecer una atención especial, ya que tanto en España como en la Comunitat Valenciana no se da una tradición de mecenazgo científico como en países anglosajones, que en tiempos de crisis económica ha permitido que pudieran mantener su liderazgo científico", explican desde la Generalitat a través de un comunicado.

El mecenazgo cultural en la Comunitat Valenciana estaba regulado por la Ley 9/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de impulso a la actividad y del mecenazgo cultural en la Comunitat Valenciana, y dado el escaso impacto de la misma se ha elaborado una nueva ley que impulse de forma real el mecenazgo. Por tanto, con esta propuesta normativa, la Comunitat Valenciana se sitúa a la cabeza de las comunidades autónomas que favorecen el mecenazgo, con desgravaciones del 25 %

Dada la profunda modificación que requería la ley, ya que en su articulado no se regulaban aspectos fundamentales como la definición de los beneficiarios y de las modalidades de mecenazgo, ni tampoco mecanismos para garantizar el interés social, se ha considerado más conveniente la redacción de una nueva norma que tenga una estructura clara y aporte seguridad jurídica. Además, la nueva ley también modifica la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regulan el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el resto de tributos cedidos.

El anteproyecto de ley se ha elaborado siguiendo un proceso participativo de los sectores valencianos a los cuales se dirige: el cultural, el científico y el deportivo. En este sentido, se han realizado reuniones y mesas de trabajo en todo en territorio con la participación de casi un centenar de entidades y personalidades de los sectores implicados.

Estructura

La presente ley está formada por cuatro títulos, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales. El título I establece, dentro del preámbulo, el objeto de la ley, y también define el concepto de mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional como toda contribución privada aportada de forma altruista para la realización de proyectos o actividades culturales, científicos o deportivos no profesionales que hayan sido declarados o que tengan la consideración de interés social.

Del mismo modo, se concreta el micromecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional como financiación de un proyecto o actividad cultural, científico o deportivo no profesional que haya sido declarado o que tenga la consideración de interés social, mediante muchas aportaciones individuales realizadas con carácter altruista.

Además, se consideran personas y entidades beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro, domiciliadas fiscalmente en la Comunitat Valenciana, cuyo objeto social sea de carácter cultural, científico y deportivo no profesional. El mecenazgo previsto en esta ley se podrá realizar a través de donaciones puras y simples de dinero, bienes y derechos o préstamos de uso o comodato.

Consejo Asesor y Oficina del Mecenazgo

En el título II se recoge la figura del Consejo Asesor del Mecenazgo, que será el órgano asesor de la Generalitat en materia de mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional.

Tendrá una composición paritaria y estará integrado por los miembros que se determinan reglamentariamente; formarán parte, además, de los departamentos del Consejo implicados, miembros del Consell Valencià de Cultura, de las universidades públicas valencianas, de los institutos y centros públicos de investigación y de los centros públicos superiores de enseñanzas artísticas de la Comunitat Valenciana. De igual forma, también se creará la Oficina del Mecenazgo, una la unidad administrativa adscrita a la conselleria competente en materia de cultura, y estará compuesta por personal de ésta.

Medidas fiscales de impulso

Se establecen tres grandes áreas de deducciones por mecenazgo, y en todos los casos supone el aumento del 15 % al 25 % del IRPF en la nueva propuesta de ley. Las áreas son por acciones en recuperación del patrimonio cultural valenciano, en fomento del valenciano y en otros fines culturales, científicos y deportivos no profesionales. En los dos primeros casos, los proyectos de mecenazgo tendrán una desgravación directa del 25 % para cualquier proyecto.

En el tercer caso, los proyectos deberán contar con la declaración de interés social otorgada por el Consejo Asesor de Mecenazgo. En este caso, la Generalitat, las entidades locales, las universidades públicas valencianas, los institutos y los organismos públicos de investigación valencianos serán considerados de interés social sin necesidad de la declaración expresa por parte del Consejo Asesor de Mecenazgo.

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