VALÈNCIA. La Conselleria de Transparencia, con Manuel Alcaraz al mando, está inmersa en la elaboración de la ley de Gobierno Abierto. Una norma que sustituiría la actual ley de Transparencia -aprobada en 2015-y que fue impulsada por el Gobierno popular de Alberto Fabra.
Entre sus propósitos, y como ya explicó Valencia Plaza, se encuentra el desvincular orgánicamente el Consell de Transparència de su conselleria, una reivindicación que el organismo que debe fiscalizar al Gobierno valenciano lleva reiterando cada año en sus informes desde su nacimiento hace ya casi tres años.
Para poder abordar la situación, Transparencia ha realizado varias consultas al Consell Jurídic Consultiu con la finalidad de hacer un órgano más efectivo y del que realmente se ejecuten sus dictámenes. Y entre las propuestas el CJC recomienda un mayor diálogo entre el Consell de Transparència y las consellerias.
El CJC echa de menos un procedimiento interno para resolver discrepancias y que no se limite únicamente al intercambio de resoluciones y justificaciones. "En algunas legislaciones se permite que el órgano colegiado competente para resolver las solicitudes de acceso a la información administrativa forme parte del centro directivo o el departamento obligado a suministrar información solicitada. Esto hace que desde el principio participe activamente en la formación de la voluntad del órgano colegiado y se vea comprometido en cumplirlo", señala el CJC.
Y es que Transparencia plantea si es posible que desde la conselleria se impugne una resolución del Consell de Transparència, pero no, no es posible. La personalidad de la administración autonómica de la Comunitat Valenciana es única, por lo que no es posible que vaya contra sí misma a no ser que, como las universidades, el Consell de Transparència fuera independiente por ley.
Esto supone que, inicialmente, solo hay una opción por parte de la conselleria, cumplir la resolución. "Tampoco hay un procedimiento para intentar resolver una eventual divergencia de criterio", señala. Sin embargo, el Consell de Transparència, una vez emitido el dictamen, tan solo puede comunicar al órgano competente la decisión para su cumplimiento sin tener capacidad sancionadora.
"La configuración legal e institucional específica prevista tiene graves deficiencias", señala el CJC. Y es que de la misma forma que las consellerias no pueden impugnar una decisión tampoco el Consell de Transparència puede impugnar las decisiones o la inactividad de las consellerias o las entidades públicas respecto a sus dictámenes.
Son las propias consellerias quienes deben instar a cumplir los dictámenes y abrir un expediente por el incumplimiento, algo que puede no salir adelante si el departamento en cuestión no está interesado en que se cumpla. Como ejemplo, la solicitud de Valencia Plaza a la Conselleria de Sanidad poder ver la memoria presentada por el periodista leonés Germán Temprano para acceder a un puesto de director de Gestión Sanitaria en el que además fue seleccionado.
Tras solicitar directamente la información del currículum y la memoria presentada por la que fue seleccionado -no hubo entrevista personal-, la primera contestación del departamento de Carmen Montón fue una negativa se hizo una petición y una reclamación al Consell de Transparència que derivó en un dictamen a favor de la petición de información y que dejó en evidencia las excusas planteadas desde la conselleria como la propiedad intelectual o la protección de datos.
En estos momentos no aporta la información si es requerida está recogido como "régimen sancionador muy grave", determinación que puede comportar una sanción disciplinaria que conlleve desde el cese del cargo a la imposibilidad de ser nombrado en cargos similares en los próximos cinco años.
Ahora, Transparencia estudia las diferentes propuestas y reflexiones realizadas por el Consell Jurídic Consultiu para configurar una ley más completa que sustituya a la del anterior Gobierno. Habrá que ver si llegan a tiempo para la legislatura ya que los trámites burocráticos conllevan que desde que se esboza una ley hasta que se aprueba y entra en vigor transcurren una media de 405 días.