VALÈNCIA. Era de esperar que una investigación judicial como la de la Dana, con 229 fallecidos en la trastienda, atrajera tantas miradas y fuera objeto de una fuerte politización. A pocos podían extrañar las disputas internas propias de una instrucción de tal complejidad y envergadura, con casi 40 partes personadas -partidos, asociaciones, entidades y acusaciones particulares- y dos investigados por el momento: la exconsellera Salomé Pradas y el ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso. Pero la tensión en el procedimiento ha ido in crescendo en los útlimos meses hasta alcanzar cotas elevadas. Saltan chispas, los choques son cada vez más notorios hasta el punto de rozar el ámbito personal y los desacuerdos ordinarios han dado paso a las acusaciones y los señalamientos, menos velados conforme pasa el tiempo.
De nuevo, ha vuelto a quedar en evidencia. Las acusaciones sobre la posible intervención del marido de la instructora, Nuria Ruiz Tobarra, la querella por prevaricación presentada contra ella por el pseudosindicato Manos Limpias, las críticas frontales de la magistrada al informe de la Guardia Civil presentado hace apenas un mes... Todo cristalizó este martes -implosionó, se podría decir- en un demoledor auto de la jueza donde denuncia una "campaña difamatoria" contra ella, con grabaciones irregulares incluídas, y abre pieza para sancionar al abogado de Argüeso, aprovechando también para ahondar en la "pasividad" e "ignorancia" del ex 'número dos' de Emergencias en el día de la Dana.
Quizá lo más trascendente es la polémica abierta por la presunta participación de la pareja de la magistrada, también juez, en el procedimiento después de que varios medios publicaran su presencia en algunos interrogatorios a víctimas, donde incluso, señalan dichas informaciones, podría haber tomado la palabra. Las acusaciones, expuestas por el momento de manera anónima por un familiar personado en la causa, sirvieron para que los dos investigados hayan cuestionado el proceso. Pradas, con una queja ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que ha abierto diligencias; y Argüeso, solicitando que se acredite si dicha intervención ha existido.
Así, lo que hasta la fecha no había dejado de ser un runrún, ha adquirido estatus de acusación más o menos directa a la magistrada, que aprovechó la petición de Argüeso para estallar sobre el papel. Sobre la solicitud, señala que podría "parecer responder a una defensa desnortada" pero, insiste, es "el enésimo capítulo en una estrategia que de forma burda pretende apartar a esta jueza". Como podría presuponerse, la petición queda desestimada tras calificarla de "prueba denigratoria".

- Pradas y Argüeso acudiendo a declarar. Fotos: BIEL ALIÑO/EFE y ROBER SOLSONA/EP
"Pretenden acreditar que el procedimiento es dirigido por mi esposo, que dirige interrogatorios y dicta resoluciones. Se violan por dicho letrado frontalmente todos los principios más elementales de deontología profesional", afirma la jueza en referencia al abogado del ex 'número dos' de Emergencias, José María Bueno, a quien señala por querer convertir el procedimiento "en el lugar, no donde se investiguen los homicidios y lesiones imprudentes, sino donde se me investigue a mí y por supuesto a mi marido". Lo que, a su juicio, es "una deriva aberrante del procedimiento que se acepta sin complejos".
El escrito se torna en discurso feminista al señalar que, "a través de quejas ante el CGPJ, denuncias y querellas, se repiten y publicitan informaciones que no son sino parte de una campaña difamatoria y que destilan un machismo atroz". "Sucesivas informaciones periodísticas me han denigrado como juez y como mujer. Dichos artículos albergan, en el apartado destinado a comentarios, un discurso de odio que incluye insultos y amenazas hacia esta Juez de Instrucción y hacia mi marido", expresa la magistrada.
Asimismo denuncia que la fotografía con la que se prueba la presencia del marido en la sala fue tomada por alguno de los letrados que dejó puesto el sistema de grabación "subrepticiamente" tras la comparecencia a la que asistía telemáticamente. Dice así que dicho abogado grabó "a todos los que entraban en la sala, no solo a mí, a mi marido, sino incluso a mi propia hija, menor de edad, que también entró en la sala en dicho día, tras la práctica de la declaración". Según la jueza, "ha de recalcarse esto especialmente: algún letrado del procedimiento grabó a mi hija menor de edad, lo que es absolutamente repugnante".
También se lee el reproche de la jueza a los investigados al recordar que ella acordó que "no se obtuvieran ni difundieran ulteriormente imágenes de los investigados en las declaraciones". "La cámara me enfocaba en todo momento a mí", expone, para afear que esa decisión haya sido "correspondida por los letrados de la defensa aportando como supuesta prueba al CGPJ" imágenes de ella y su marido. "No existe ninguna imagen de los investigados durante las declaraciones, ni de ningún testigo o perito declarando. Se ha respetado su imagen", concluye al respecto.

- Familiares de las víctimas de la Dana durante una concentración en las inmediaciones de la Ciudad de la Justicia. Foto: ROBER SOLSONA/EP
La magistrada va más allá para seguir respondiendo al abogado de Argüeso con otros episodios del procedimiento, como cuando el letrado llegó a solicitar un informe psiquiátrico del jefe de Climatología de Aemet, José Ángel Núñez, para certificar si las "lagunas de memoria" de su declaración tenían origen "médico-psiquiátrico o neuronal" o eran fingidas. O que el abogado se haya prodigado en medios como jefe de servicios jurídicos de Manos Limpias, organización excluída por la jueza por esta vinculación y que se ha querellado contra la magistrada por prevaricación, con acto público incluído. "El señor Bueno Manzanares es consciente del potencial denigratorio de dichas informaciones y la responsabilidad que acarrea su presentación dentro y fuera del proceso", apunta.
El papel de Argüeso y las críticas al informe de la Guardia Civil
El auto reitera las críticas vertidas por parte de la jueza de la Dana ante el informe elaborado por la Guardia Civil en torno a la gestión de la catástrofe. Un documento que, como adelantó Valencia Plaza, señalaba la falta de avisos por parte de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) sobre los caudales del barranco del Poyo. La magistrada vuelve a considerar, como ya hizo hace un mes, que el informe era "erróneo" por excederse al haberse solicitado un documento sobre la cronología de los hechos sin "ninguna valoración respecto a las actuaciones de los intervinientes". También dijo, y repite, que a la Guardia Civil le faltaban elementos de prueba al no contar con toda la información que obra en la instrucción y las testificales de técnicos y víctimas. Y que era "claramente incompleto" al olvidar "de forma manifiesta" la cobertura llevada a cabo por los medios de comunicación. Por lo que rechaza la "teoría" del "apagón informativo" de la CHJ.
Pero no se queda aquí sino que aprovecha para "analizar" la actuación aquel día del ex secretario autonómico, cuyo letrado defendió que actuó con "encomiable diligencia". En su declaración, Argüeso señaló que su papel en el Cecopi era "nulo" al tener la dirección la consellera y que, en los niveles de preemergencia, los responsables eran los alcaldes. "Es absolutamente incierto, no solo por el propio sentido común: ¿el secretario autonómico de Emergencias sin competencia alguna en la mayor inundación que ha asolado la Comunidad Valenciana desde la riada del 57?", se explaya la magistrada, que señala la manifiesta "pasividad" como un "elemento decisivo de la actuación negligente" del exresponsable.
Tras exponer las competencias de Argüeso en aquel momento, al ser director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (Avsre), la jueza recuerda que, según Argüeso, no descubrió que los bomberos se habían desmovilizado del barranco del Poyo hasta semanas después de los hechos. "En esa parálisis en la toma de decisiones, la obtención de información, la ignorancia del cúmulo de datos, con las competencias que se han referido cuando dicho investigado ostentaba la dirección revelan la negligencia del investigado en su actuación", sentencia.
Aunque la jueza no obliga a Pradas, contra la que también despliega su artillería: "La combinación de un secretario autonómico de Emergencias que afirma que no poseía competencias durante la emergencia, y una consellera de Emergencias que afirma carecer de conocimientos técnicos en materia de emergencias y que de manera insistente descarga su responsabilidad en los técnicos y en la Administración central a través de una supuesta dirección colegiada en el CECOPI, permite comprender lo sucedido el 29 de octubre de 2024".