VALÈNCIA. La Agencia Valenciana Antifraude nació en 2016 impulsada por Podem a nivel autonómico. Desde entonces, el organismo que dirige Joan Llinares ha practicado numerosas investigaciones, parte de las cuales han afectado de lleno a la gestión de instituciones dirigidas por la izquierda, a instancias de la oposición y especialmente del PP. Una circunstancia que, para muchos, es una buena muestra de su independencia política.
El Ayuntamiento de València es uno de esos casos en los que se han llevado a cabo múltiples diligencias gobernando la izquierda -Compromís, PSPV y Podem desde 2015, y sin la formación morada desde 2019-. Mercavalència, la Fundación Deportiva Municipal, la concejalía de Acción Cultural, de Vivienda, la de Servicios Sociales, de Pueblos o de Seguridad Ciudadana, pasando incluso por Alcaldía. Todas ellas han sido objeto de procedimientos abiertos por la Agencia Valenciana Antifraude.
El organismo ha desvelado todo tipo de irregularidades y de malas praxis en la gestión consistorial: contratos fraccionados, pagos indebidos por servicios que no se han prestado realmente, una mala gestión de las contratas municipales, infracciones en normativas de buen gobierno y transparencia, injerencias injustificadas, etcétera. La mayoría de las conclusiones han tenido como única repercusión su publicidad. Pero sólo eso, pese a que algún caso incluso ha resultado perjudicial para las arcas municipales.
Una de las cuestiones atendidas por Antifraude afectó a Mercavalència, que contrató la producción de un programa televisivo, Dissabte al Mercat, presentado por el presidente de la empresa mixta municipal, el edil de Comercio Carlos Galiana, emitido por Levante TV y en cuyos pagos se cometieron "graves irregularidades", según las conclusiones de la Agencia. El informe constata, como publicó Valencia Plaza, que se pagaron los 16 episodios contratados pero algunos de ellos no se habían emitido.
Después de que Antifraude notificara a Mercavalència el inicio de las investigaciones, la empresa emitió una factura de subsanación. Aunque la firma reconocía que se habían facturado tres programas que no se habían emitido ocho meses después de haber efectuado los pagos, Antifraude dijo que eran seis los capítulos no emitidos, por lo que el personal de Mercavalència cometió una "grave negligencia en el ejercicio de sus responsabilidades" cuyo perjuicio económico a las arcas fue de 9.700 euros.
El organismo también indicó que Mercavalència había cometido una infracción grave en la Ley de Transparencia y Buen Gobierno por presentar en su página web información falsa: se recogían 5 contratos menores de 5.000 euros cada uno para el programa, cuando en realidad había sólo un contrato de 25.000 euros aproximadamente. Y por otro lado, se saltó la ley de contratación porque la cuantía económica total superaba el máximo que correspondía a un contrato menor -18.000 euros-, por lo que se deberían haber respetado los principios de publicidad y libre concurrencia: "Cualquier empresa capacitada para la producción audiovisual podría haber sido contratada para la producción de los 16 capítulos".
También se ha pronunciado la Agencia sobre las obras de reparación del Teatre El Musical, realizadas el pasado mandato desde la concejalía de Acción Cultural, dirigida entonces por María Oliver. En este caso, sentencia la Agencia, se hizo "una gestión pública que ha procedido a fraccionar la actuación integral prevista", que uno de los contratos no fue ejecutado y causó "un perjuicio directo a las arcas municipales, sin que conste la depuración de las responsabilidades que resulten procedentes".
Se hicieron cuatro contratos menores de 92.000 euros en total y la Agencia considera constatadas múltiples irregularidades: contactos previos a la contratación entre la administración y los adjudicatarios finales, la posible concertación de precios entre ambas partes, la falta de concurrencia y de un estudio del mercado que justificara los costes, el fraccionamiento de las actuaciones y el abono de pagos por actuaciones no realizadas finalmente.
Los últimos dos contratos -de 41.000 euros en total- no pudieron llegar a ejecutarse del todo porque los adjudicatarios notificaron desperfectos previos en el edificio que impedían hacer las obras, por lo que el Ayuntamiento resolvió los contratos y pagó casi 20.000 euros de indemnización. Aquí se incluyeron cuantías por una parte de material que en realidad no se había colocado por valor de 7.000 euros. Todo ello, concluye Antifraude, "ha causado un perjuicio directo al erario municipal" y no se exigió "ninguna responsabilidad a los técnicos redactores de las memorias".
Oliver fue protagonista por la contratación de servicios de mediación hipotecaria en la concejalía de Vivienda que también dirigía, y en la que Antifraude vio infracciones "muy graves". En 2016 decidió adjudicar sin concurso el servicio a la cooperativa El Rogle por 17.950 euros -el límite para los contratos menores era de 18.000 euros-. Un servicio que venía siendo prestado desde 2013 por el Colegio de Abogados -entidad sin ánimo de lucro- por 11.000 euros, con un día más de atención al público que El Rogle, si bien éste incluía la mediación en casos de alquiler. Antifraude dijo que no estaba acreditado ni el precio adjudicado a El Rogle, ni si para mejorar el servicio era lo más adecuado hacer un contrato menor "a favor de dicha empresa concreta y determinada".
Pero esto es sólo un aperitivo. Poco antes de acabar ese contrato menor de un año, Oliver ordenó un contrato negociado sin publicidad para hacer lo mismo pero por un importe de 65.158 euros por año, un 200% más. El Servicio Económico Presupuestario le paró los pies al no estar justificado ese aumento de precio. Por ello, la edil ordenó buscar otra vía y suscribir un nuevo contrato menor por cuatro meses con la misma empresa. Y en este caso fue la Intervención la que advirtió de que concatenar contratos menores superando el límite de 18.000 euros en total suponía fraccionamiento de contratos.
Así, aunque la concejalía admitió este extremo, de facto se saltó la limitación y, sin contrato, El Rogle continuó prestando el servicio, facturando lo mismo, y cobrando mediante reconocimientos de obligación. Aunque la concejalía se excusó en que esto se hizo para mantener el servicio hasta que se hiciera la licitación, la Agencia lo desmiente con un dato: entre abril de 2017 y marzo de 2018 "no consta documento que pruebe la existencia de actuación tendente a la licitación de un nuevo contrato".
En definitiva, Antifraude estima que la concejalía contrató a El Rogle "eludiendo los requisitos relativos al procedimiento negociado sin publicidad", ya que "no se ha respetado el importe y la duración previstos en el contrato menor". Sobre los pagos sin contrato posteriores durante más de un año, se hizo "en fraude de los principios y requisitos exigidos en la normativa relativa a la contratación administrativa" y "no acreditándose en el expediente la buena fe del proveedor y de la administración".
También la Agencia ha estado alertando al gobierno municipal de los pagos sin contrato que se le estaban haciendo a la contrata de la grúa municipal. En 2014, el gobierno del PP adjudicó a Pavapark el concurso de la grúa municipal, pero al año, la empresa pidió una compensación porque no le era rentable, y ante la negativa del gobierno municipal, llevó la cuestión a los tribunales. El Ayuntamiento ganó pero la empresa recurrió.
En 2017 ambas partes sellaron un acuerdo para la retirada del recurso a cambio de que la concejalía de Seguridad Ciudadana, que llevaba entonces la socialista Sandra Gómez, pagara una indemnización de 2,5 millones de euros. Así, el consistorio debían sacar un nuevo concurso, pero hasta que llegase ese momento, realizaría un abono mensual a la firma por la prestación del servicio de grúa. El problema es que, pese a que la Intervención municipal había dado un plazo de un año para publicar los pliegos, esto se ha retrasado hasta 2020.
Así, durante tres años, la contrata ha estado prestando el servicio y cobrando religiosamente sin contrato en torno a 360.000 euros mensuales mediante reconocimientos de obligación. En total, más 12 millones de euros. Una cantidad que se considera superior a la que se pagaba con contrato: por ejemplo, en los cuatro meses posteriores a la rescisión, el Ayuntamiento pagó 2,1 millones por un servicio que, en el mismo período del año anterior, con contrato, había costado 1,3 millones, un 60% más.
Ahora, la Agencia va más allá e investiga si la compañía ha percibido dinero por encima de los servicios prestados. El organismo considera que el consistorio "estaría manteniendo en activo el servicio [...] cuya intensidad de uso se ha reducido de manera muy sustancial en los servicios prestados, pero sigue abonando por dicho servicio unas contraprestaciones económicas mensuales fijas". Un pago, que, dice la Agencia, "no resultaría jurídicamente procedente".
En el caso de la Fundación Deportiva Municipal, la Agencia ha desvelado que abonó un total de 1,8 millones de euros a una empresa a lo largo de 35 meses sin contrato por "falta de diligencia". Así, aunque en 2018 la justicia no apreció delito, sí hubo deficiencias en la tramitación de los contratos de mantenimiento de edificios e instalaciones deportivas el pasado mandato. Las demoras administrativas provocaron la caducidad de la contrata y una dilación excesiva para adjudicar el servicio que, a la postre, supuso pagar más dinero del estrictamente obligatorio durante tres años.
En 2011, el consistorio adjudicó el servicio a la mercantil Imesapi por cuatro años con posibilidad de prórroga. Antes de que venciera en 2015, cuando ya dirigía la Fundación la socialista Maite Girau, la empresa pidió la prórroga, pero la demora del servicio de Deportes provocó que esta no llegara a tiempo. Un retraso cuyas causas "no están suficientemente explicitadas", dice Antifraude, y por el que, al caducar la contrata, la empresa continuó haciendo el trabajo hasta que se celebrara el nuevo concurso público.
Esto supuso, según Antifraude, que entre 2015 y cuando se formalizó el nuevo contrato, en 2018, durante 35 meses, el servicio se estuvo prestando "sin contrato y abonándose las cantidades correspondientes": 1,8 millones de euros en total. Pero Antifraude subraya que se habrían abonado cuantías por encima de las obligatorias en esta situación, porque cuando no hay contrato, el Ayuntamiento sólo tiene que pagar el coste efectivo del servicio, sin incluir los beneficios industriales. Algo que en este caso no ocurrió porque el consistorio pagó con las mismas condiciones que regían el contrato, con el correspondiente perjuicio a las cuentas municipales.
Las obras de la Plaza de la Reina han recibido también el toque de la Agencia Valenciana Antifraude a instancias de una denuncia del PP. El organismo que dirige Joan Llinares dictaminó que un asesor del alcalde de València, Joan Ribó, intervino sin justificación alguna en la redacción final de los pliegos de contratación para la licitación del proyecto de obras. Una "injerencia en las funciones que corresponden al personal funcionario" del área de Contratación cuya encomienda a este asesor no queda acreditada, aseguraba el informe.
Así, el asesor en materia de Urbanismo del primer edil, Alejandro Pons, hizo que se retirase cierta documentación adjunta al pliego de prescripciones técnicas e hizo introducir en los mencionados pliegos de licitación ciertas modificaciones en cuanto a los criterios de valoración de las ofertas sin que quedara "constancia en el expediente aportado" por la delegación de Contratación. Estos cambios se trasladaron "de manera verbal", según asegura el jefe del servicio de Movilidad Sostenible a tal efecto.
Con todo ello sobre la mesa, la Agencia Valenciana Antifraude detectó que por parte del miembro del equipo de Ribó se produjo una suplantación en las funciones que corresponden a determinados funcionarios del Ayuntamiento sin que el órgano de contratación se las encomendase.
Un informe reciente de la Agencia también apunta a un contrato de la delegación de Servicios Sociales, que el pasado mandato dirigía Consol Castillo. En 2017 se prescindió de la empresa que prestaba el servicio de catering en tres centros ocupacionales dependientes del consistorio al estar disconforme con la calidad del menú, que la firma cobraba a la a 3,7 euros por unidad. La sustituta se contrató "sin concurrencia competitiva, dice Antifraude, y ofrecía un precio por de 8 euros la unidad.
La intención era mejorar la calidad del servicio y se adjudicó directamente a una empresa como una medida transitoria mientras se redactaban los pliegos del nuevo contrato, según la defensa de Castillo. La Agencia dice que esto no es excusa porque "seis meses antes de realizar el encargo directo", la concejalía "ya era consciente que el servicio de comedor que venía prestándose [...] no iba a ser prorrogado, al haberse advertido deficiencias en la prestación del mismo".
Por ello, insiste en que el Ayuntamiento "no planificó con antelación la licitación del nuevo contrato". Así las cosas, Antifraude aprecia "irregularidades administrativas graves" entre 2017 y cuando se ha hecho el nuevo contrato, en 2020, porque durante todo el período se prestó el servicio "sin el correspondiente marco contractual al que está sometido el sector público". Castillo considera, pese a todo, que la apreciación de la Agencia está "muy alejada de los tiempos que se manejan en una administración pública con carencias de personal".
El área de Pueblos, que también lideraba Castillo, protagonizó otro informe en el cual la Agencia instaba a anular la adjudicación de una plaza funcionarial al considerar que no se había cumplido la legislación al modificar los baremos de contratación perjudicando a los candidatos que no resultaron beneficiarios de la plaza de ingeniero técnico agrícola. Según la Agencia, en las bases aprobadas por el gobierno "no se hace mención expresa y específica a la valoración" de méritos y entrevista, lo que decantó la balanza en favor del adjudicatario final.
Así, consideraba la Agencia que la valoración de un mérito específico implica "no aplicar el Baremo General Común" y "prescindir total y absolutamente del procedimiento establecido para la selección del candidato y adjudicación del puesto". La valoración asignada a un candidato de un mérito específico para la adjudicación de un puesto suponía "los derechos de los restantes candidatos, así como adquirir derechos careciendo de los requisitos esenciales para su adquisición".
Asimismo, el PP había denunciado que se daba la circunstancia de que el beneficiado ocupaba en Godella una plaza que, tras su salida, se había asignado a la esposa de un edil de Compromís en el municipio, y que la alcaldesa de Godella era además esposa de un asesor de Compromís en València ciudad. Fuera como fuere, el Ayuntamiento, aunque admitió los apuntes técnicos de la Agencia, rechazó retirar la plaza porque la memoria y la entrevista son métodos habituales desde antaño, porque el plazo de impugnación se había pasado, y se defendió aseverando que los miembros de la mesa técnica son funcionarios y no miembros del gobierno.