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anula la designación de la valenciana belén cardona frente a la aepd

El Supremo castiga los enjuagues en los nombramientos de libre designación

26/05/2022 - 

VALÈNCIA. Varapalo del Tribunal Supremo a la mala praxis en los conocidos como nombramientos de 'libre designación'. Una fórmula utilizada por Gobiernos estatales y autonómicos para asignar a una persona elegida de antemano en un puesto para el que, por normativa, es necesario un proceso de libre concurrencia a pesar de que la decisión final esté en manos de la administración. 

Este miércoles, se daba a conocer que el Supremo decidía anular el acuerdo del Consejo de Ministros por el que se comunicaron los candidatos a la Presidencia y Adjuntía de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). El motivo es que el pasado mes de noviembre el Boletín Oficial del Estado (BOE) recogía la orden que convocaba el proceso selectivo cuando un mes antes ya se había anunciado quiénes ocuparían esos puestos. 

Los magistrados han considerado que el procedimiento por el que PSOE y PP acordaron en octubre de 2021 estos y otros nombramientos, tras un acuerdo entre Pedro Sánchez y el entonces líder popular Pablo Casado para renovar algunos cargos institucionales, está viciado de raíz al apartarse de la normativa vigente. Los designados para la Presidencia y la Adjuntía de la AEPD eran, respectivamente, la valenciana Belén Cardona Rubert y Francisco de Borja Adsuara Varela.

Belén Cardona fue nombrada en septiembre de 2018 secretaria autonómica de Transparencia por el Gobierno de Ximo Puig y en octubre de 2020, tras las elecciones autonómicas, fue nombrada subsecretaria de la Conselleria de Justicia que dirige Gabriela Bravo.

Tribunal Supremo.

A mediados de 2021 fue elegida por consenso para la AEPD pero se anunció antes de salir a convocatoria pública. El proceso fue recurrido por uno de los aspirantes a ser presidente de la Agencia de Protección de Datos al entender que no se había realizado una valoración objetiva de los méritos de los aspirantes, ya que la convocatoria recogía que "las personas titulares de la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos y de su Adjuntía serán nombradas por el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Justicia, entre personas de reconocida competencia profesional, en particular en materia de protección de datos". 

El precedente de Montón

Con este acuerdo, el Supremo castiga las asignaciones previas a una convocatoria de este tipo, que en la Comunitat Valenciana fueron de gran polémica durante el mandato de la consellera de Sanidad entre 2015 y 2018, Carmen Montón. Aunque fueron muchos los gerentes de departamentos de salud que estaban en su puesto antes de salir las convocatorias que luego ganarían, la mayor polémica se generó con Mónica Almiñana como gerente de La Fe.

El nombramiento de la ya exgerente de La Fe y ahora subsecretaria de Sanidad fue finalmente anulado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) cinco años después, tras el proceso judicial encabezado por otra de las candidatas al puesto, María Teresa Lázaro, y que acabó por concluir tras la marcha de Almiñana a la Conselleria de Sanidad.

En este sentido, la sala de lo contencioso número 2 del tribunal señalaba una motivación "excesivamente vaga" e "imprecisa" para adjudicarle el cargo, a pesar de ser de libre designación. Entre los errores, no indicar los méritos profesionales valorados ni realizar una comparativa ponderada entre los diferentes candidatos para optar al cargo. 

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