VALÈNCIA, (EP). La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado el recurso interpuesto por la exdirectora del Institut Valencià d'Art Modern (IVAM) Consuelo Ciscar contra la decisión de la jueza instructora de autorizar el volcado de los ordenadores de varios trabajadores del museo, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
Ciscar está investigada por delitos de prevaricación, malversación y falsedad en la causa en la que se investigan las presuntas irregularidades en la gestión del museo durante su etapa como responsable.
La exdirectora del IVAM había solicitado a la Audiencia que declarara la nulidad del volcado de los correos electrónicos, por considerar que se estaba produciendo una "investigación prospectiva". Sin embargo, el tribunal considera que "no cabe en este momento la declaración de nulidad pretendida" por tal motivo.
Además, en otra resolución, la sala rechaza el recurso del Rafael Blasco Císcar, conocido como 'Rablaci', el hijo artista de la exdirectora y también investigado en las diligencias, contra la decisión de la magistrada instructora de retirarle el pasaporte.
Los magistrados de la Audiencia entienden que la medida acordada por Instrucción 21 es "razonable, adecuada a la gravedad de las infracciones" por las que está siendo investigado, "y a los contactos y actividad internacional" que desarrolla por su condición de artista.
Tras recordar que tiene libertad para moverse por el espacio de la Unión Europea, la Audiencia apunta que "en el caso de que sea imprescindible se puede solicitar al Juzgado instructor que valore una autorización de salida de dicho espacio".
Ciscar y su hijo están investigados, junto a otras ocho personas, en una causa que nació en julio de 2015 tras una denuncia de la Fiscalía. Además del uso de los medios del museo para la promoción artística del hijo de la exdirectora, se investigan irregularidades en la adquisición de obras de arte como en la contratación de publicaciones por los que se habrían pagado importantes sobrecostes.
Los magistrados concluyen que las obras del citado escultor vendidas al museo eran "auténticas" y el precio que se pagó por ellas "fue acertado o en su caso muy beneficioso"