VALÈNCIA (EP). La sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha dado un plazo de ocho meses a la Generalitat para redactar el borrador e iniciar la tramitación de los planes para reducir el ozono en las zonas más afectadas.
Así consta en una resolución de la sala, del pasado 24 de enero, en la que estima un recurso presentado por Ecologistas en Acción contra resoluciones de la administración que rechazaban una petición inicial de la organización, presentada en junio de 2019, en la que reclamaba la "adopción urgente" de planes de mejora de la calidad del aire en las zonas y aglomeraciones afectadas por contaminación de ozono. La sentencia no es firme y puede ser recurrida.
En concreto, los ecologistas hacían referencia a los Planes de Mejora de la Calidad del Aire previstos en el artículo 16 de la Ley 34/2007 y en el artículo 24.1 del Real Decreto 102/2011 para las zonas del Cérvol-Els Ports, Mijares-Penyagolosa, Palància-Javalambre, Turia, Júcar-Cabriel, Bética-Serpis, Segura-Vinalopó, Alacant, l'Horta y Elx.
El alto tribunal valenciano hace suyas las conclusiones del informe de un geógrafo aportado a la causa y que consideró que la Generalitat Valenciana carece de planes de mejora de la calidad del aire para alcanzar los objetivos de ozono para la protección de la salud humana y de la vegetación en los plazos fijados en las zonas en las que los niveles de este contaminante han superado los valores objetivo.
La sala ha condenado a la Generalitat a elaborar y aprobar "sin dilaciones" los planes para las zonas y aglomeraciones afectadas por superar los valores objetivo para el ozono y se fija un plazo de ocho meses para realizar una serie de actuaciones del procedimiento de evaluación ambiental estratégica de los planes consistentes en actuaciones previas a la redacción; redacción del borrador y del documento inicial estratégico e inicio de la fase de consultas.
Ecologistas en Acción señala en un comunicado que la sentencia constata que la administración autonómica "parece querer escudarse en el incumplimiento por parte del Estado de su obligación de elaboración de un Plan referido al ozono", estimando que la comunidad autónoma "puede llevar a cabo una actuación independiente si bien más limitada que en el supuesto de tener el Estado un plan global", tal y como concluye el Tribunal Supremo en una sentencia de julio de 2020.
Con este recurso, el TSJCV da continuidad a otros pronunciamientos similares en Castilla y León (2018), Navarra (2021) y Cataluña (2022), confirmados por el Tribunal Supremo (2020), "que ponen de manifiesto la negligencia sistemática de las comunidades autónomas a la hora de cumplir sus obligaciones para mejorar la calidad del aire y proteger la salud pública y el medio ambiente, en relación al contaminante ozono troposférico", apunta la organización.
La entidad recalca que en Andalucía, Aragón, Baleares, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunitat Valenciana, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra y País Vasco "se vienen superando desde 2012 los objetivos legales establecidos para proteger la salud y el vegetación respecto a este contaminante, sumando una población afectada de 30 millones de personas sobre una superficie de 380.000 kilómetros cuadrados, sin que los gobiernos de estas 12 comunidades hayan elaborado planes eficaces para corregir esta situación".
Eclogistas en Acción subraya que el ozono "ocasiona en España entre 1.500 y 1.800 muertes prematuras cada año, 500 de ellas en episodios de alta contaminación como los registrados habitualmente en verano en el centro y sur de la Península y en Baleares, según la Agencia Europea de Medio Ambiente y el Instituto de Salud Carlos III".
El coste económico de la atención sanitaria y las bajas laborales asociadas a la contaminación por ozono alcanza en España 5.000 millones de euros cada año, según el Banco Mundial.
Los dos únicos planes autonómicos de ozono aprobados hasta la fecha, en Castilla y León y Extremadura, "carecen de valor normativo y omiten el contenido mínimo legal, limitándose a un catálogo de medidas generales sin diagnóstico, objetivos cuantificados ni detalle territorial y técnico para cumplir su finalidad". Por lo que, según añade, "constituyen documentos vacuos cuya única pretensión es aparentar el cumplimiento de la norma".
Por otro lado, la organización denuncia que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico "lleva demorando desde 2015 la elaboración del Plan Nacional de Ozono", que fue anunciado la última vez por la ministra Teresa Ribera en septiembre de 2020, tras la sentencia del TS de dos meses antes.
Por todo ello, Ecologistas en Acción reclama al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Generalitat Valenciana y a los once restantes gobiernos autonómicos que incumplen la normativa de calidad del aire en relación al ozono, "que aborden sin más demora la elaboración de planes eficaces para luchar contra este gas tóxico", y pide a la Comisión Europea que "extreme" la exigencia de dichos planes y de su aplicación en la revisión de la Directiva de Calidad del Aire que finalizará durante la Presidencia española de 2023.