BENIDORM, (EFE). Las viviendas de uso turístico de la Comunitat Valenciana tendrán que comunicar su número de referencia catastral como muy tarde a fecha de 31 de diciembre si no quieren causar “baja inmediata” en el registro de viviendas regladas de la Generalitat y ver cancelada su licencia.
Será una de las condiciones recogidas en el nuevo decreto ley que regula la actividad de las viviendas turísticas que prepara el Consell y que verá la luz “en un par de semanas”, según ha asegurado a EFE la consellera de Turismo, Industria, Comercio e Innovación, Nuria Montes, en el día que se cumple un año de que jurara el cargo.
Montes, que ha dicho que la fecha de fin de año es improrrogable, ha recordado que ya existe la obligación de comunicar la inscripción registral en el Catastro por parte de las viviendas turísticas pero “muchas no lo habían hecho y es lo que nos permite identificar claramente cuál es la vivienda, dónde está y quien es su titular”.
Por ello, el nuevo decreto establecerá de fecha tope el 31 de diciembre y se retirará la licencia a las que no lo hayan hecho.
El decreto, del que el Consell anunciará los detalles en unas semanas, pretende “establecer un marco legal que permita controlar todo aquello que pueda convertirse en economía sumergida”. Además, Montes ha asegurado que goza “del acuerdo unánime de toda la representación empresarial, no solamente de las viviendas turísticas, sino también, por ejemplo, de la parte hotelera, incluso de la promoción inmobiliaria”.
Ha explicado que ha tenido en cuenta a los 71 municipios turísticos de la Comunitat Valenciana y que contemplará las particularidades de cada uno de ellos: “No podemos hacer una regulación que trate por igual una gran ciudad que un pequeño pueblo de interior".
"Hay pueblos del interior que, gracias al turismo y a las viviendas turísticas, han encontrado una fuente de ingresos para esas comarcas que estaban en grave riesgo de despoblación. Generalizar es una equivocación”, ha indicado.
La normativa seguirá exigiendo el informe de compatibilidad urbanística, que deberá conceder cada ayuntamiento para poder ejercer la actividad. También se incorpora, a petición del Tribunal Supremo, la posibilidad de decisión de las comunidades de propietarios.
“Hay comunidades que pueden modificar sus estatutos para prohibir el uso de las viviendas como de uso turístico, por ello haremos que las licencias de viviendas de uso turístico caduquen cada cinco años y que tengan que renovar el cumplimiento de los requisitos legales y, entre ellos, estará que en la comunidad de propietarios se permita este uso”, ha adelantado Montes.