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A la empresa y a todos los consejeros miembros del comité de auditoría

El Tribunal Supremo confirma la sanción de la CNMV a Codere por falsear las cuentas de 2012

22/10/2020 - 

MADRID (EFE). El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción impuesta por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en marzo de 2015 a Codere y a los consejeros miembros del comité de auditoría por falsear sus cuentas de 2012. La empresa recurrió la sanción a la Audiencia Nacional y, tras ser ratificada, al Tribunal Supremo, que la ha confirmado en todos sus términos.

La CNMV había multado a Codere con 100.000 euros por la comisión de una infracción tipificada como muy grave, porque las cuentas de 2012 que remitieron al supervisor bursátil contenían datos "inexactos o no veraces". Además, impuso sendas sanciones de 10.000 euros a los consejeros y miembros del comité de Auditoría Eugenio Vela Sastre; Juan José Zornoza Pérez; Joseph Zappala, y José Ramón Romero Rodríguez, también por infracción muy grave.

En febrero de 2013, Codere informó de que en 2012 perdió 104,6 millones de euros, frente al beneficio de 52,2 millones que logró el año anterior, lastrado por un deterioro de activos en España por valor de 75,6 millones y por la bajada de los ingresos en el país. El 3 de junio de ese año, Codere presentó una reformulación de las cuentas de 2012, en la que elevaba las pérdidas a 134 millones tras detectar un error contable.

Pocos días después hacía público que volvía a reformular las cuentas para adecuarlas a una "aclaración" fiscal en México y tras afrontar un pago por licencias en Argentina. Tras conocer la sanción, y en los sucesivos recursos ante la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, Codere alegaba que la conducta sancionada era fruto de un error técnico que fue corregido de inmediato, y que no alteraba la situación patrimonial de la empresa.

En concreto, que se había cuantificado de forma "técnicamente errónea" en el balance consolidado (y no en las cuentas individuales de las sociedades del grupo) del ejercicio 2012 un fondo de comercio en una filial extranjera, lo que ni alteró la situación patrimonial de Codere ni afectó a los balances de ninguna de las compañías del holding sino exclusivamente al balance consolidado. 

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