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fue alcaldía quien decidió por el partido popular a cuál de sus dos asesores tenía que echar

El TSJ ratifica que el Ayuntamiento de Paterna vulneró los derechos del PP por cesar a un asesor

14/12/2020 - 

VALÈNCIA. El Ayuntamiento de Paterna, liderado por el Partido Socialista, vulneró los derechos fundamentales del Partido Popular al despedir unilateralmente y sin consulta previa a uno de sus asesores. Así lo ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, tras rechazar el recurso de apelación que presentó Alcaldía contra una sentencia del Contencioso Administrativo que ya le condenaba por los mismos hechos. En su primera resolución, el juzgado consideró que la destitución del asesor Enrique Guillem Puchades no se ajustaba a derecho, por lo que obligó al consistorio a readmitirlo de inmediato en su puesto. Una decisión que ahora ha quedado avalada por el nuevo fallo, y que se sustenta bajo la premisa de que el personal eventual y de confianza de los grupos políticos depende única y exclusivamente de ellos, en ningún caso del Ayuntamiento. 

Los hechos se iniciaron entre 2017 y 2018, cuando tres concejales del populares decidieron abandonar el partido para pasar a formar parte del grupo de los no adscritos. De este modo, la agrupación redujo a la mitad su representación en el plenario municipal, pasando de los seis a los tres ediles. El personal eventual se reparte entre los diferentes partidos en función de los concejales que obtuvieron en las pasadas elecciones, de modo que una supuesta pérdida de asientos también puede repercutir directamente en este ámbito. Así, el Partido Popular se vio obligado a renunciar a la mitad sus cargos de confianza: de dos a uno. 

La cuestión es que fue la Alcaldía del Ayuntamiento, liderada por el socialista Juan Antonio Sagredo, quien decidió el nombre de la persona que debía ser destituida de su sueldo y cargo en el PP.  Una situación que los populares denunciaron al considerar que se habían vulnerado sus libertades y derechos fundamentales. La administración local se defendió alegando que el partido, aun sabiendo que tenía que despojarse de un asesor, no mostró iniciativa alguna para dar un nombre. Sin embargo, la explicación no convenció el juez, quien sentenció que el PP tenía derecho a decidir de cuál de los dos trabajadores quería prescindir. 

María Villajos, portavoz del Partido Popular y denunciante

"El juzgado nos ha dado por segunda vez la razón, y eso viene a demostrar lo que nosotros siempre hemos defendido: el alcalde no es quién para decidir el nombre y los apellidos de las personas que trabajan para el Partido Popular", sentencia la portavoz de la agrupación en Paterna, María Villajos. "Ahora ha quedado bien claro que los únicos que tienen capacidad para gestionar su personal de confianza son los partidos políticos. Esta sentencia marca un precedente en toda España, porque les dice a los alcaldes qué pueden hacer y qué no en esta materia". Y añade: "Sagredo sabía perfectamente que lo que estaba haciendo no era correcto porque tenía varios informes de la secretaría que le advertían sobre ello, pero aun así lo hizo, en una nueva muestra de soberbia", critica. 

Además de reconocer que los derechos del PP quedaron vulnerados, ambas sentencias también condenan en costas al Ayuntamiento: "El Partido Socialista está pagando con el dinero de todos los paterneros su acoso y derribo contra el Partido Popular. Ahora los vecinos van a tener que pagar la ineficacia y la incompetencia de su alcalde", ha lamentado Villajos. "Espero que si quiere seguir adelante, al menos decida poner el dinero de su bolsillo". Cabe recordar que la sentencia del TSJ no es firme, por lo que todavía habría posibilidad de recurso ante el Tribunal Supremo

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