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El CJC pone reparos al decreto de Pascual que regula la comisión de la Selectividad

Foto: PEPE OLIVARES
13/02/2021 - 

VALÈNCIA. El Consell Jurídic Consultiu dio luz verde recientemente al decreto por el que se regula la Comisión Gestora de las Pruebas de Acceso y Preinscripción en las Universidades Públicas del Sistema Universitario. Eso sí, con tres reparos que la Conselleria de Universidades que dirige Carolina Pascual deberá resolver para que pueda ver la luz.

En particular, una de ellas resulta especialmente significativa y afecta a la composición de esta comisión. En el proyecto de decreto, Pascual establece que los miembros que la integren "podrán delegar la asistencia a las reuniones en otra persona, siempre que se acredite por escrito". Es decir, no regula de qué manera concreta se realizarán las sustituciones que puedan producirse mediante un procedimiento reglado. 

Sobre esta cuestión, precisamente, el Jurídic alerta de que esta "delegación carece de sustento jurídico y lo que debería preverse son las sustituciones en la forma en que estén regladas o, en su caso, arbitrar un régimen de suplencias para los casos en que se dé la imposibilidad de asistencia a las reuniones". 

Asimismo, el CJC advierte que la Conselleria no ha incorporado al expediente el informe del Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior, por lo que insta a que el departamento de Pascual lo agregue. 

Por último, traslada que la "titulación de los artículos es excesivamente larga" y que el proyecto no se ha ajustado en el lenguaje utilizado "a parámetros no sexistas". "Utiliza expresiones como: del/la coordinador/a general; el/la respectivo/a rector/a. Recomendamos que se evite el uso de la grafía '/' y, en su lugar, se utilicen términos o expresiones neutras que permitan, de ese modo, visibilizara las mujeres". 

Asimismo, aunque no goza de observación esencial, respecto a procedimiento de elaboración también apunta que los informes sobre el impacto de género, sobre el impacto en la infancia y en la adolescencia y sobre el impacto en la familia "deberían haber sido emitidos por los órganos de la Administración especializados y competentes en la materia y no ser unas meras declaraciones rituales, sin aportación de dato alguno ni análisis de la situación sobre la que va a tener incidencia la norma". 

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