VALÈNCIA. El Pleno del Consell ha aprobado el decreto por el que se establece el Reglamento de Mediación de la Comunitat Valenciana, que completa el desarrollo normativo de la ley aprobada en 2018 y que convierte a la Valenciana en la única comunidad autónoma que posibilita el uso de la mediación en todas las jurisdicciones.
Además, fomenta la calidad de la actividad mediadora a través del sello de calidad y garantiza su acceso a través de la mediación gratuita.
El Reglamento desarrolla el Registro de Personas y Entidades Mediadoras de la Comunitat Valenciana, el cual permitirá que la ciudadanía obtenga información -a través de una sencilla consulta en Internet- de las personas y entidades mediadoras que soliciten estar inscritas. También regula cómo debe ser la formación de las personas mediadoras que deseen formar parte del sistema de turnos de mediación que, además, deberán realizar actividades de formación continua.
La normativa establece la obligación para las personas y entidades mediadoras de contar con un seguro de responsabilidad civil para hacer frente a las posibles indemnizaciones por daños y perjuicios causados en el ejercicio de su función mediadora. Por otra parte, regula la posibilidad de que se puedan realizar procedimientos de mediación por medios telemáticos y, por último, crea el sello de calidad mediadora, que es una certificación concedida a las personas y entidades inscritas en el Registro que cumplen determinados estándares y requisitos de calidad.
Todas estas medidas están encaminadas a garantizar que las personas y entidades inscritas en el Registro cumplen con los estándares de excelencia y fiabilidad para que la mediación no sólo sea una manera rápida y eficaz de resolver conflictos, sino que, además, ofrezca todas las garantías a la ciudadanía.
Por otro lado, el reglamento establece la gratuidad en el acceso a la mediación para las personas con escasos recursos económicos en los mismos términos y condiciones que los beneficiarios de los servicios de justicia gratuita según la legislación vigente.
También para las personas con diversidad funcional, siempre que se trate de procedimientos de mediación que guarden relación con circunstancias de su salud o su grado de discapacidad y, en última instancia, para los que tengan reconocida la condición de víctima del delito, o en aquellos procesos que tengan vinculación, deriven o sean consecuencia de esa condición.
De esta forma, la Comunitat Valenciana se convierte en la primera autonomía que reconoce la gratuidad de la mediación a personas discapacitadas y víctimas de delitos, independientemente de su situación económica. Además, el reconocimiento del derecho a mediación gratuita comprende no solo la gratuidad de las actuaciones profesionales de la persona mediadora designada por el Centro de Mediación, sino también el uso y aprovechamiento de los espacios habilitados por la Conselleria de Justicia para tal fin.