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jornada en la universitat de valència

A vueltas con la subrogación en la administración pública: más dudas que respuestas

5/10/2021 - 

VALÈNCIA. Cuando los expertos en Derecho se ponen a reflexionar sobre las subrogaciones en el marco de la administración pública y las figuras jurídicas que deben asumir los trabajadores para su integración, son muchas las incógnitas y dudas que surgen alrededor de la cuestión y de la figura más utilizada a día de hoy en la administración valenciana: el personal a extinguir.

Así se reflejó este lunes en la jornada bajo el título 'Responsabilidad social corporativa y subrogación de trabajadores en la contratación pública', donde varios expertos en Derecho del Trabajo abordaron la cuestión de una fórmula que ha sido utilizada para la reversión del departamento de Salud de La Ribera y que se empleará para abordar la recuperación de Torrevieja y el servicio de resonancias magnéticas.

Amparo Esteve Segarra, profesora Titular del departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat de València, abordó algunos de los problemas que surgen de la subrogación en el marco de la administración, tanto hacia la parte pública como entre empresas privadas. Entre ellos, la posibilidad de fraude si se hinchan las plantillas antes de darse la reversión.

También ponía sobre la mesa cuestiones que son de derecho para los empleados que se traspasan. "Son ilegales las cláusulas de recibir el negocio libre de trabajadores, no se puede renunciar a la antigüedad, ni reducirles la jornada o hacer un nuevo contrato de trabajo en una primera instancia", recuerda. Sin embargo, Esteve recordaba que solo ante incumplimientos graves, como el impago reiterado de salarios, la administración puede penalizar a las adjudicatarias sin volver a contratarlas. 

La experta repasaba las finas líneas entre lo que puede ser correcto o no. Por ejemplo, la necesidad de mantener las condiciones más beneficiosas de los trabajadores, siempre que no sean fraudulentas. "El problema con el fraude es que hay que probarlo", recalca. Para ello, mencionaba el caso del departamento de Torrevieja y las dudas planteadas por Sanidad sobre el convenio colectivo previo a la reversión. 

No obstante, sí abordaba la posibilidad de cambios laborales en traspasos de contratas con subrogación cuando se da una reducción del servicio ya sea a través de una menor asignación de horas o fraccionamiento de lotes y que abre la puerta a una reducción de jornada o de aminoración de la plantilla.

Mientras, el profesor Adrián Todolí Signes, profesor Titular del departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat de València, abordaba la reversión de los servicios públicos. Todolí recordaba que el personal 'indefinido no fijo' era una opción para reversiones como la de La Ribera, pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea planteó un problema vinculado a que luego tuvieran que sacar una oposición.

"En ésta, que parece que pudiera ser la opción más viable al estar en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), y que podría aclarar muchas cosas, parece que hay alguna objeción", señalaba, como ya abordó en una entrevista a Valencia Plaza, cuestión que lleva a la administración a decantarse por el personal a extinguir. Sin embargo, recordaba las dudas que genera esta figura respecto a la posibilidad de mejorar las condiciones de los trabajadores subrogados con esta figura aunque insistía en la clave del convenio colectivo como fórmula de negociación.

Por otro lado, José María Goerlich Peset, catedrático del departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat de València, entraba a reflexionar sobre la situación de los trabajadores en caso de reversión, en especial sobre el personal a extinguir. Goerlich recordaba que la administración no está preparada para el día después de asumir este modelo de personal por las diferencias que surgen entre el derecho administrativo y laboral.

"Creo, francamente, que existen prejuicios administrativos en materia de gestión de personal que entran en conflicto con las leyes laborales. El artículo 44 dice que hay que mantener las condiciones, pero eso genera conflictos en materia retributiva y de jornada2, recordaba. Sin embargo, señalaba que para resolver los conflictos es necesario establecer una jerarquía entre las normas, donde las directivas comunitarias y la ley de presupuestos se debaten. 

Una vez asumido que tras la subrogación se mantendrán las condiciones individuales de los trabajadores, recordaba que los problemas de la figura del personal a extinguir llegan con los proyectos de futuro ante la idea de congelación de sus condiciones. No obstante, se volvía a mencionar la necesidad de acudir al convenio colectivo, ya sea del colectivo o el general para abordar la cuestión. Sin embargo, ¿qué pasa con el movimiento a otros puestos de trabajo?

·Este tipo de vinculaciones, tienen una vinculación exclusivamente al puesto de trabajo que ocupan. Esto implica dificultades en el derecho pero no tienen ninguna razón de ser", reconocía. "Para cuestiones como la promoción profesional, el Tribunal Supremo Social y Contencioso dice que sí hay procedimientos de crecimiento profesional y no cuestiona que el indefinido no fijo no pueda promocionar", señalaba. 

Sin embargo, recordaba que no son empleados públicos y por lo tanto no podrán particular en cualquier proceso interno de promoción, por lo que esta cuestión está limitada. En todo caso, sobre la integración directa o a través de entes instrumentales, Goerlich veía como mejor opción la segunda opción al eliminar el problema de la disparidad de estatutos o poder terminar con las diferencias de los trabajadores. "El derecho del trabajo va a funcionar mejor", destacaba.

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