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por acusar a la Policía de falsear los informes

La jueza del Metro pide imputar a la médico del SAMU por su declaración en Les Corts

Instrucción 21 cree que podría haber incurrido en un delito contra las Instituciones del Estado por acusar a la Policía de falsear los informes

20/06/2016 - 

VALENCIA (VP). El Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia, que investiga el accidente de Metro en el que murieron 43 personas y otras 47 resultaron heridas, ha rechazado la petición de uno de los abogados para que declare como testigo la doctora del SAMU que, en su reciente comparecencia en la Comisión de Investigación de Les Corts, aseguró haber visto los cuerpos del maquinista y de la interventora en la unidad siniestrada y no en las vías donde los ubican policías y testigos.

La magistrada rechaza también la solicitud del letrado, que representa a las víctimas agrupadas en la Asociación Víctimas del Metro 3 de Julio, para que testifique uno de los forenses. Se trata, según señala la jueza en un auto, de diligencias “innecesarias” por cuanto nada tienen que ver con el objeto del procedimiento judicial, que se centra en determinar las “hipotéticas responsabilidades penales derivadas de la posible falta de medidas de seguridad exigibles en el sector ferroviario” en que podrían haber incurrido los trabajadores de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) con competencias en materia de seguridad.

Es evidente y palmario que las declaraciones que solicita la parte en nada van a incidir sobre el objeto central de la investigación”, recoge la resolución, en la que, además, se acuerda deducir testimonio contra la doctora del SAMU para que otro juzgado investigue si, con sus declaraciones, ha cometido un delito contra las Instituciones del Estado previsto en el artículo 502.3 del Código Penal”.

La jueza considera que “no existe la más mínima duda del lugar donde aparecieron los cadáveres”. Señala que “no estaban en la cabina”, “que los cuerpos de ambos trabajadores de FGV salieron despedidos”, como “reflejan las lesiones de ambos”. Y basa ambas afirmaciones en los informes elaborados por la Policía y en “la contundencia” del testimonio de dos supervivientes del siniestro quienes en su declaración en el Juzgado aseguraron que no había nadie en la cabina. 

Según los planos policiales, el cadáver de la interventora estaba a 65 metros de la cabina de la unidad siniestrada y el del maquinista, a 75. “Resulta totalmente inverosímil la idea de que bomberos y policías, antes de que compareciera la comisión judicial autorizando el levantamiento de los cadáveres, hubiesen procedido por propia iniciativa a sacar los cuerpos de la cabina, recorrer con ambos 65 y 75 metros respectivamente, para seguidamente levantar otros cuerpos y colocarlos debajo, en medio de una situación extrema de heridos y muertos, con un entorno muy complicado debido a la posición del vagón, la inundación de las vías, la falta de luz... y todo ello sin ningún tipo de fin concreto, dada la intrascendencia que tiene el lugar donde pudieran aparecer los cadáveres”, explica la instructora en el auto notificado hoy a las partes.

En la resolución, la jueza añade que “intentar rodear de misterio la aparición del cuerpo del maquinista en las vías carece de toda lógica. La ventana de la cabina donde se encontraba el maquinista se desprendió como las restantes ventanas del lateral izquierdo por el rozamiento con las vías (…). El hueco existente, conforme consta al folio 3900, casi de 80 cm por 80 (764 mm) es el suficiente para permitir la salida al exterior de un cuerpo de complexión normal y mas en las circunstancias de arrastre y vuelco de la unidad. De igual forma, tampoco es descartable, como indicó el Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía, que el maquinista, una vez consciente de haber perdido el control del tren, se dirigiera hacia el vagón y saliera despedido por una de las ventanas del mismo”.

La magistrada destaca el “duro, agotador y penoso trabajo que llevaron a cabo el día del siniestro y días posteriores” los efectivos de Policía y Bomberos y señala que cuestionar la veracidad de sus informes es atribuirles la comisión de un delito de falsedad documental.

Respecto del forense cuya declaración solicitó el abogado de la Asociación tras cuestionar en la comisión parlamentaria la forma en que se levantaron los cadáveres y se realizaron las autopsias, la magistrada rechaza la práctica de esta diligencia porque “no estuvo presente en los levantamientos de cadáver por lo que poco o nada de interés puede aportar sobre los mismos”.

Recuerda Instrucción 21, que dicho forense practicó cinco autopsias y que en sus informes “no hizo constar irregularidad alguna”, circunstancia ésta por la que considera “llamativo” que “lo que no cuestionó hace diez años, cuando llevó a cabo su trabajo, lo plantee en este momento”.

La magistrada concluye asegurando que“plantear a estas alturas de la investigación, transcurridos 10 años desde la fecha de la tragedia, cuestiones como la suscitada, tendentes a cuestionar la veracidad de los datos que constan en el procedimiento, intentando generar confusión, sin apoyarse en dato objetivo alguno, no responden a lo que debe ser el objeto de una instrucción penal, sino a consideraciones que exceden de esta y que entran en ámbitos de actuación diferentes”.

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