VALÈNCIA. El próximo 17 de junio está convocado el pleno del Ayuntamiento de València para constituir la nueva corporación resultante de las elecciones municipales del pasado domingo 28 de mayo. Una cita a partir de la cual se producirán los traspasos de poderes por parte de los gestores actuales (PSPV y Compromís) a los que entren a gobernar (PP, y quién sabe si también lo hará Vox).
Con el horizonte de las elecciones municipales, la Concejalía de Participación y Transparencia que gestiona la socialista Elisa Valía (ahora en funciones) ha estado trabajando en los últimos meses en un protocolo de traspaso de poderes que habrá que cumplir llegado el momento y que este viernes aprobó la Junta de Gobierno Local. Un documento hasta ahora inexistente y para el que el gobierno del Rialto ha tomado como referencia la "Guía para los procesos de transferencia de poder en los gobiernos locales de Eudel, Asociación de Municipios Vascos", tal y como recoge el texto.
El documento, más allá de hacer especial hincapié en la importancia que existe a la hora de planificar y evaluar las políticas públicas que realiza una corporación municipal, se centra especialmente en los derechos y deberes que tienen los concejales tanto salientes como entrantes.
Respecto a estos últimos, recoge todas las obligaciones a las que están sujetos desde que toman el acta. Especialmente, aquellas vinculadas con la transparencia de su actividad. Así, tras una introducción, recuerda que están sometidos a la Ley de Transparencia, que obliga a todas las instituciones a hacer pública su actividad o cuentas, para rendir cuenta a la ciudadanía, o a que los concejales hagan públicas sus agendas, por ejemplo. También subraya la existencia del Código de Buen Gobierno, al que todos los concejales actuales se adhirieron al acceder al cargo.
En este sentido, a partir de ahí el documento recoge toda una serie de pasos que deben hacer los concejales para publicitar su declaración de bienes, informar de los obsequios que reciben o los plazos de los que dispondrían para hacerlo. Asimismo, también recoge la obligación que tienen los ediles de asistir al pleno así como a otros órganos municipales de los que formen parte, guardar secreto "de las deliberaciones, debates, votaciones y cualquier información que conozcan por razón de su cargo y que pueda afectar al honor, a la intimidad personal y familiar o a la imagen de las personas". También deben mantener la confidencialidad en los procesos de toma de decisión para no afectar a los intereses municipales.
El reglamento también recoge los supuestos de acceso a la información y las causas en las que esta se puede rechazar. A efectos prácticos, es una guía rápida para el nuevo concejal que no está familiarizado con la administración local para que este sepa también los derechos económicos que tiene, cuándo se configuran las retribuciones que percibirán, qué información deben mantener actualizada en el portal de datos abiertos, desde estudios de impacto ambiental o de calidad del aire que haga el consistorio, hasta la normativa urbanística actualizada hasta la propuesta de convenios, los presupuestos o su liquidación.