GRUPO PLAZA

presentan recursos contra la sentencia sobre el desvío de fondos y el hospital de haití

La Generalitat y las ONGs ven asociación ilícita y grupo criminal en los condenados por Cooperación 

17/11/2020 - 

VALÈNCIA. La Abogacía de la Generalitat y las ONG han presentado, tras anunciarlo en septiembre, sus respectivos recursos de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia de Valencia sobre las piezas 2 y 3 del conocido como caso Blasco. Ambas fueron abiertas por los delitos de prevaricación, cohecho, asociación ilícita, malversación, encubrimiento, fraude de subvenciones, blanqueo y falsedad documental por el desvío de fondos al Tercer Mundo y el proyecto fallido para la construcción del hospital de Haití. Tras el juicio celebrado el año pasado, el exconseller de Solidaridad Rafael Blasco fue condenado a un año de prisión; el empresario Augusto César Tauroni a dos años; y el exjefe de área de Solidaridad Marc Llinares a dos años y nueve meses. 

El fallo conocido en abril, sin embargo, absolvía a los tres -entre otros- de los delitos de asociación ilícita, organización y grupo criminal. Algo en lo que se fundamentan principalmente los recursos interpuestos. 

La Generalitat diferencia entre los conceptos de organización criminal y grupo criminal. El primero, explican, se caracteriza por su carácter estable o por tiempo indefinido, y por la concertación y la coordinación. Para el segundo "tan sólo se exige la concertación, entre sus miembros integrantes, que se reparten diversas tareas o funciones". Tipo que aplican a los principales condenados. "Es evidente el concierto que existía entre autoridades, funcionarios y empresarios para poder organizar el entramado necesario (hasta convertirse en una verdadera organización, o al menos, grupo criminal), al objeto de obtener beneficios, repartiéndose de forma ilícita los fondos públicos", resumen. 

Tauroni, apuntan, "desde su puesto de director de facto de la Fundación Entre Pueblos, era quien emitía órdenes". Se encontraba, a su vez, en contacto permanente con Llinares, "pieza fundamental en la organización dentro de la Administración", quien se encargaba de "facilitarle toda la documentación e información de interés para poder concurrir a las convocatorias públicas". Por último, Blasco, "siendo conocedor de las irregularidades, dictaba las resoluciones de concesión, sin controlar la ejecución de los proyectos y el reintegro del dinero desviado". 

"Es evidente que los actores participan en el seguimiento de un plan preconcebido, siguiendo determinadas directrices, y llevando a término conductas homogéneas que se prolongan en el tiempo a lo largo de la tramitación de los expedientes", señala el recurso de la Abogacía.

En la causa actual, indica que Tauroni, Blasco y Llinares "se protegen o parapetan con nuevas estructuras, con nuevas denominaciones (Entre Pueblos es sustituida por Hemisferio, Expande sustituye a Caaz) que ocultan su participación directa y van consolidando una estructura adecuada para continuar su actividad delictiva". Por consiguiente, mantiene que a finales de 2010 "ya funcionan como una organización/grupo criminal que continúa en 2011". 

La Generalitat entra a analizar las atenuantes por reparación parcial del daño causado y por dilaciones indebidas. Sobre la primera, reprocha a la Audiencia que no haya cuantificado "en ningún momento" el daño causado al erario público a pesar de los cálculos de las acusaciones, por lo que, dice, "difícilmente puede valorar que los condenados contribuyen de manera eficiente" a ello. A lo que añade que, si desde el año 2015 no se ha hecho frente a las responsabilidades civiles derivadas de la primera pieza, "no es congruente aplicarlas por reparación del daño en actual".

Otro de los motivos para recurrir la sentencia es que en ella no se fijara la responsabilidad civil de Blasco y de Llinares, al considerar la Audiencia que no era posible. La Generalitat fija la cifra de la responsabilidad civil por daño moral en tres millones de euros

Asociación ilícita

Por su parte, la Coordinadora Valenciana de ONGD, que ejerce la acusación popular, se muestra contraria en su escrito a algunas tesis de los magistrados y defiende la existencia de la asociación ilícita. En su argumentación hace referencia a la sentencia de la pieza 1 de Cooperación, que acreditaba que, para llevar a efecto los hechos delictivos por los que finalmente fue condenado, Blasco "contaba con la necesaria colaboración del equipo directivo de la Conselleria" y con la ayuda de Llinares, además de mantener relación con Tauroni. 

Censura, igualmente, que la sentencia sostuviera que no actuaron de forma concertaba y que no formaban parte de una estructura organizativa con vocación de permanencia. “Es evidente que el delito se consuma desde el momento en que existe esa agrupación de tres o más personas con el fin de delinquir, aunque posteriormente se frustren los delitos concretos proyectados para conseguirlo”, razona la Coordinadora. El punto de partida de este entramado, recuerda, se retrotrae al año 2007, en el que Rafael Blasco es nombrado conseller de Solidaridad y Ciudadanía, y se extiende hasta 2011. Cada uno de los considerados cabecillas ocupaba, opinan, “un rol absolutamente definido con la única finalidad de que Tauroni, a través de diferentes empresas, se lucrara con la concesión fraudulenta de subvenciones en materia de Cooperación Internacional al Desarrollo”.

El empresario y el exconseller, bajo su punto de vista, "se conciertan para apropiarse del dinero público desde el mismo momento" en el que el segundo es nombrado. "Tauroni aporta su estructura empresarial (Arcmed), su familia (su hermano y su padre) y diferentes colaboradores (Alfonso Navarro, Maribel Castillo, etc...), utilizando en la primera pieza como entidad falsa a CYES y en la segunda y tercera a Hemisferio y a pequeñas ONGs a las que instrumentalizan para conseguir sus objetivos", razona. 

Blasco, prosigue el recurso, "aporta su cargo y a su equipo, fundamentalmente a Llinares, cuya intervención es fundamental para el buen fin de la trama delictiva". "El resto de funcionarios públicos varía, por cuanto hay diferentes nombramientos a lo largo de los años y todos ellos intervienen de una u otra forma, pero Llinares es pieza clave desde el año 2008. Realiza todo lo que está en sus manos para remover los obstáculos legales, personales y administrativos con la finalidad de que el dinero público sea finalmente malversado", añade. 

La evaluadora externa, comentan, es un "elemento importantísimo dentro de la trama organizativa corrupta" por la comunicación existente entre Llinares, Luis Castel Aznar y su trabajador Jesús Urkiza "para manipular las puntuaciones obtenidas por los proyectos de la trama, con la finalidad de que obtuvieran las correspondientes subvenciones". 

Aunque las ONGs entienden que los acusados son autores de un delito de asociación ilícita, también son partidarias de que, con carácter subsidiario, los hechos pudieran tipificarse como un delito de pertenencia a grupo criminal. 

Atenuantes

Critican, del mismo modo, que no concurren las circunstancias atenuantes esgrimidas por la Audiencia Provincial respecto a Rafael Blasco, Marc Llinares, Josep María Felip, Augusto César Tauroni, Arturo Ignacio Tauroni, Alina Indiekina, Fernando Darder, Alfonso Navarro, Agustina Sanjuán y Rafael Barrera Cuquerella. Éstas, afirma el recurso, no se "justifican, clarifican, explican ni motivan".

Específicamente sobre las del exconseller -reparación parcial del daño y dilaciones indebidas- replican que "difícilmente puede considerarse que haya demostrado una voluntad firme" respecto a lo primero. "Pone a disponibilidad de la Generalitat un inmueble que ya tiene embargado y que debe responder por una condena del Tribunal de Cuentas, lo cual es un verdadero despropósito, y otro que no es ni siquiera de su propiedad, sino de una de las hijas de su esposa, el cual se encuentra alquilado y en el que se desarrolla una actividad que se desconoce", explican. También valoran que la "aparente insolvencia actual" de Blasco "no es más que una ficción". 

Respecto al tiempo transcurrido, defienden que el procedimiento era complejo, que había "múltiples sujetos intervinientes" y que su estrategia de defensa -"perfectamente legítima"- estaba "basada en la interposición sistemática de recursos". 

La Coordinadora también se muestra contraria a las penas impuestas a cada uno de los acusados. "A pesar de reconocer probados los delitos de malversación, prevaricación, fraude en subvenciones y falsedad documental, entre otros, la Audiencia condenó al ex conseller Blasco a sólo un año de prisión de los 16 que pedía la acusación popular, mientras que Tauroni fue condenado a dos años de los 22 que se solicitaban, y Marc Llinares a dos años y nueve meses de los 14 que le podrían haber correspondido".

Igualmente, cree que no deberían haber sido absueltos Luis Fernando Castel y Dolores Escandell -"repescada" desde ayer como jefa de Servicio de Recursos Materiales y Gestión Económica-Administrativa en la Conselleria de Justicia- por su "conocimiento y participación" en los hechos. 

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