La APV advierte de que el Ayuntamiento podría perder la propiedad del edificio si lo adjudica y la Abogacía del Estado no aprueba su utilización como 'data center'
VALÈNCIA. El alcalde de València, Joan Ribó, está empecinado en adjudicar, "lo más pronto posible", el uso del edificio de los Docks para que una empresa privada instale allí un centro de procesamiento electrónico de datos (data center). Ribó ha hecho caso omiso de al menos tres peticiones de paralización que argumentan que el edificio centenario está en proceso de posible catalogación como Bien de Relevancia Local (BRL), lo que elevaría su nivel de protección.
Estas tres peticiones son del Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, que formuló la petición para elevar la protección a BRL; el grupo municipal del Partido Popular, y, según se supo este lunes, el Síndic de Greuges. El vicealcalde de València, Sergi Campillo, respondió el pasado viernes a la petición de la formación que dirige María José Catalá afirmando que "la protección patrimonial es prioritaria" y la empresa que se adjudique el centro de datos respetará, "como no puede ser de otra manera", la protección patrimonial que determine la Conselleria de Cultura.
Por si fuera poco, el Ayuntamiento recibió el pasado 30 de enero una nueva petición de paralización del concurso, y no una cualquiera. Nada menos que la antigua propietaria del inmueble, la Autoridad Portuaria de Valencia (APV), pedía por escrito que se paralizara el proceso por un motivo muy diferente: las dudas sobre si el uso que se quiere dar al edificio se puede considerar "de utilidad pública o interés social".
La misiva, firmada por el presidente de la APV, Aurelio Martínez, hace referencia a una carta anterior remitida el 22 de diciembre, seis días después de convocarse el concurso, en la que al parecer ya le hizo observaciones al respecto. En esta última, a la que ha tenido acceso Valencia Plaza, Martínez le recuerda a Ribó que el inmueble forma parte del 'Convenio de cesión gratuita de determinados bienes de la Autoridad Portuaria de Valencia a favor del Excmo. Ayuntamiento de Valencia', de 26 de abril de 2013, donde una de las cláusulas decía que el edificio solamente podrá destinarse a "fines de utilidad pública o interés social".
Aurelio Martínez: "Te ruego consideres la conveniencia de suspender el procedimiento de licitación"
Y añade: "Examinado el Pliego de cláusulas jurídicas y
económico-administrativas que regirán la constitución del derecho de superficie, y a la vista del destino al que va a estar dirigido -construcción, conservación, mantenimiento, gestión y explotación de un Centro de Procesamiento Electrónico de Datos-, nos han surgido dudas sobre la adecuación del mismo al cumplimiento de los fines de utilidad pública o interés social que establece el Convenio de Cesión y la normativa aplicable".
A continuación, Aurelio Martínez anuncia a Ribó que va a elevar a la Abogacía del Estado una consulta sobre la idoneidad del destino previsto para el edificio a los fines de utilidad pública o interés social, y lanza una advertencia: "En tanto se dilucide esta cuestión y con el fin de dotar de mayor seguridad jurídica a todos los concernidos, te ruego consideres la conveniencia de suspender el procedimiento de licitación, ya que, en caso de resultar que no fuese conforme el destino del Edificio a tales fines y se adjudicase el derecho de superficie a la oferta más ventajosa, estaríamos en la obligación de proceder a resolver parcialmente el convenio en este concreto ámbito".
Y es que la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su artículo 44.1 es muy clara cuando habla de las cesiones de bienes por parte de las autoridades portuarias: "Solo se admitirá la cesión gratuita de los bienes desafectados a favor de las Administraciones públicas y para fines de utilidad pública o interés social. Si los bienes cedidos no fueran destinados al uso previsto, o dejaren de serlo posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirán aquellos a la Autoridad Portuaria".
Joan Ribó: "Consideramos de gran importancia la puesta en marcha, lo antes posible, de esta empresa, por lo que vamos a continuar el proceso de adjudicación"
La advertencia de Martínez es pura precaución, ya que, según afirma para acabar la carta, él mismo no ve inconveniente en el uso de los Docks como data center, pero reitera que "en el caso de que el informe solicitado concluyera que la actuación no se ajusta a los fines" señalados, "no sería posible" llevar a cabo la adjudicación "al amparo de un convenio de cesión gratuita como el que existe actualmente".
El alcalde de València respondió al presidente de la APV dos días después, el 2 de febrero, también por carta. En ella le tomaba al presidente del Puerto sus últimas palabras para justificar su decisión: "Agradeciendo tus sugerencias y dado que consideras positiva la finalidad que queremos darle al edificio, te comunico que consideramos de gran importancia la puesta en marcha, lo antes posible, de esta empresa, por lo que vamos a continuar el proceso de adjudicación del edificio Los Docks".
El concurso, como ha venido informando Valencia Plaza, se encuentra muy avanzado después de que el pasado 1 de febrero se abrieran los sobres de las tres ofertas presentadas, siendo la de la empresa valenciana Sineasen la que parte con clara ventaja, en un proceso en el que los criterios de adjudicación son automáticos. Los siguientes pasos son que la mesa de contratación realice la propuesta de adjudicación, que la empresa ganadora aporte las garantías y que se adjudique.
Como preámbulo, Ribó explica a Martínez que lo que se proyecta es un centro de procesamiento electrónico de datos "con una previsión de contratación de varios centenares de titulados especializados en estos temas y que será sin duda una empresa tractora para la entrada de nuevas inversiones en digitalización en nuestra ciudad".
Sobre las dudas expresadas por la APV respecto al uso del inmueble, afirma que "efectivamente, todo es discutible, sobre todo en temas jurídicos, y los conceptos de utilidad pública o interés social no tienen precisamente una interpretación unívoca ni en el lenguaje corriente de la calle ni tampoco en el lenguaje jurídico"
"Sí que he de decirte -añade Ribó- que, hecha una consulta a nuestros servicios jurídicos municipales, estos entienden que una empresa de estas características perfectamente puede ser considerada, desde muchos puntos de vista, como de utilidad pública y de interés social".