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Critica que se hiciera para "una operación especulativa"

El TSJCV anula la desprotección de Tabacalera ocho años después de la demolición parcial 

12/01/2016 - 

VALENCIA. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Valencia (PGOU) de 30 de junio de 2006 que permitió derribar parte del antiguo edificio de Tabacalera, así como el convenio urbanístico de permuta de dicho edificio, entonces privado, con el municipal de la plaza de América.

El fallo se produce ocho años después de que se derribaran las naves laterales y traseras del conjunto de la antigua Tabacalera, en la calle Amadeo de Saboya, en lo que el PSPV calificó como "el mayor pelotazo urbanístico de la era de Rita Barberá", por el que calculó que la ciudad de Valencia perdía 60 millones de euros e Inmobiliaria Guadalmedina (Igsa), beneficiaria de la permuta, podría ganar hasta 100 millones con la operación. Los socialistas denunciaron la operación por vía penal, pero la fiscalía lo archivo al no apreciar delito.

Igsa, propiedad de la familia de Enrique Ballester, compró en 2002 el 49% del complejo de la vieja tabacalera a Altadis por ocho millones de euros. En 2003 el conjunto fue declarado bien de relevancia local por la Generalitat, pero en 2006 el Ayuntamiento recalificó los terrenos con el fin de firmar el convenio con Igsa. Por este convenio, el Consistorio recibió el edificio central de Tabacalera y 14 millones de euros, mientras la promotora recibía el edificio municipal de la plaza de América, donde los pisos alcanzaron precios récord en la ciudad, y dos solares para sendos edificios en las naves de Tabacalera que serían derribadas.

En una sentencia muy contundente, el tribunal afirma que el acto recurrido por el movimiento Salvem Tabacalera "no solo padece la falta del plus de motivación necesario cuando se trata de eliminar dotaciones o levantar protecciones; además el acto carece justificación, ya que la descatalogación, pérdida y demolición de las naves se ha realizado contraviniendo el interés público de conservación de un conjunto industrial protegido y con el único objetivo de generar suelo para una operación especulativa, que pretende la obtención de importantes  plusvalías a costa de bienes protegibles y protegidos,  produciendo suelo donde no podía producirse y generado así un negocio edificatorio de 32.220 m2/techo".

"Terminante violación de las normas de protección"

Añade el fallo que "los elementos demolidos tienen valores representativos que merecían ser protegidos; se ha producido una terminante violación de las normas de protección; existe una fuerte contradicción interna del acto, pues para elementos idénticos se dan soluciones diametralmente opuestas, y finalmente, existe una finalidad que devalúa el acto, pues persigue una teleología contraria a la protección que debió dispensarse a los elementos arquitectónicos que se han citado".

Según los magistrados, las normas han sido "violadas no solo en lo que se refiere a la concreta desprotección de elementos, que finalmente han desaparecido, bajo la acción de la piqueta, sino que además han sido violadas en lo que se refiere a la generación de volúmenes, pues aun cuando la demolición o desaparición fuera posible, que no lo es, ello no obstante, nunca sería posible dentro de esa parcela la alteración, modificación e incremento de volúmenes, de manera que también en este aspecto las normas citadas se conculcan y por ello el acto recurrido es nulo".

"Si lo que existió merece protección, como así lo creemos, no es posible decisión alguna fundada en criterios de oportunidad, coyunturales o mercantilistas", concluye la sentencia respaldada por cuatro magistrados, que contó con el voto particular de la quinta integrante del tribunal. 

El sentido y la dureza de la sentencia contrasta con la emitida por el TSJCV sobre este mismo recurso en 2010, que fue desestimatoria. Ese fallo fue anulado en 2013 por el Tribunal Supremo porque no se habían practicado dos diligencias solicitadas. 

Salvem Tabacalera planteaba "otras muchas cuestiones" como son la ilegalidad del incremento de edificabilidad en la parcela de Tabacalera, la alineación de la parcela de la plaza de América, el exceso de viviendas, la reserva de viviendas de protección oficial, el déficit dotacional o la falta de equivalencia entre los elementos permutados, pero el Tribunal no entra a analizarlas al ser nulo el acto de manera tan evidente, además de que algunos requerían de pruebas periciales que no se practicaron.

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