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El jefe jurídico de Divalterra plantea anular el proceso de selección en RRHH siete meses después de convocarse

José Luis Vera asegura que el gerente de la empresa pública no tiene competencias para contratar mientras otras fuentes lo contradicen

24/02/2021 - 

VALÈNCIA. José Luis Vera, director de los Servicios Jurídicos de Divalterra, pero también de Prevención de Riesgos Penales y Transparencia desde el pasado 28 de diciembre, ha elaborado un informe para enumerar todas las irregularidades que considera que han existido en el proceso de selección de la nueva jefa de Recursos Humanos de la empresa pública. En él concluye, de manera tajante, que procede anularlo todo: las bases, el mismo procedimiento y el contrato al haberse realizado, asegura, en fraude de ley.

El pronunciamiento de Vera llega siete meses después de la convocatoria, cuya publicación, junto a la de las bases y la de conformación del tribunal evaluador, tuvo lugar el pasado 17 de julio. Todos los documentos están disponibles desde entonces en el portal de Transparencia de Divalterra y ninguno los aspirantes los impugnó. Tampoco Vera, director jurídico de la empresa, que no intervino hasta después de conocerse quién era la ganadora de la plaza.

El motivo fue que, como desveló Valencia Plaza, el presidente del Consejo de Administración de Divalterra, el diputado socialista Ramiro Rivera, trató de impedir a mediados de enero el nombramiento de la vencedora –elegida por el tribunal– después de que el aspirante que quedó en segundo lugar presentara un recurso. El gerente, sin embargo, no obedeció la orden y procedió a la contratación al entender que todo se había realizado correctamente. 


A partir de ese momento, Vera se erigió en instructor de una investigación interna mientras la Agencia Antifraude abría otra tras recibir una denuncia desde el propio tribunal por todos los movimientos para revocar el proceso, que muchas voces de la empresa pública consideraban injustificados. 

A una parte de esas indagaciones da ahora respuesta en su informe de 87 páginas en el que incluso insinúa que miembros del citado tribunal filtraron documentos a este periódico. Una de las tesis más importantes es que las bases del proceso de selección, que fueron redactadas por el jefe de Recursos Humanos y aprobadas por el gerente, Antonio Mas, "otorgan de forma ilegal la competencia" a este último para realizar la contratación propuesta. De modo que, indica, vulneran los estatutos de Divalterra y los acuerdos del Consejo de Administración, que otorgan a este órgano la competencia en materia de personal y prohíben al gerente contratar a nuevos trabajadores.

   

Las fuentes consultadas por Valencia Plaza matizan que dichos acuerdos lo que no permiten es que el gerente contrate en plazas de nueva creación. Algo que no ocurría en el caso del jefe de RRHH, puesto que ya existía y sólo se pasaba a relevar a quien lo ocupaba. 

Vera también acusa a Antonio Mas de incumplir "el deber de lealtad exigido" al utilizar las facultades (en fraude de ley) "con fines distintos a aquellos a los que les habían sido concedidas y desobedeciendo las instrucciones de los órganos competentes estatutariamente". 

Señala, igualmente, que se ha vulnerado "el principio de transparencia, el de imparcialidad e independencia" del tribunal al nombrar, para que formara parte de él, al consejero delegado de Divalterra, Pedro Domingo, quien lo tenía prohibido por su cargo. Lo mismo ocurre, en su opinión, respecto al hecho de que Vicente Domingo fuera presidente del tribunal pese a tener "un interés directo" en la candidata seleccionada, Eugenia Fernández, con quien había trabajado en el Instituto Valenciano de Atención Social-Sanitaria (IVASS) entre 2010 y 2015. 

En este punto, Vera no hace alusión a que quien recurrió el proceso de selección y por el que se ordenó suspenderlo, José Fambuena, es un funcionario al que otra diputada del PSPV trató de incorporar hace poco más de un año a su departamento, tal como publicó este periódico

El jefe jurídico de Divalterra apunta igualmente a infracciones en las normas presupuestarias y a una valoración de méritos con puntuaciones, mantiene, no acreditadas. Llega a hablar, incluso, de "mala fe" y de un intento de presionarle y condicionarle a él como instructor del recurso, así como al Consejo de Administración. Todo ello a través de "escritos, informaciones falsas únicamente dirigidas a intentar apoyar a uno de los candidatos del concurso, utilización, mediante estafa procesal, de la propia Agencia Antifraude y, por supuesto orquestando una campaña a través de un medio de comunicación con informaciones parciales y falsas". En referencia, por supuesto, a Valencia Plaza sin que haya concretado a qué falsedades se refiere. 

Propone una nueva valoración de méritos

En otro informe de 77 páginas en el que resuelve el recurso presentado por el aspirante José Fambuena, lo estima parcialmente y rechaza las alegaciones de la ganadora, Eugenia Fernández. En él propone que el tribunal, que hace escasos días se ratificó en su decisión, realice una nueva valoración de los méritos de Fernández.

Con todo, la única alegación que acepta de Fambuena es que los dos másteres en Recursos Humanos que presentó su contrincante, uno de la Universidad CEU Cardenal Herrera y otro de la Universidad Europea de Madrid, no pueden ser incluidos en titulación académica al no ser "oficiales", de manera que tendrían que pasar a contar en el apartado de cursos de formación o perfeccionamiento. En cualquier caso, esa modificación no permitiría a Fambuena superar a Fernández en la puntuación final.

Además, contradice el argumento de que Divalterra se rija por el derecho privado, como reflejan sus propios estatutos. Esto comportaría, al serle de aplicación el derecho laboral, que en un procedimiento de selección de personal como el de RRHH, no se podría acudir a la vía administrativa para presentar recurso, sino que la única posibilidad de reclamar de los aspirantes sería la judicial. Vera, sin embargo, opina que es "falso" que en el ámbito del derecho societario, privado e incluso laboral, no sea posible porque "forma parte de la autonomía de gestión de la sociedad" y, al no estar prohibido por ninguna normativa, es ajustado a derecho

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