GRUPO PLAZA

el magistrado forma una nueva pieza separada dentro del caso taula que salpica a los hijos 

El juez imputa a Caturla por ocultar patrimonio y le prohíbe disponer de los bienes de su empresa

24/10/2020 - 

VALÈNCIA. El juez encargado del caso Taula ha formado una nueva pieza separada para investigar al exresponsable de Ciegsa -la empresa pública de construcción de colegios-, Máximo Caturla, por un posible delito de frustración de la ejecución. Una decisión que acompaña de la prohibición para el también fuera secretario autonómico de Educación de disponer de los bienes y las participaciones de la mercantil "Estilo Kikí", de propiedad familiar. 

La nueva investigación salpica a sus tres hijos como beneficiarios de los actos de naturaleza lucrativa, por lo que les requiere para que en el plazo de cinco días presten fianza por los importes de 40.863 euros, 73.173 euros y 73.173 euros respectivamente, "bajo apercibimiento de proceder al embargo de bienes suficientes para cubrir dicha responsabilidad". 

El magistrado entra de lleno a indagar en unos hechos que se desvelaron en el último informe elaborado por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, el cual concluyó que Caturla usó la empresa -dedicada a la elaboración de tomate frito artesano- para deshacerse de su patrimonio al saber que estaba siendo investigado en lo que ni siquiera se conocía entonces como el caso Taula. 

Los agentes describían en una exhaustiva cronología cómo entre 2014 y 2015 -un periodo muy corto de tiempo- concentró patrimonio en esta mercantil en perjuicio del suyo personal. Todo al mismo tiempo que donó todas las participaciones que ostentaba en esa sociedad a favor de sus hijos. Sin embargo, sostenía la Guardia Civil, "mantuvo su participación en el funcionamiento y cobró beneficios de la empresa, si bien se deshizo de la propiedad formal de la misma". 

Su objetivo habría sido el de afrontar de manera más favorable un posible procedimiento judicial. Según la UCO, el exresponsable de Ciegsa decidió realizar estas acciones con anterioridad al inicio de la práctica de diligencias para "alejar la posibilidad de adoptar medidas cautelares" contra sus bienes. 

El juez menciona en su último auto diversas de esas operaciones. En primer lugar, la adquisición en octubre de 2014 por parte de Caturla de una nave industrial identificada propiedad de Estilo Kikí. "Es cierto que se trata de una adquisición, pero para adquirirla se solicita un préstamo hipotecario de 193.000 euros, importe superior al precio de compraventa (160.000). Con el precio transferido, se cancela por la sociedad un préstamo hipotecario anterior que gravaba la nave y que se liquida en la suma de 115.070 euros. Posteriormente, la nave, ya propiedad del investigado, se arrienda a la propia sociedad usuaria de la misma", expone el magistrado. 

En segundo lugar, un préstamo hipotecario en noviembre de 2014 sobre la denominada Finca La Corona, un inmueble propiedad de Caturla, por importe de 300.000 euros que se ingresan en una cuenta bancaria titularidad del mismo. Desde esa cuenta se transfieren los días 1 y 12 de diciembre de ese año 20.000 y 30.000 euros a Estilo Kikí. Posteriormente, el 23 de diciembre, se efectúan tres transferencias por un importe total de 148.500 euros a favor de sus tres hijos. Esas cantidades fueron destinadas para suscribir una ampliación del capital social de la sociedad.

Donación de participaciones para la ampliación de capital

En tercer lugar, una donación el 30 de diciembre de ese año por parte del exresponsable de Ciegsa de sus participaciones en la sociedad. Con anterioridad a estas operaciones, era titular del 85% de las participaciones y su hermano del 15% restante. Pero donó a cada uno de sus tres hijos un 10% de las participaciones y a su esposa el 1%, de modo que su participación en el capital societario pasó a ser del 54%. 

Ese mencionado 30 de diciembre, los cinco socios familiares suscribieron una ampliación de capital por importe de 150.000 euros, alcanzando el capital nominal de la sociedad la cifra de 301.800 euros. Para ello, se empleó el dinero transferido a sus tres hijos desde la cuenta del préstamo de la Finca La Corona. En la misma fecha y ante el mismo notario, Caturla donó el resto de las participaciones de las que era titular tras la primera donación y ampliación (un 27,16%) a sus tres hijos, de modo que dejó de ser socio de la entidad, si bien se reservó el usufructo de 72.432 participaciones. 

En tercer lugar, menciona el juez la venta en junio de 2015 de una vivienda en Denia de su propiedad, que se transfiere a un particular por un precio de 307.000 euros. Con parte del precio se cancela la hipoteca que la gravaba, liquidando el préstamo pendiente por importe de 186.403,13 euros, y con el resto del precio obtenido el investigado efectúa dos transferencias de 50.000 euros a la sociedad en concepto de préstamo.

Otra operación ocurre con la venta de una nave industrial ese mismo mes, cuya mitad le pertenecía a Caturla -y la otra a su hermano-. Antes de proceder a ello se segregó en dos fincas independientes, las cuales fueron compradas por 140.000 y 100.000 euros. Con el precio de la primera se canceló el capital pendiente de un préstamo hipotecario. Y con el total de los importes recibidos, las cantidades se repartieron entre Caturla, sus hermanos y una cuenta de la sociedad. 

Por último, Caturla recibió en julio de 2015 dos abonos por importe de 69.897,38 euros en una cuenta de su titularidad. Ese dinero lo destina en parte a Estilo Kikí, a la que el 28 de julio efectúa una transferencia por importe de 20.000 euros en concepto de préstamo, mientras que 30.250 euros los destina a una firma de abogados. Además, entre mayo y noviembre de 2015 vendió seis vehículos de su propiedad por precio de 16.196 euros.

2 millones en responsabilidad civil

El que fuera responsable de Ciegsa, recuerda el juez, fue detenido en enero de 2016, y el 28 del mismo mes se decretó el embargo de bienes y derechos suficientes para cubrir la suma de 2 millones de euros, en la que se fijaba su posible responsabilidad civil que pudiera exigirse en la causa.

Todos estos hechos descritos pueden ser, en su opinión, constitutivos del delito de frustración de la ejecución. "Cabe suponer racionalmente la previsión en el momento de su comisión de actuaciones judiciales que pudieran determinar la responsabilidad de responder patrimonialmente como consecuencia de los hechos que eran investigados; presentan la naturaleza de actos dispositivos o de gravamen, objetivan una minoración patrimonial de bienes raíces o realizables en el patrimonio de Máximo Caturla entre el inicio de los hechos expuestos y el momento del embargo de bienes; y, prima facie, parecen orientados a desviar de su patrimonio bienes, titularidades y dinero a favor de una tercera entidad, Estilo Kiko, cuyo entramado personal es íntegramente familiar", expone el magistrado.

El juez recuerda igualmente que la responsabilidad civil en el delito de alzamiento es una acción de reintegración tendente a reincorporar, en la medida de lo posible, el patrimonio embargado disminuido por el delito, usualmente mediante la declaración de nulidad de aquellos negocios dispositivos tendentes a lograr dicha disminución. 

Además, remarca que, en gran medida, las operaciones objeto de investigación "revelan un favorecimiento real mediante dichas operaciones recayente en patrimonio social de dicha entidad, a efectos de posible reintegración para el caso de condena". 

Motivos, todos ellos, por los que prohíbe a Caturla disponer de los bienes y participaciones de la empresa familiar y requiere a los hijos que presten fianza. 

Noticias relacionadas

next

Conecta con nosotros

Valencia Plaza, desde cualquier medio

Suscríbete al boletín VP

Todos los días a primera hora en tu email


Quiero suscribirme

Acceso accionistas

 


Accionistas