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los de rentas más bajas, según el Acuerdo entre el ejecutivo y agentes sociales

La Generalitat ayudará con 150 euros a 200.000 trabajadores afectados por ERTE

9/04/2020 - 

VALÈNCIA. La Generalitat Valenciana destinará 30 millones de euros para apoyar a trabajadores de rentas bajas que se hayan visto afectados por un Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) como consecuencia de la paralización de la actividad económica por el coronavirus. 

Se trata de una decisión acordada entre la Generalitat, sindicatos y patronal. El presidente de la Generalitat Valenciana, Ximo Puig, se ha reunido este jueves con el conseller de Hacienda y Modelo Económico, Vicent Soler; de Economía Sostenible, Rafael Climent; el presidente de la CEV, Salvador Navarro, el secretario general de UGT-PV, Ismael Sáez, y el secretario general de CCOO-PV, Arturo León, para rubricar este acuerdo que busca minimizar las consecuencias económicas provocadas por la crisis sanitaria en los colectivos más vulnerables.

Los beneficiarios de estas ayudas serán aquellos trabajadores afectados por un expediente que tengan una suspensión total del contrato y no perciban ningún complemento de sus empresas. La ayuda ascenderá a los 150 euros por persona beneficiando a un total de 200.000 trabajadores. Se abonará de menor a mayor base de cotización hasta agotar la dotación prevista, Es decir, que los primeros en recibirla ayuda serán aquellos trabajadores con menores retribuciones y suspensión total dela relación laboral, señala el acuerdo.

Para recibir la ayuda no hará falta ningún tipo de solicitud, ya que las ingresará directamente la Agencia Tributaria Valenciana de acuerdo con los datos de renta de que dispone.

Ayudas a la conciliación

También habrá otra partida, dotada de tres millones de euros, para aquellas personas que hayan reducido la jornada laboral para cuidar a menores, personas o personas dependientes. 

La ayuda por reducción total de la jornada de trabajo será de 600 euros por mes y por reducción de jornada parcial se corresponderá con el porcentaje de jornada reducida, siempre que dicha reducción no sea inferior al 50% de la jornada ordinaria. Sin embargo, estarán supeditadas a no superar 22.000 euros de base imponible del IRPF correspondiente a la declaración de 2018 y para aquellos que no tuvieran obligación declarar. 

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