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los partidos recuperan en acompañamiento la libre designación en las jefaturas de servicio

El Botànic enmienda medidas estrella de Bravo en la Ley de Función Pública 

Foto: RAFA MOLINA
19/11/2021 - 

VALÈNCIA. Las enmiendas del Botànic a la ley de Acompañamiento de 2022 –aquella que va junto a la de Presupuestos y recoge los cambios normativos y fiscales recogen cambios sustanciales en la Ley de Función Pública valenciana, a la cual el Consell dio luz verde a finales del pasado marzo tras cinco años de bloqueo. La norma empezó a redactarse en 2016, casi al inicio de la legislatura, pero el requisito lingüístico –el conocimiento del valenciano que deberán tener aquellos que deseen acceder a un puesto en la Administración– enfrentó al PSPV y Compromís durante todo ese tiempo. 

Ahora, pocos meses después de su entrada en vigor, los propios grupos que conforman el Gobierno autonómico modifican partes fundamentales de la ley, incluyendo su preámbulo. Entre ellas, medidas estrella que partieron de la propia consellera de Justicia, Gabriela Bravo, desde el inicio de su confección.

Así, una de las enmiendas principales recupera la libre designación en las jefaturas de servicio, algo con lo que supuestamente quería acabar la norma como método habitual. El preámbulo actualmente en vigor indica lo siguiente sobre el título VII: "Se contempla el concurso específico como medio ordinario de cobertura de los puestos de jefatura de servicio o similares y se establece en qué supuestos puede recurrirse a la libre designación, estableciendo además una serie de cautelas jurídicas en esta materia. Asimismo, se clarifican los supuestos de movilidad interadministrativa e intersectorial".

Sin embargo, en uno de los textos presentados por PSPV, Compromís y Unides Podem, se sustituye por el siguiente: "Se regulan los medios de cobertura de los puestos de trabajo y se aclaran los supuestos de movilidad interadministrativa e intersectorial". 

Una nueva redacción que se complementa con un nuevo apunte para modificar el articulado relacionado con ese asunto: "Atendiendo a su especial responsabilidad y confianza, se proveerán por este sistema (libre designación) únicamente los puestos de trabajo siguientes: aquellos con el rango de subdirección general o jefatura de servicio; los de secretaría de altos cargos; el personal conductor al servicio de los miembros del Consell; y los puestos de naturaleza funcionarial que se creen como consecuencia de un acuerdo del Consell pertenecientes a los grupos o subgrupos A1, A2, B o C1 dependientes de las subsecretarías y secretarías autonómicas con funciones de asesoramiento". 

Esta enmienda, por tanto, supone retrotraer la situación a antes de la ley para que los jefes de servicio puedan ser nombrados a dedo si cumplen con una serie de requisitos formales como grupo, titulación, etc. en lugar de un concurso de méritos. Algo que fue muy criticado en la etapa del PP.  

Flexibilización de la movilidad 

En cuanto a la movilidad, también se introducen variaciones para flexibilizarla. En el acceso de personal funcionario a otras administraciones, incorpora que "la reciprocidad se entenderá que existe entre el Consell y las administraciones locales" situadas en la Comunitat Valenciana, incluyendo universidades, y siempre respetando su autonomía para que puedan decidir "si abrir o no sus plazas a otras administraciones". 

"No obstante, excepcionalmente, en aquellos puestos de trabajo que estén vacantes, previo ofrecimiento público al personal funcionario de la administración de la Generalitat, el órgano competente en materia de función pública autorizará la cobertura temporal en comisión de servicios para personal funcionario de otras administraciones públicas", añade. Lo hará "previa solicitud del órgano al que esté adscrito el puesto sin que comporte su reclasificación". 

Chóferes y servicios especiales para cargos sindicales

Las enmiendas entran en otro terreno pendiente que se lleva arrastrando meses, como son los chóferes de los altos cargos del Gobierno valenciano. En el artículo relativo al personal eventual, se especifica que "en atención a la especial confianza, dedicación y disponibilidad horaria de determinados puestos de personal conductor al servicio directo" del Presidente de la Generalitat y de los integrantes del Consell "se podrá disponer de personal eventual para ejercer las funciones de conductor". 

Este asunto viene de las diferencias entre PSPV y Compromís sobre los chóferes, las cuales se abordaron en el último seminario del Ejecutivo autonómico. Los primeros querían que fuesen personal eventual –como en la época del PP– y los segundos funcionarios de libre designación. Finalmente, se opta por la decisión salomónica de que cada Conselleria los clasifique como prefiera, dándose la opción de ambas cosas. 

Otro de los textos del Botànic más destacados es aquel que modifica la ley de Función Pública de 2010 para beneficiar a determinados sindicatos. "El personal funcionario de carrera será declarado en situación de servicios especiales cuando ostente cargo electivo a nivel provincial, autonómico o estatal en las organizaciones sindicales más representativas". 

La enmienda únicamente afecta a aquellas reconocidas legalmente como más representativas. Es decir, UGT y CCOO. Y supone que los cargos sindicales que sean funcionarios quedan administrativamente en situación de servicios especiales. Una suerte de "excedencia" mejorada, con reserva de destino y acumulando tiempo en antigüedad y trienios. En esa situación se encuentran actualmente los funcionarios que son cargos públicos.

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