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la empresa sigue en una clasificación que reprocha un informe pericial del caso alquería

La Diputación mantiene en Divalterra sueldos tope de 72.000 euros contra el criterio de la Intervención

20/11/2020 - 

VALÈNCIA. La Diputación de Valencia aprobó el pasado martes, con los votos a favor de PSPV y Compromís, una moción para modificar el acuerdo de 2016 que establecía el sistema de contratación en las empresas públicas dependientes de la corporación. Decisión que propició la designación de los altos cargos en Divalterra -antigua Imelsa- que actualmente se investigan en el conocido como caso Alquería ante las sospechas de irregularidades. En ese momento, el actual presidente, Toni Gaspar, era diputado de Hacienda y fue el encargado de llevar el mencionado acuerdo a la comisión y al pleno para que saliera adelante. 

Entre las novedades, se encuentran la reducción de altos cargos de las entidades -podrá haber un máximo de tres- y sus retribuciones -que pasan a ser de 48.000 euros que, sumando los complementos de puesto y variables, no podrán superar los 72.524 euros- e indemnizaciones. También habrá una mayor fiscalización y supervisión para que los contratos de directivos del sector público local se sometan, antes de formalizarse, al control de la legalidad. Igualmente, el nombramiento de esos directivos será con criterios de competencia profesional y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en gestión pública o privada. 

Pese a estos intentos de mejorar las "deficiencias" anteriores, tal como reconocieron Toni Gaspar, el interventor y el secretario, la moción recién aprobada mantiene una clasificación de las empresas -incluidas en el Grupo I- que fue duramente reprochada por la Intervención General del Estado

Concretamente, en un informe pericial remitido el año pasado al juzgado del caso Alquería que investiga los presuntos delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos en los contratos de alta dirección de Divalterra durante la época de Jorge Rodríguez como presidente de la Diputación. El documento fue elaborado a petición del magistrado y consistió en un análisis de las contrataciones entre 2015 y 2018. 

Puntuación hinchada 

Además de afirmar de forma contundente que se habían incumplido numerosos preceptos, explicaba que Divalterra fue clasificada en el mencionado Grupo I tomando como referencia la normativa estatal. Para pertenecer a él se ha de alcanzar una determinada puntuación otorgada según unos criterios específicos, como el volumen de negocios, la necesidad de financiación pública o la actividad que desarrolla. 

La empresa obtuvo 20 puntos, pero a juicio de la Intervención General del Estado nunca debió tenerlos y debería haberse ubicado en el Grupo II, lo que hubiera conllevado un cupo inferior de directivos y menores retribuciones de los cargos. 

A modo de ejemplo, Intervención citaba que en el Grupo I se encontraban entidades como la Autoridad Portuaria de Valencia -con una cifra de negocios de 128 millones de euros en 2015-, Aena -3.518 millones- o la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos -1.765 millones-. La cifra de negocios de Divalterra, sin embargo, la constituyen las transferencias de la Diputación y las subvenciones y ayudas percibidas. A lo que se suma que no encontró acreditado que su actividad fuera "esencial y estratégica".  

Es por ello que el informe concluía que "la clasificación de Divalterra en el Grupo I intenta proporcionar el soporte jurídico para la permanencia en la misma de 10 altos cargos directivos". Contrataciones que no halló avaladas de ninguna manera y que los investigadores de Alquería consideran un fraude de ley. 

Divalterra permanece en el Grupo I

Pese a las modificaciones llevadas ahora a cabo en la estructura de la empresa por parte del equipo de Gobierno de la Diputación, se mantiene su permanencia en el Grupo I en contra del criterio de la Intervención. Lo que lleva aparejado, por tanto, determinadas retribuciones -tope de 72.524 euros con complementos- e indemnizaciones.

Después de estos hechos, el PP ha presentado un recurso de reposición por registro de entrada de la corporación contra la tramitación de urgencia usada por PSPV y Compromís para llevar a pleno la moción el martes. En su opinión, esta decisión carece de razones "objetivas". Una falta de motivación que, aseguran, infringe le Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Piden, por ello, que se declare nulo el acto impugnado de aprobación del texto elevado a pleno y se retrotraigan sus efectos. 

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