VALÈNCIA. El Gobierno valenciano no eliminará, al menos por ahora, el tipo reducido y las bonificaciones del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) que se aplica a los préstamos hipotecarios, a pesar de que esas ventajas fiscales eran para colectivos que desde el 10 de noviembre ya no tienen que pagar el impuesto, que ahora abonan los bancos.
Según han confirmado a Valencia Plaza fuentes de la Conselleria de Hacienda, la Comunitat Valenciana no va a seguir los pasos de Cataluña, que hace diez días anunció que suprimía las bonificaciones, lo que le permitirá recaudar 16,5 millones de euros más al año. El motivo de esta supresión: que el impuesto ahora lo pagan los bancos y, en teoría, las entidades financieras no van a trasladar el coste del impuesto al cliente.
La disyuntiva es difícil de resolver para las administraciones autonómicas, ya que existe la sospecha de que a la larga los bancos sí trasladarán todo o parte de ese coste a los prestatarios. De hecho, el Gobierno central ha mantenido la exención en el impuesto a los bancos cuando el cliente sea la Iglesia, un partido político o una entidad benéfica, a los que los bancos no tendrán la tentación de trasladarlo.
Si se eliminaran las exenciones o, en el caso de las CCAA, si se suprimieran las bonificaciones como ha hecho Cataluña, los hasta ahora beneficiarios de dichas ventajas fiscales firmarían los préstamos hipotecarios en las mismas condiciones que el resto de ciudadanos y empresas, sin que el banco tenga ningún incentivo para ofrecerles mejores condiciones.
Pero si se mantienen, es un reconocimiento tácito de que las entidades financieras van a trasladar el coste a los clientes, con sus bonificaciones y exenciones. El departamento que dirige Vicent Soler ha decidido, como la mayoría de sus homólogos, mantener las bonificaciones.
En la Comunitat Valenciana, donde el tipo impositivo es del 1,5% -el más alto junto a otras nueve CCAA- existe un tipo reducido del 0,1% del que ahora se beneficiará el banco cuando el préstamos sea para la compra de una vivienda habitual y el cliente sea familia numerosa. También en vivienda habitual cuando el cliente sea un discapacitado físico o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 %, o psíquico con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
En cuanto a las bonificaciones, son del 100% para la novación de los contratos de préstamo que introduzcan modificaciones de condiciones y que hayan sido pactadas entre la entidad financiera y el cliente.
Dado que el tipo reducido y las bonificaciones se refieren al tipo de contrato y sus firmantes y no hacen distinción en función de quién lo paga, la ventaja fiscal se traslada ahora al banco.
Por otro lado, la reforma que tramita el Congreso de los Diputados para modificar el impuesto de AJD vinculado a una hipoteca para que sea pagado por la banca incluirá cambios en la subrogación de las hipotecas con el fin de que no haya competencia desleal entre entidades financieras.
Fuentes cercanas al Ministerio de Economía explicaron a Efe que tras la convalidación del real decreto ley sobre el impuesto hipotecario, que será tramitado como proyecto de ley, el Gobierno de Sánchez plantea introducir varias enmiendas relativas a la subrogación y a las cajas rurales y cooperativas de crédito, que están exentas de pagar el impuesto de AJD desde 1990.
En torno a la subrogación, el portavoz de Economía del grupo parlamentario socialista, Gonzalo Palacín, explicó que se debe establecer un "mecanismo de compensación entre entidades" para evitar la competencia desleal. "El que no tiene que asumir el coste de la subrogación es el cliente", concluyó.