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licitación por 420.000 euros

El Tribunal de Recursos obliga a la EMT a cambiar el concurso para contratar más abogados 

24/08/2020 - 

VALÈNCIA. El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales ha obligado a la EMT de València a cambiar diversos apartados de los pliegos en el concurso público para contratar diferentes servicios jurídicos por 420.000 euros. El Tribunal ha estimado un recurso contra la licitación interpuesto por un abogado interesado en presentarse y ha comunicado a la firma municipal que deberá fijar un "precio cierto" para los servicios prestados y anular uno de los criterios de adjudicación relativo a la experiencia del personal.

El concurso público consta de seis lotes en función de la materia. Uno de los servicios requeridos es de asesoría en materia de derecho laboral y de seguridad social, pese a contar la firma que preside Giuseppe Grezzi con una letrada dedicada a este ámbito, y asciende a 90.750 euros. Los otros son de derecho administrativo, mercantil y civil (60.500 euros), derecho fiscal y tributario (121.000 euros), derecho penal (60.500) y derecho de protección de datos (18.150).

Con todo el recurrente esgrime en el recurso que la EMT no fija un precio unitario máximo por las diferentes prestaciones incluidas en cada uno de los lotes. Algo que provoca que los concurrentes pudieran presentar ofertas "sin tener un límite máximo en cuanto al precio a ofertar" y ello contraviene la normativa de contratación pública. Además, y en relación con ello, la falta de ese precio daba como resultado que no pudiera determinarse una puntuación correspondiente a dicho precio, ni se podían excluir ofertas por superar el precio máximo.

La EMT alegó contra el recurso admitiendo que, en efecto, no se han fijado estos precios por prestación, pero no por ello "el precio es indeterminado". Y en cuanto a la puntuación, la firma municipal entiende que, al no haber fijado estos precios, "ha de entenderse que la ponderación a otorgar a cada uno de los precios unitarios es idéntica". Esto es, que al no haber un precio para cada prestación, el límite de cada lote se reparte de manera uniforme entre todos los servicios incluidos.

No convenció la empresa de transportes al Tribunal, donde se responde que los pliegos -como es normal- incluye un presupuesto pase de licitación -las cuantías mencionadas anteriormente-, pero esto se entiende como el "límite máximo de gasto" fijado por la mercantil pública, y ello no puede suplir la existencia de un "precio cierto", al ser ambas cosas "conceptos distintos".

Así, insiste, la determinación del precio cierto es obligatoria, ya se exprese en términos de precio unitario o en un único precio aplicable. Y su inexistencia "impide" que se aplique la cláusula según la cual se excluirá al licitador que presente la oferta que supere el presupuesto máxima, pues las ofertas de los licitadores "únicamente deben ofertar precios unitarios". Así, si esto no está limitado en los pliegos, "no es posible vulnerar este límite en ningún caso".

La experiencia profesional

El otro apartado cuestionado se refiere a uno de los criterios de adjudicación: la experiencia de los profesionales adscritos. Un apartado que cuenta un 20% del total. El criterio fijado por la EMT no establece ningún límite de antigüedad, por lo que, sostiene el abogado, "al asignarse los 20 puntos a la oferta que presente profesionales con más antigüedad sin límite alguno y al resto en proporción", podría darse el caso de que un concurrente se presentara con profesionales "sin mayor cualificación que su título de licenciado pero con más de 50 años de colegiación".

Por tanto, explica, un equipo formado por catedráticos de la Universidad con 25 años de experiencia -"la cual es sobrada, por ejemplo, para ser magistrado del Tribunal Constitucional"-, obtendría la mitad de la puntuación. Y esto resultaría, dice, "irracional y arbitrario". Algo que niega la EMT, según la cual es racional suponer que a mayor número de años de experiencia se tendrá una mayor cualificación profesional.

Aquí, el Tribunal también es tajante al aseverar que es preciso que haya un índice de saciedad. Es decir, que a partir de un número determinado de años de experiencia deje de resultar relevante a la hora de medir la calidad del servicio prestado. Por lo tanto, en este apartado, el Tribunal de Recursos insta al órgano de contratación a introducir este índice para solventar la deficiencia señalada por el recurrente.

El edil del PP y miembro popular en el Consejo de Administración de la EMT, Carlos Mundina, criticó duramente que la firma dirigida por Grezzi haya contratado"hasta tres bufetes de abogados, dos para recuperar los cuatro millones robados de las cuentas de la EMT, por los que se ha pagado más de 87.000€, y ahora ha sacado un pliego por 430.000 euros anuales para contratar nuevos bufetes de letrados que ha sido tumbado por el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales".

En ese sentido, Mundia explicó que, en total, la EMT gastará más de medio millón de euros, "todo ello sin sumar el sueldo de la directora jurídica de la compañía,y las facturaciones que hizo la EMT con la firma de letrados a la que pertenece el cuñado de Ribó" y que ascendieron a más de 220.000€ en los últimos cuatro años. Así, Mundina señaló que la gestión de la EMT "es un verdadero caos como lo demuestra la resolución jurídica del Tribunal de Recursos Contractuales".

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