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Bankia y pequeños accionistas piden al juez que el banco asuma posibles indemnizaciones

La Fiscalía defiende una excepción legal para que CaixaBank no sea responsable civil en Banco de Valencia

2/03/2020 - 

VALÈNCIA. ¿Debería CaixaBank compensar económicamente a los accionistas de Banco de Valencia en caso de condena a los responsables de la centenaria entidad por la quiebra? Ahora que el largo camino judicial para determinar las responsabilidades de sus gestores se encamina hacia la apertura de juicio oral, un reducido grupo de inversores ha solicitado que el banco catalán, en su condición de sucesor universal del Banco de Valencia, también asuma las indemnizaciones que puedan derivar de la responsabilidad penal. Tanto la Fiscalía Anticorrupción como el juez instructor lo han descartado de momento, pero el debate jurídico sobre la reparación del daño causado, que podría situarse entre 300 y 400 millones de euros, está sobre la mesa.

En su auto de procesamiento al consejo de Banco de Valencia por falsedad contable, el juez Santiago Pedraz descartó llamar como responsable civil subsidiario a CaixaBank, la entidad que compró Banco de Valencia por un euro tras ser intervenido y rescatado por el FROB con una inyección de 5.500 millones de dinero público. Sin embargo, asumiendo el criterio manifestado por la Fiscalía Anticorrupción, el magistrado sí consideró responsables civiles a Bankia, la Fundación Bancaja y Banco Financiero y de Ahorro (BFA).

El argumento esgrimido por la Fiscalía para determinar quién responde y quién no para reparar el daño económico derivado de la posible responsabilidad penal ha causado desconcierto tanto en algunos accionistas minoritarios como en las entidades a las que sí se imputa la posible responsabilidad civil. Así se desprende de los recursos planteados al último auto de Pedraz, donde tanto BFA como Bankia llaman la atención sobre el desigual tratamiento de situaciones que consideran análogas.

Sirve de muestra, por ejemplo, la petición de la defensa de BFA en su recurso de reforma para que Pedraz explique "por qué no le son aplicables a BFA los argumentos esgrimidos para dejar fuera de la responsabilidad civil subsidiaria a CaixaBank y, en su caso, aplicar esos mismos argumentos para excluir, a su vez, esa responsabilidad civil subsidiaria para mi representada (BFA)".

Pero la Fiscalía Anticorrupción, en un escrito del pasado enero en el que insta al juez a desestimar los recursos planteados contra el auto de procesamiento abreviado, insiste en mantener a CaixaBank fuera de la causa. El juez instructor aún debe pronunciarse al respecto.

La Fiscalía se ampara en el "trato diferenciado" 

El recurso de los pequeños accionistas representados por el despacho valenciano Ribelles Abogados incide en que, en aplicación de la normativa mercantil de sociedades, no existen dudas de que CaixaBank es sucesora universal de Banco de Valencia y por ello debería de responder como responsable civil subsidiario.

Al respecto, la Fiscalía les responde que, a efectos mercantiles, "lógicamente no cabe duda" de esa condición de sucesora universal en los derechos y obligaciones del extinto Banco de Valencia. Sin embargo, les reprocha que no tengan en cuenta que en la crisis de Banco de Valencia no aplicó el derecho mercantil, sino que se planificó un rescate público, "por cuestiones de interés general" relacionadas con la estabilidad del sistema financiero español.

Prosigue la Fiscalía explicando que el trato que se le dio a la crisis bancaria española "supuso una inaplicación de la normativa general prevista para las crisis de las sociedades mercantiles". Se produjo, por lo tanto, un "trato diferenciado" que según la Fiscalía "justifica que la respuesta posterior también deba de ser analizada teniendo en cuenta dicha realidad".

Esto es, Anticorrupción defiende que en tales circunstancias avalan "que no deba aplicarse" la normativa mercantil que citan los recurrentes "desde el rigorismo único de la interpretación literal".

Los administradores del FROB en Banco de València, con José Antonio Iturriaga al frente. Foto: EVA MÁÑEZ

La intervención del FROB rompió el "nexo causal"

Ese trato diferenciado y la intervención del Estado en Banco de Valencia a través del FROB, supuso, según la Fiscalía, una "ruptura del nexo causal" por el cual CaixaBank no debería responder civilmente de lo que sí respondería en circunstancias normales la entidad que absorbió.

Para justificarse, los fiscales Anticorrupción Carmen Launa y Alejandro Cabaleiro subrayan que la fusión por absorción fue formalmente precedida de una sucesión de operaciones que quebrarían ese nexo causal. A saber, la entrada del FROB, la inyección de dinero público para sanear el balance, la sustitución de los anteriores gestores y el traspaso de los activos tóxicos del Banco de Valencia al llamado 'banco malo'.

"Sólo tras todas esas actuaciones, se produjo una venta en subasta pública que se instrumentalizó como una fusión con liquidación por absorción" y no conforme a la Ley de Sociedades de capital, motivo por el cual se produjo una "ruptura del nexo causal" que justificaría dejar fuera a CaixaBank.

Sin embargo, distintas fuentes jurídicas consultadas por Valencia Plaza destacan al respecto que el Gobierno central no aprobó entonces ninguna norma que exceptuara de la aplicación del derecho mercantil en la ampliación de capital de Banco de Valencia con la que el FROB desembarco en el capital ni para la posterior venta de CaixaBank. De hecho, esas operaciones se aprobaron en sendos consejos de administración y sendas juntas generales de Banco de Valencia y CaixaBank.

El acuerdo de fusión, cabe recordar, hacía constar expresamente la asunción por CaixaBank de los derechos y obligaciones de Banco de Valencia, un hecho que choca frontalmente con la excepcionalidad legal que ahora aplica la Fiscalía.

Además, llama la atención que en Bankia también intervino el FROB con el país en similares circunstancias de crisis y, sin embargo, en este caso Anticorrupción no considera que deba hacerse una interpretación legal excepcional.

Junta de accionistas de CaixaBank en València. Foto: EVA MÁÑEZ

Pedraz aún debe resolver

El despacho Ribelles Abogados, que en su momento intervino en la inclusión de BFA-Bankia y la Fundación Bancaja como responsables civiles subsidiarios en este caso, es uno de los recurrentes que ahora reclaman ampliar esa responsabilidad a CaixaBank.

Su recurso de reforma, al que el juez Pedraz aún debe dar respuesta, incide en que la exclusión de la entidad catalana haya sido defendida por la Fiscalía Anticorrupción sobre una interpretación "forzada y ajena a cualquier norma dictada con motivo de la crisis financiera".

De prosperar su recurso, CaixaBank tendría que hacerse cargo de las correspondientes indemnizaciones a los accionistas junto con el resto de entidades responsables civiles subsidiarias, pero siempre tras quienes sean considerados criminalmente responsables de la quiebra de la entidad.

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