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juicio sobre delito fiscal con las declaraciones del iva

La Fiscalía rebaja de 14 a 8 años la petición de prisión para los cabecillas de Emarsa

29/10/2020 - 

VALÈNCIA. La Fiscalía ha rebajado de 14 a 8 años la petición de prisión para el expresidente de Emarsa, Enrique Crespo; el exgerente, Esteban Cuesta; y el empresario Jorge Igancio Roca Samper en la pieza separada sobre delito fiscal con las declaraciones del IVA que se ha juzgado durante esta semana. 

En las conclusiones de este miércoles, el Ministerio Público expuso que después de la sentencia de la pieza principal -ratificada por el Supremo- que los condena a 10, 12 y 6 años de cárcel respectivamente, entiende que si los hechos se hubieran enjuiciado conjuntamente la pena sería más baja. 

Aun así, se opuso a la nulidad del juicio o a las atenuantes de confesión y dilaciones indebidas que reclamaron las defensas de los acusados. Éstas volvieron a argumentar que la facturación falsa era el instrumento de la malversación por la que ya se ha condenado a los acusados en la pieza principal, de manera que ya es "cosa juzgada".  

En opinión de la Fiscalía, Roca Samper ha reconocido los hechos -los cuales volvió a admitir en su declaración del lunes-, pero se trata de una "confesión tardía" y recuerda que toda la prueba de cargo evidencia que sus empresas -Erwinin, Zonday Investments y Printergreen- no realizaron servicios y emitieron facturas falsas. 

Además, destacó que la pieza principal de la causa, de la que después se desgajó la separada por los hechos que ahora se enjuician, se instruyó en un tiempo razonable entre 2010 y 2014. La dilación indebida, sostuvo, "se debe fundamentalmente" a Roca Samper, que fue detenido en Moldavia con un pasaporte falso. A continuación se inició su extradición, pero las autoridades moldavas quisieron que cumpliera prisión allí, motivo por el que se suspendió el juicio. Cuando finalmente volvió a España se le tomó declaración. "Es cierto que se dilató la apetura de esta pieza separada, pero si alguien no merece atenuantes por dilaciones indebidas es él", insistió la representante del Ministerio Público. 

"El delito se comete en Emarsa"

La Fiscalía defendió la condena de los cabecillas de Emarsa porque el delito fiscal se cometió posteriormente a la malversación y la responsabilidad correspondió a los tres acusados. "No podemos saber cuánta cantidad se llevó cada uno debido a que el dinero salía de forma masiva y no conocemos cuál era exactamente su comisión. Pero tampoco nos interesa, tenemos que enjuiciar la conducta", señaló. 

El delito, afirmó, se comete en Emarsa porque "estamos ante la prestación de un servicio que no es real". "Se utiliza el mecanismo de un impuesto para una devolución indebida de dinero. Al obtenerla, el perjuicio se produce en la entidad", explicó.  

La representante del Ministerio Público admitió que otros acusados se podrían haber sentado en el banquillo aparte de los tres mencionados. "Que no esté sentado aquí el señor Enrique Arnal lo podemos asumir como error, pero eso no quiere decir que no se tenga que dejar de enjuiciar un delito", indicó, en lo referido a la responsabilidad de Crespo, Cuesta y Roca Samper. 

Facturas infladas

La última sesión del juicio también contó con las declaraciones de dos peritos de la Agencia Tributaria, que confirmaron que la "única justificación" de que el IVA se facturara al 16% y no al 7% como correspondía es que "cuanto más se incrementa, más recursos se consiguen detraer". "El objetivo era sacar fondos públicos a Emarsa", resumieron. 

Ambos detectaron que las facturas correspondían a trabajos ficticios y que Roca Samper las infló hasta obtener "unos márgenes de beneficios de hasta el 300% sin "ninguna justificación económica". 

El juicio quedó visto para sentencia en el Juzgado de lo Penal 6 de València.

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