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La Sindicatura apunta que el Consell Rector de A Punt incurre en causa de cese por disminución de ingresos

19/10/2021 - 

VALÈNCIA. (EP) La Sindicatura de Comptes, en su informe de fiscalización del ejercicio 2020 de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC) --órgano rector de À Punt--, apunta de nuevo que el Consell Rector incurre en causa de cese por disminución de ingresos propios. Así se desprende del informe, consultado por Europa Press, que se ha dado a conocer este martes junto al informe de fiscalización de la Societat Anònima de Mitjans de Comunicació (SAMC).

Según se indica en el texto, el artículo 18.3 de la Ley 6/2016 establece que los miembros del Consejo Rector deberán cesar si la liquidación del presupuesto anual de la CVMC determina la existencia de un déficit del resultado presupuestado con una desviación igual o superior al 10% de la compensación otorgada para la prestación del servicio o una disminución de más del 25% de los ingresos propios previstos en su presupuesto anual, salvo causa justificada que deberán, previo informe de la Sindicatura de Comptes, exponer ante la Comisión de Radiotelevisión Valenciana y del Espacio Audiovisual.

En este caso, en el que subraya que las referencias de este artículo a la CVMC son también extensivas a la SAMC, la Sindicatura señala que ambas entidades han elaborado una ejecución de sus respectivos presupuestos anuales de 2020 que han permitido comprobar el cumplimiento de la primera de las situaciones contempladas en el artículo, pero añade que la SAMC ha contabilizado en 2020 ingresos propios, por publicidad y otros conceptos, por importe de 1.615.926 euros, que suponen una disminución superior al 25% de los previstos para dicho ejercicio, cuantificados en 2.500.000 euros en la Ley de presupuestos para 2020.

En consecuencia, la Sindicatura entiende que concurre la circunstancia prevista en el artículo 18.3 para el cese de los miembros del Consejo Rector, que deberá exponer causa justificada ante la Comisión de Radiotelevisión Valenciana y del Espacio Audiovisual.

Contratos de producción audiovisual

Respecto a la contratación, tanto la relativa a la CVMC como a la SAMC, la Sindicatura ha reseñado "incumplimientos" relacionados con los criterios de adjudicación, estimación del presupuesto base de licitación y la asunción de costes de los avales en los contratos de producción audiovisual (por asumir los costes de los avales que están obligados a constituir los adjudicatarios y que ascienden a 64.993 euros).

Además, en relación únicamente con la SAMC, los auditores han observado el fraccionamiento indebido de tres contratos menores, así como incumplimientos en las decisiones para contratar proyectos --que no estaban adecuadamente motivadas-- y el control sobre la subcontratación con terceros.

Por otro lado, en relación con las existencias de programas, en el caso de CVMC, ascienden a 1.767.924 euros, constituidos íntegramente por anticipos a proveedores. Por lo que se refiere a la SAMC, ascienden a 7.281.275 euros.

En ambos casos, las auditorías reflejan que la información es insuficiente en la memoria de las cuentas anuales en relación con el régimen de contratación aplicado a las adquisiciones de contenido audiovisual. Además, se indica que las existencias de la CVMC no deberían de figurar en su balance, sino que se deberían de haber traspasado a la sociedad dependiente, la SAMC.

Sobre los gastos de personal, en ambos informes se indica que el contenido informativo de la memoria es insuficiente. A 31 de diciembre de 2020, de los 64 puestos de trabajo previstos en la RLT de la CVMC, había cubiertos 59, todos ellos de manera provisional por medio de bolsas de trabajo temporal; y 46 de los 59 puestos (el 79%) se cubrieron con personal del antiguo grupo de RTVV.

En la misma fecha, de los 474 puestos de trabajo previstos en la RLT de la SAMC, 468 estaban cubiertos de manera provisional por medio de bolsas de trabajo temporal; y 367 de estos 468 (el 78,1%) se cubrieron con personal de la antigua RTVV.

Litigios y fondos

Por otro lado, en ambos informes, la Sindicatura indica una limitación de alcance dado que no ha obtenido información suficiente que le permita determinar si la CVMC y la SAMC deberían de haber registrado una provisión para la adecuada cobertura contable en relación con los litigios existentes.

En cuanto a los fondos de reserva, esta excepción, únicamente indicada en el informe de fiscalización de la CVMC, se refiere a la información insuficiente en la memoria de las cuentas anuales sobre el fondo de reserva para 5.000.000 de euros constituido en el ejercicio 2019.

Por otro lado, los auditores han incluido en ambos informes un párrafo de énfasis referente al impuesto sobre el valor añadido de los ejercicios 2016 a 2020. Según se indica, la contabilización de los acuerdos de liquidación practicados por la Agencia Tributaria ha supuesto para la CVMC dotar de una provisión por impuestos a largo plazo de 12.884.727 euros y cancelar el activo que figuraba contabilizado con la Agencia Tributaria por 8.227.888 euros.

En referencia a la SAMC, estos acuerdos de liquidación han supuestos una provisión para impuestos a largo plazo de 11.565.491 euros y registrar un pasivo de 15.034.687 euros.

Recomendaciones

La Sindicatura lanza una serie de recomendaciones para mejorar la gestión de la CVMC y la SAMC, entre las que destaca tomar las medidas necesarias para que los contratos laborales temporales no superen la duración máxima legal.

Además, aconseja dejar constancia documental de las negociaciones realizadas entre las productoras y la CVMC/SAMC previas a la formación del contrato.

Por último, en cuanto a las recomendaciones de los informes del ejercicio 2018, de las 13 recomendaciones que figuraban, la CVMC ha implantado cinco, parcialmente tres y tiene pendiente de fijar cinco más; mientras que la SAMC ha implantado cuatro, parcialmente otras cuatro más y le quedarían pendiente cinco.

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