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PPCV y Ciudadanos recurrirán la enmienda del Impuesto de Sucesiones aprobada por el Botànic II

Les Corts aprobaron este lunes, con los votos a favor de PSPV, Compromís y Unides Podem una bonificación del Impuesto de Sucesiones del 99% para empresas agrícolas e individuales sin límite de facturación anual, así como para las entidades con participaciones siempre y cuando su cifra de negocio no supere los 10 millones. El Partido Popular y Ciudadanos anunciaron un recurso de reposición que, de prosperar, suspendería de facto la bonificación de este tributo aprobada por el tripartito  

10/12/2019 - 

VALÈNCIA. La comisión de Economía, Presupuestos y Hacienda se reunió este lunes para votar las enmiendas a la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de 2020. Un trámite que había quedado pendiente el pasado jueves porque los partidos de la oposición decidieron no volver a la sesión después de que los socios del Botànic II -PSPV, Compromís y Unides Podem- pidieran un receso de 15 minutos para ordenar las enmiendas que debían votar y terminaran alargando ese descanso a más de 45 minutos.

El motivo de este retraso se debió a que PSPV, Compromís y Unides Podem emplearon ese tiempo de pausa en redactar una nueva enmienda conjunta sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, ya que los socialistas querían modificar el texto presentado en origen para ampliar el número de beneficiarios a los que afectara la enmienda, pero sus socios del Gobierno valenciano no estaban dispuestos a hacerlo. Llegado el momento de la comisión, los partidos que integran el Consell aprovecharon ese receso para alcanzar un acuerdo sobre el papel. Y lo hicieron

Sin embargo, cuando socialistas, valencianistas y morados volvieron a la comisión para proceder a la votación de las enmiendas tras casi una hora de pausa, los diputados de PP, Ciudadanos y Vox decidieron retirarse a sus respectivos despachos del edificio de grupos parlamentarios por la "falta de respeto" que, a su juicio, estaban teniendo las formaciones del Botànic II. 

La votación fue pospuesta "para no lesionar el derecho de los diputados ausentes" -en palabras del vicepresidente de la comisión- y, aunque la enmienda sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones fue aprobada finalmente este lunes con los votos a favor de PSPV, Compromís y Unides Podem, de nuevo fue foco de polémica. Y seguirá siéndolo unos días. 

El portavoz de Economía del PPCV, Rubén Ibáñez, y su homólogo de Ciudadanos, Tony Woodward, advirtieron al finalizar la jornada que presentarán un recurso de reposición contra la decisión adoptada de la Mesa de la comisión de permitir que la enmienda planteada por el Botànic II pudiera tramitarse. Un recurso basado en la forma y no en el fondo. 

Esto es, la citada enmienda de Sucesiones y Donaciones se había presentado como una enmienda de aproximación. La normativa de la Cámara valenciana establece en su artículo 121.4 que esta tipología de modificaciones legales se admiten a trámite cuando pretendan "conseguir un acuerdo por aproximación entre la enmienda formulada y el texto del proyecto de ley". 

Los populares advirtieron que ningún artículo de la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de 2020 original hace referencia al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, por lo que no se podía "aproximar" a nada y, por ende, se estaba vulnerando el Reglamento del Parlamento al admitir esta enmienda. Un razonamiento que repitió el diputado de Ciudadanos, Woodward, y por el que ambos parlamentarios solicitaron a la Mesa de la comisión que justificaran en base a qué artículo de la normativa de la Cámara se admitía el trámite y votación ese texto legal. Un requerimiento que el vicepresidente de la Mesa, Jesús Sellés (PSPV) no llegó a responder. La presidenta de la comisión, Eva Ortiz (PPCV), no acudió a la sesión. 

Por su parte, la secretaria de la Mesa de la comisión de Economía, Presupuestos y Hacienda, Graciela Ferrer (Compromís), justificó que la enmienda de aproximación presentada y aprobada modificaba una enmienda de adición previamente planteada por el Botànic II a Ley de Medidas Fiscales, algo que sí permitía el Reglamento de Les Corts. En concreto, se refería al primer texto legal planteado por socialistas, valencianistas y morados que sólo bonificaba al 99% este tributo para las empresas que facturaran como máximo 10 millones de euros al año. 

Los diputados Jesús Sellés y Graciela Ferrer. Foto: CORTS

Sin embargo, el razonamiento no contentó a los partidos de la oposición, a pesar de que el letrado de la comisión permitió que se procediera a la votación de la susodicha enmienda, y avanzaron que plantearían un recurso. Incluso, se negaron a votarla llegado el momento del sufragio. Un recurso que habrá que esperar para ver el recorrido que tendrá en las próximas semanas. 

En cualquier caso, si el recurso progresara, aunque se presenta contra la Mesa por la forma y no el fondo de la enmienda, podría hacer decaer la validación de esta modificación legal. Es decir, de facto, supondría suspender esta bonificación consensuada y validada por el tripartito y con la que, de acuerdo con su ideario favorable a eliminar totalmente el impuesto, populares y naranjas deberían estar de acuerdo como mal menor. 

La enmienda aprobada

De momento, el texto validado y que a priori debería entrar en vigor el 1 de enero del próximo año recoge tres tipos de supuestos. En primer lugar, una bonificación del 99% en las transmisiones de "empresa individual agrícola a favor del cónyuge, descendientes, adoptados, ascendientes, adoptantes y parientes colaterales hasta el tercer grado". Eso sí, siempre y cuando el heredero mantenga el patrimonio un mínimo de cinco años. En este caso, no existirá límite de facturación.

El segundo supuesto, afectará a aquellas empresas individuales o de "negocio profesional a favor del cónyuge, descendientes, adoptados, ascendientes, adoptantes y parientes colaterales hasta el tercer grado". Es decir, a aquellas transmisiones de negocios tales como, por ejemplo, un despacho de abogados también se les aplicará una reducción del 99% a la base imponible del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Y los requisitos para que se aplique esta bonificación son los mismos que en el caso anterior: que el adquiriente mantenga la actividad por un periodo de, al menos, cinco años. 

El tercer caso afecta a las empresas con participaciones, supuesto en el que se ha mantenido el redactado original: se bonificará el 99% siempre y cuando la entidad facture menos de 10 millones de euros al año. En caso de fallecimiento, los importes varían dependiendo de si el propietario que va a dejar el legado a sus herederos estaba jubilado de la actividad en cuestión. En el caso de haber cumplido los 65 la bonificación será del 99%, sin embargo será del 90% si éste tiene entre 60 y 64 años cumplidos, como ya ocurre en la ley actual. Una situación que se replicaría en el caso de transmisiones intervivos.

Los diputados socialistas Rosa Peris y Manolo Mata. Foto: CORTS

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