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a falta de legislación estatal, establece la fórmula del "personal a extinguir"

Sanidad fija por ley el encaje del personal laboral en la administración en las futuras reversiones

24/04/2018 - 

VALÈNCIA. La Conselleria de Sanidad ha fijado por ley el encaje del personal laboral en la administración ante las futuras reversiones no solo de hospitales de concesión, sino para todo servicio que preste una compañía, revierta en la sanidad pública y exista sucesión de empresas. 

La reversión de las concesiones ha supuesto un quebradero de cabeza para encontrar la fórmula que permitiera de forma legal incorporar al personal -en este caso contratado por Ribera Salud- a la parte pública y finalmente la figura del 'personal a extinguir' fue la elegida. El Hospital de La Ribera ha sido la avanzadilla, por lo que se aprobó un decreto ad hoc para la integración de su personal en la Conselleria de Sanidad ante la falta de regulación estatal. 

Ahora, esa misma propuesta se ha incorporado en la Ley de Salud de la Comunitat Valenciana, publicada este lunes en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV). Todavía faltan cuatro hospitales de concesión público-privada por revertir -Torrevieja, Vinalopó, Dénia y Manises- por lo que el departamento de Carmen Montón ha decidido recoger en una ley el proceso que, como han insistido numerosos expertos, era necesario que se regulara. 

"Se subrogará en la condición de empleador que la empresa concesionaria ostentaba en los contratos de trabajo celebrados al amparo del Estatuto de los trabajadores para la incorporación del personal necesario para la prestación del servicio, ya fueran temporales o indefinidos", recoge la ley.

Mantendrán las condiciones de personal laboral

"El personal afectado seguirá en sus puestos en condición de personal a extinguir, desempeñando sus tareas y con idéntica condición de personal laboral hasta que cese por las causas legales de extinción de los contratos laborales previstas en el Estatuto de los trabajadores, y con las demás consecuencias laborales inherentes a la subrogación contractual". Es decir, podrán ser despedidos, como hizo Sanidad con el equipo directivo del departamento de La Ribera. Evidentemente, no se garantiza un puesto fijo en la administración al no haber accedido por oposición. 

Como ya se recogía en el decreto de La Ribera el personal funcionario o estatutario que actualmente estuviera contratado como personal a extinguir podrá desempeñar de forma transitoria en la condición a extinguir. No obstante, la ley recoge que en cada supuesto que deba aplicarse esta disposición la Conselleria tendrá que desarrollar las normas reglamentarias y disposiciones para su cumplimiento. 

Cabe recordar que, previamente a la figura del 'personal a extinguir', la figura seleccionada fue la de 'indefinido no fijo'. El ministro de Trabajo en el Gobierno socialista desde 2010 a 2011, Valeriano Gómez, señalaba en una jornada en el Hospital de La Ribera la necesidad de replantearse esta figura e invitaba a un replanteamiento de la figura por parte de la administración que marcara el itinerario para estos casos y que guiara a futuras reversiones ya que el 'indefinido no fijo' se considera un figura excepcional. 

Limitación a las empresas del control de concesiones

En la ley también se regula la limitación para que Ribera Salud no se haga con el control de la concesión de Dénia, tras una enmienda impulsada por Compromís. "Para garantizar la libre competencia y evitar posiciones de dominio, ninguna persona física o jurídica podrá ostentar, directa o indirectamente, en el ámbito de la sanidad pública valenciana, más del 40% de las participaciones o acciones en más de un ente titular de un contrato de gestión de servicio sanitario integral en régimen de concesión de un departamento sanitario", recoge. 

Una medida que, a día de hoy, incapacitaría a Ribera Salud para ejercer el derecho de tanteo pactado con su socio y aumentar su participación en Marina Salud. Aunque la compañía ya no controla el departamento de La Ribera, sí tiene el 100% de otras concesiones públicas, concretamente de Torrevieja y Elche-Crevillente. Es decir, ya posee una posición dominante más alta de lo permitido en la ley, aunque no tendrá carácter retroactivo.

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