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Considera que un mes no fue suficiente para la valoración previa del estado de las calles

Torrescamara fuerza una ampliación del plazo del concurso de reformas de la vía pública en València

27/09/2021 - 

VALÈNCIA. El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha aceptado el recurso de la empresa Torrescamara contra las condiciones para la licitación del contrato de arreglo de calles en València, que asciende a los 22 millones de euros. Concretamente, admite que el periodo de presentación de solicitudes no fue suficiente, puesto que tan solo abarcaba 30 días naturales "cuando las condiciones obligaban a inspeccionar visualmente más de 17 millones de metros cuadrados". Esto es, todo el término municipal de València. Así, el tribunal aboca a una ampliación del plazo

En este sentido, la firma denunció que no había podido presentarse la licitación "en igualdad de condiciones" por falta de tiempo a la hora de proceder al estudio previo del terreno, que incluía la totalidad de las calles de la capital. De este modo, matizaba en su denuncia que los criterios dependientes del juicio de valor costaban hasta 40 puntos del concurso, de los cuales 28 estaban sujetos al conocimiento expreso del estado de las infraestructuras. Es decir, que las empresas que se presentaban a la licitación debían demostrar que conocían de antemano el estado de las calles y vías de València. 

Con todo, la empresa denunciante considera que el plazo óptimo para llevar a cabo una tarea de tal magnitud tendría que haber sido de "dos adicionales a lo inicialmente previsto", lo que implica una totalidad de tres meses. En este sentido, entiende que ha habido una "evidente discriminación" puesto que la empresa que actualmente ostenta el contrato tiene ventaja e "información previa" sobre la materia, lo que coloca al resto de las empresas aspirantes "en una clara situación de discriminación". 

Así, concluye que el plazo de presentación de ofertas "vulnera el principio de buena fe, proporcionalidad, igualdad, seguridad jurídica e incluso discrecionalidad técnica". Por todo ello, concluye que la previsión inicial de treinta días es "inválida para formalizar una oferta en las condiciones mínimas de calidad, favoreciendo además a la empresa adjudicataria hasta hoy". 

Juan Cámara, presidente de Torrescamara. Foto: EVA MÁÑEZ

El Tribunal de Recursos acepta como válida esta premisa en base a la ley de Contratos del Sector Público, que estipula que cuando las proposiciones tengan que hacerse después de una visita sobre el terreno, los plazos mínimos se ampliarán de manera que todos los interesados puedan tener acceso a la información necesaria para prepararla. 

Por todo ello, admite el recurso de Torrescamara y fuerza una ampliación del plazo de presentación de solicitudes para el contrato de reparación de calles en València, una decisión contra la que todavía cabe recurso contencioso-administrativo. 

Contrato de cuatro años

El contrato de mantenimiento y reparación de la vía pública en València tendrá una duración de cuatro años y un precio de salida de 22 millones de euros. Concretamente, su objetivo es la conservación, renovación y reparación de firmes, pavimentos y bancos de titularidad pública municipal que sean competencia del Ayuntamiento de València. 

En este sentido, la empresa adjudicataria deberá atender todas las incidencias en la vía pública que le sean notificadas por el Ayuntamiento, así como detectar por su cuenta los desperfectos y baches que se puedan dar en la calle. De esta forma, deberá tener siempre en marcha un vehículo para la inspección, vigilancia y control de la vía. Asimismo, la adjudicataria deberá atender un servicio 24 horas para posibles urgencias.

Del mismo modo, durante el periodo que dure el contrato, la empresa también deberá hacer un inventario de todos los pavimentos no solo para conocer su fisionomía sino para detectar deficiencias. Asimismo, podrá recibir encargos puntuales por parte de las autoridades para hacer inspecciones en momentos señalados como festividades o Fallas, entre otros. El resto de operaciones contempladas en los pliegos suponen la reparación más o menos urgente de las incidencias, las operaciones de conservación e incluso las de renovación completa de los elementos. 

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