El alcalde de València está investigado como presunto autor de los delitos de prevaricación y vulneración de derechos
VALÈNCIA. El alcalde de València, Joan Ribó, se sienta este lunes ante el magistrado del Juzgado de Instrucción número 9 de València, Miguel Ángel Casañ, como investigado por delitos de prevaricación y vulneración de derechos de los concejales del PP, a los que negó el acceso a un expediente durante más de 200 días pese a las reiteradas peticiones, tal y como se puede leer en la denuncia presentada por el asesor del PP Luis Salom. El PP de la Comunitat Valenciana se ha personado como acusación popular en la causa abierta y los diez concejales de este partido, nueve de ellos imputados en el caso Taula, se han personado como acusación particular.
Salom, también imputado, presentó más de 20 denuncias en los últimos meses entre las entregadas a la Fiscalía Provincial y las interpuestas ante el juzgado. La mayoría de ellas no superaron el filtro. Pero otras sí. Entre ellas se encuentra la que ha conseguido sentar como imputado al alcalde de la ciudad. Se trata de un asunto menor, nada que ver con la corrupción, pero los delitos de los que le acusan conllevan penas de inhabilitación.
En la denuncia, de 294 páginas, el asesor hace una detallada cronología de cómo el Grupo Popular municipal solicitó en reiteradas ocasiones el expediente referente a la polémica encuesta sociológica hecha en 2017 al colectivo fallero, presentada el 1 de agosto de dicho año, que incluía preguntas sobre intención de voto y creencias religiosas, así como del silencio y las negativas sistemáticas que obtuvo por parte de Ribó.
Resulta sorprendente la resistencia de Ribó y su equipo municipal a dar acceso a un expediente al que el PP tenía derecho, como reconocieron la Sindicatura de Greuges, el Defensor del Pueblo y el Consell de Transparencia de la Comunitat Valenciana.
Explica Salom que "el pasado 14 de agosto de 2017, el concejal popular Félix Crespo solicitó al concejal delegado de Cultura Festiva (Pere Fuset) y al Servicio de Cultura Festiva, acceso al expediente". Al no recibir respuesta, pasados 18 días se remitió otra nota interior al alcalde de València, al secretario municipal y a Fuset.
El 18 de septiembre, la concejalía remitió una nota interna al PP con un informe del secretario del Ayuntamiento, que afirma que "el expediente no es municipal" y que por salvaguardar la estrategia jurídica no se debe facilitar el acceso al mismo. Al hablar de estrategia jurídica se refería al expediente abierto por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) al Ayuntamiento por la encuesta.
La lucha de los populares por acceder al expediente prosiguió hasta que, el 11 de octubre, Ribó dictó una resolución en la que consideraba "adecuado y proporcional mantener la reserva de las actuaciones realizadas por la Secretaría Municipal" por el expediente de la AEPD y prometía que una vez finalizado el procedimiento con esta Agencia se daría "puntual información" del expediente solicitado.
Contra esa resolución presentó el PP un recurso potestativo de reposición, con fecha 13 de octubre de 2017, que es una de las claves de la denuncia. El 25 de enero, más de tres meses después, el Grupo Popular preguntó en el pleno cuándo pensaba responder a ese recurso, pero el alcalde ni siquiera respondió, según Salom.
El 23 de enero, la AEPD resuelve que el Ayuntamiento ha cometido "una infracción muy grave" con la encuesta fallera. Tras ello, Salom destaca que Ribó debería haber dado acceso al expediente municipal, pero no lo hizo, "incumpliendo el alcalde su propia resolución administrativa".
El PP continuó presentando recursos y preguntas y, según el asesor popular, les respondieron con "la negativa a tramitar el recurso de reposición" y no contestando a preguntas concretas.
Los concejales siguieron su lucha hasta que, el 9 marzo de 2018, gracias al recurso interpuesto por el Ayuntamiento contra la sanción de la AEPD, el PP pudo acceder de forma indirecta al expediente casi completo. Al expediente completo solo tuvo acceso el 27 de marzo.
El Consell de Transparencia, en su resolución a favor del PP, constató que el Ayuntamiento actuó de forma distinta en este caso respecto a dos expedientes de la Oficina de Estadística y del Servicio de Turismo promovidos por investigaciones de la misma AEPD a los que el Ayuntamiento si autorizó el acceso, por lo que el denunciante presume que lo de la AEPD era solo una excusa.
En las conclusiones de su denuncia, Salom explica que "el alcalde de Valencia no tenía competencia para denegar el acceso a un expediente que por Ley estaba concedido por los efectos del silencio administrativo positivo al haber transcurrido los 5 días naturales desde la solicitud", y que pese a que se interpuso un recurso, Ribó "se ha negado de forma reiterada y sistemática a tramitarlo como es su obligación durante más de siete meses".
Y apostilla que una vez hubo resolución de la Agencia de Protección de Datos, el alcalde "siguió incumpliendo su propia resolución a sabiendas durante 63 días, a pesar de que el grupo municipal popular le reclamó en diversas ocasiones". Es por ello que denuncia que los hechos pueden ser constitutivos "de un posible delito de impedimento del ejercicio de los derechos cívicos y prevaricación administrativa".
Este lunes será la primera prueba de fuego tanto para los populares, doblemente representados con el partido como acusación popular y los concejales como acusación particular, como para Joan Ribó (Compromís), quien deberá explicarle al magistrado lo que no le quiso explicar al PP, por qué no les quería dar acceso al expediente.