VALÈNCIA. El Ayuntamiento de València quiere ampliar su parque público de vivienda. Y para ello ha lanzado un concurso con la finalidad de adquirir inmuebles vacíos, libres de cargas y gravámenes, arrendatarios y ocupantes para destinarlos a los distintos programas públicos desarrollados por el consistorio valenciano. Un plan al que dedicará un millón de euros.
Después de que el pasado mandato las políticas de vivienda en el consistorio fueran ampliamente cuestionadas, en este nuevo mandato se ha convertido en una de las prioridades del gobierno local. Precisamente en este marco, la delegación que dirige Isa Lozano ha puesto en marcha varios programas para garantizar el acceso a la vivienda de los colectivos más vulnerables. Entre ellos se encuentra este plan de compra de vivienda pública.
El concurso que ha lanzado ahora la concejalía establece que las viviendas susceptibles de ser adquiridas por la administración local deben estar ubicadas en el término municipal de València, en suelo clasificado urbanísticamente como urbano. Podrán ser tanto de nueva construcción como usadas, pero, eso sí, deberán estar situadas en edificios que no estén urbanísticamente fuera de ordenación ni que presenten una orden de ejecución de obras de conservación y mantenimiento. Además, en caso de que el edificio tenga una antigüedad de más de 50 años, deberá tener realizado el preceptivo Informe de Evaluación del Edificio (IEE). Requisitos todos ellos inexcusables para que el consistorio tenga en consideración las ofertas que lleguen.
No importará si las viviendas ofertadas están amuebladas o no. En función del estado del mobiliario, el Ayuntamiento podrá disponer su retirada a cargo de los vendedores. Asimismo, tanto las viviendas como las zonas comunes del edificio tendrán que estar en buen estado de conservación, habitabilidad y accesibilidad y se exigirá, además, que estén inscritas en el Registro de la Propiedad a nombre de la persona o empresa licitadora con, al menos, tres meses de antelación a la fecha de publicación del anuncio de licitación.
En el momento de la formalización de la compraventa en escritura pública, las viviendas tendrán que estar libres de cargas y gravámenes y en condiciones jurídicas que permitan su inmediata escrituración e inscripción en el Registro de la Propiedad. No obstante, se podrá detraer del precio el coste de la eliminación de cualquier carga asumiendo la propiedad tanto la misma como los costes derivados del procedimietno. También deberán estar libres de personas (físicas y jurídicas) arrendatarias, ocupantes o precaristas.
El pliego publicado por el consistorio exige a los vendedores estar al corriente de pago de gastos de la comunidad y del impuesto de bienes inmuebles, así como de los suministros que tenga contratados la vivienda. No obstante, si existieran deudas económicas pendientes con la comunidad, se podrán deducir las mismas del precio mutuamente aceptado. Otro de los requisitos será haber cumplido con las obligaciones tributarias con la Hacienda municipal. Con todo, podrá procederse, en el supuesto de existencia de deudas, a la compensación de las mismas mediante la deducción del importe correspondiente del precio.
No se admitirán viviendas sujetas a algún régimen de protección pública en la que conste, en la resolución de autorización de venta, la imposibilidad de su transmisión apersonas jurídicas o la prohibición de arrendamiento o cesión de uso, total o parcial, y el subarriendo de las mismas.
El precio ofertado de venta de la vivienda no podrá ser superior a 1.322 €/m² de superficie construida, incluidos elementos comunes asignados, prevaleciendo la superficie construida que conste en el catastro. Este precio es el resultante del promedio de precios de las transacciones realizadas en València durante el año 2020 (hasta el 31 de marzo) de las que ha tenido conocimiento el Ayuntamiento.
De esta forma, el precio máximo por vivienda no será superior a los 100.000 euros, un importe resultante de aplicar el precio máximo del metros cuadrados construido a una superficie media de las viviendas de 75 metros cuadrados. Si la vivienda está sujeta a algún régimen de protección, la oferta habrá de respetar las limitaciones establecidas en dicha normativa.
En caso de que dispongan de plazas de garaje y/o trasteros vinculados, las viviendas no podrán superar el mencionado valor máximo por metro cuadrado ni el 60% del precio de venta de la vivienda. El coste de estos espacios se sumará al de la vivienda para la oferta definitiva. En todo caso, la superficie bruta construida de garaje no podrá ser superior a 25 metros cuadrados, ni a 8 metros cuadrados en el caso del trastero.
La licitación evaluará, por una parte, la oferta económica, que supondrá 50 puntos del total. La oferta más barata se llevará la máxima puntuación, y el resto se valorarán de forma proporcional. Pero hay más criterios. Por ejemplo, las condiciones de accesibilidad (el piso, la presencia de ascensor, la facilidad de acceso), que sumarán 5 puntos; la superficie de la vivienda, otros 5 puntos; y la certificación energética, otros 5.
Más tarde, habrá juicios más valorativos que podrán otorgar hasta 37 puntos. El estado de conservación de la cocina, el baño, la carpintería y otros elementos supondrá 15 puntos; el estado y la antigüedad del edificio, 10 puntos; y el entorno urbanístico, 12 puntos. Tras sumar todos los puntos, si hay empate, ganará el que haya vencido en la oferta económica.