la subida de impuestos planea sobre la norma

La nueva ley antifraude obliga a tributar por el "valor oficial" de las viviendas y no el real

1/08/2021 - 

VALÈNCIA. El pasado 10 de julio entró en vigor en España la ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Una norma que corresponde a la transposición de una directiva europea, pero en la que el Gobierno ha introducido numerosas medidas que afectan a los contribuyentes de todo el país. A nivel autonómico, las administraciones ya se preparan para implantar las novedades, como es el caso de la Generalitat. 

La más relevante es la modificación de la base imponible de los impuestos patrimoniales que gestiona la Comunitat Valenciana: Sucesiones, Donaciones, Actos Jurídicos Documentados y Patrimonio. A partir de ahora, la tributación se realizará en base al llamado "valor de referencia". ¿Y en qué consiste? Se trata de un nuevo sistema de valoración de inmuebles diferente al de la tradicional tasación que, por decirlo de alguna forma, pasa a ser "oficial". 

Éste se calcula a partir de los precios de transacciones e inmuebles que comuniquen a Hacienda Notarios y Registradores –importe de compraventa, estado de conservación, antigüedad, etc.– y será aprobado por el catastro, que lo publicará en el último trimestre de cada año. Cuando no se disponga de este valor, la base imponible será la mayor de las siguientes cuantías: el valor declarado o el valor de mercado. 

Desde la Generalitat argumentan que estas novedades conllevarán una disminución de la litigiosidad, aunque las opiniones sobre las consecuencias de ello son diversas entre los expertos en la materia. Para el abogado fiscalista Pablo Romá, va a suponer claramente una subida de impuestos, especialmente en las herencias. "Esa es precisamente la finalidad de esta nueva ley y, en general, de toda ley tributaria: recaudar más. ¿Cómo se va a realizar esta subida? No se incrementará el tipo de gravamen, se aumentará la base imponible del impuesto. La Administración tomará como valor del inmueble el valor de referencia que se publicará cada mes de diciembre en el BOE. Éste será el resultante del análisis de los precios comunicados por los fedatarios públicos en las compraventas inmobiliarias efectuadas. Estos precios comunicados serán -en general- superiores al valor catastral o al que se deriva de aplicar al valor catastral los coeficientes aprobados por la Conselleria. Por lo tanto, aumentará la base imponible del impuesto y, consecuentemente, la cuota a pagar", desgrana.

   

Donde más se van a notar las consecuencias será, bajo su punto de vista, en aquellas herencias en las que los herederos adquieran, principalmente, bajos comerciales, cuyo valor catastral suele ser más bajo que el de las viviendas. Y pone varios ejemplos: "La tributación de dos herederos de una familia de clase media con una vivienda y un apartamento en la playa podría ser, actualmente, de unos 2.500-3.000 euros cada uno. Con la nueva ley, cada heredero pagaría unos 10.000 euros. En el caso de herencias con un patrimonio bastante más elevado, esta tributación se dispararía. Por ejemplo, una persona que cuente con un patrimonio inmobiliario compuesto por varias viviendas, bajos comerciales y plazas de garaje en zonas premium de Valencia, así como un chalet en Jávea que tenga un valor catastral de unos 1,6 millones de euros, el valor de referencia de estos inmuebles podría llegar hasta los 12 millones". 

Romá cree que aumentarán igualmente los impuestos de Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. También, aunque de modo más limitado, el de Patrimonio. "Tal y como establece la exposición de motivos de la ley, esta misma regla (la del valor de referencia) se aplicará en el Impuesto sobre el Patrimonio para los inmuebles cuyo valor haya sido determinado por la Administración en un procedimiento previo. Por ejemplo, si alguien hereda un inmueble y el valor de éste ha sido determinado por la Administración mediante la aplicación del valor de referencia, posteriormente deberá de declararlo en el impuesto sobre el Patrimonio, cada año, por ese valor de referencia. Está claro que, para estos casos, el valor de los inmuebles en este impuesto aumentará y por tanto se tributará más por ellos", vaticina. 

¿Acabará en los tribunales?

Uno de los objetivos de la norma es incrementar la seguridad jurídica y reducir, por tanto, la litigiosidad, algo que piensa que se logrará, sobre todo, en la comunidades autonómas. "La ley pretende erradicar un procedimiento -el de comprobación de valor de los inmuebles- que tanta litigiosidad ha provocado y tantos varapalos judiciales para las administraciones tributarias autonómicas ha supuesto", señala. 

Aun así, augura que acabará en los tribunales. "No se recurrirá de forma directa, pero sí indirectamente mediante la solicitud de rectificación de autoliquidaciones o la impugnación de las liquidaciones que se han basado en las nuevas normas introducidas en esta ley. Habrá que analizar cómo se motiva el valor de referencia y cómo se efectúa su cálculo. Mi vaticinio es que la falta de motivación será uno de los argumentos para impugnar este valor de referencia. Los tribunales tendrán la última palabra", indica. 

   

Por su parte, el economista Federico Varona también augura problemas y califica la norma de "retroceso". "Se pueden acabar dando situaciones como que, en una finca, el valor de referencia sea el mismo para una vivienda reformada y otra en malas condiciones", comenta. 

Además, remarca que el criterio del Tribunal Supremo es que no haya este tipo de valores de referencia para liquidar impuestos, sino que sea un valor pactado entre las partes. "Si tú a partir de ahora compras un piso por 160.000 euros y el valor de referencia son 172.000 euros, vas a tener que contribuir por este último", remarca. Motivo por el que opina que el precio de la vivienda se encarecerá. 

Además, interpreta que habrá mayor inseguridad jurídica y no menor y que la ley acabará en los tribunales. Sí cree que se reducirá la litigiosidad, pero piensa que "ese no es el problema", sino que es "de justicia". 

Al margen de lo relativo a los inmuebles, la nueva norma contiene para él otros apartados de importancia. Entre ellos, menciona el hecho de que a partir de ahora nadie pueda pagar una factura de más de 1.000 euros en metálico, algo que afecta a las operaciones entre empresas y particulares o a ciertas compras en efectivo. Y hace especial hincapié en que se empieza a regular el control sobre el mercado de criptodivisas.

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