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recomienda ampliar el censo de recién nacidos y menores robados 

El Consell Jurídic obliga al Consell a rehacer el decreto que desarrolla la ley de Memoria 

Foto: KIKE TABERNER
6/12/2022 - 

VALÈNCIA. El Consell Jurídic Consultiu (CJC), el órgano consultivo de las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana, ha emitido un dictamen sobre el proyecto de decreto del Consell de Memoria Democrática. Es decir, aquel que desarrolla la ley con el mismo nombre que fue impulsada por la Generalitat en la pasada legislatura y que en este momento se encuentra en fase de tramitación. 

El informe contiene diez observaciones de carácter esencial, aquellas que deberían de ser atendidas por parte de la Conselleria que dirige Rosa Pérez para que el decreto sea conforme al ordenamiento jurídico. Tal como recuerda el CJC, si bien resulta viable que la Comunitat Valenciana, en el ámbito de sus competencias propias, desarrolle las previsiones que estime a la hora de articular políticas de recuperación de la memoria democrática, siempre deberá ser respetando la legislación básica estatal. Y, en concreto, armonizándose a la reciente ley de Memoria Democrática nacional

Una de las recomendaciones del Consell Jurídic es que se amplíe el censo de recién nacidos y menores sustraídos en la Comunitat puesto que en el decreto se restringe, "de manera injustificada", la información a incorporar relativa a las madres únicamente en los casos en que éstas hubieran sido detenidas, encarceladas o represaliadas. "Consideramos que el precepto debería referirse a todas las madres, estuvieran o no detenidas, encarceladas  o represaliadas", dice el informe. 

A continuación mencionan las observaciones esenciales, algunas de ellas por el choque con la normativa estatal. Así, hace hincapié el CJC en que la actual regulación del mapa integrado de localización de personas desaparecidas está en la ley de Memoria Democrática nacional, por lo que habrá de corregirse la redacción del decreto autonómico.

Procedimientos de investigación y exhumación

En cuanto a la iniciación del procedimiento de investigación, localización, exhumación e identificación, el texto establece quiénes pueden solicitar estas actuaciones, y señala que "personas y entidades que acrediten un interés legítimo". El Consell Jurídic pide que la norma concrete que sean aquellos que ostenten la condición de interesados según la ley sobre el procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. También que se incluya a quienes, no habiendo iniciado el procedimiento, "tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte". 

El informe reclama corregir, del mismo modo, que la denuncia y personación ante los órganos jurisdiccionales no correspondería en ningún caso ejecutarlas a la Generalitat; o el hecho de que el Centro Documental de la Memoria Histórica ya esté regulado en la normativa estatal. 

Sobre la retirada o eliminación de elementos contrarios a la memoria democrática, el CJC pide que el decreto recoja, como en la ley, el carácter facultativo del asesoramiento y que pueda ser prestado o por la conselleria competente en materia de patrimonio histórico y cultural o por un comité técnico de expertos. 

Por último, en el destino y custodia de los vestigios, destaca el Consell Jurídic que el decreto especifique que a los se refiere es a los de titularidad pública, ya que una norma reglamentaria no tiene el rango necesario para poder decretar la privación de bienes de naturaleza privada. 

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