VALÈNCIA (EP) El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, Héctor Illueca, ha presentado la convocatoria para 2022 y 2023 de las ayudas al alquiler de viviendas al que se destinarán un total de 25.339.200 de euros.
El objetivo de estas ayudas, que se enmarcan en el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, es facilitar el acceso a una vivienda o habitación en alquiler o cesión de uso a sectores de población con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas, ha indicado el Gobierno valenciano en un comunicado.
El responsable de Vivienda ha anunciado que esta convocatoria de ayudas "presenta novedades para conseguir que sean cada vez más inclusivas y con determinados cambios demandados por diferentes colectivos". Uno de estos cambios es que, como el Bono Joven, las ayudas están pensadas para dos años y no para un solo ejercicio. Es decir, se subvencionarán los recibos de alquiler de hasta 24 mensualidades.
Otra de las novedades es que no se subvencionará el 50% del recibo a todos los solicitantes por igual, sin tener en cuenta otras variables. Se subvencionará la mitad del alquiler a personas o unidades de convivencia con ingresos igual o inferiores a 1 Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem). Y, progresivamente, si se tienen más ingresos, se subvencionará menos porcentaje del alquiler. Con esta nueva dinámica "llegamos a más gente antes de agotar la línea de presupuesto destinada a las ayudas de alquiler".
Esta convocatoria también incorpora una demanda del colectivo de personas mayores y pensionistas. "Tanto las personas que viven solas con únicamente por prestaciones públicas como las personas que viven acompañadas pero donde todos los miembros de la unidad de convivencia tienen más de 65 años, se les subvencionará la mitad del alquiler", ha remarcado el vicepresidente.
La cuantía total máxima de las ayudas para 2022 y 2023 será inicialmente de 25.339.200 euros, correspondiendo 9.439.200 euros euros al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana la cantidad y 15.900.000 euros a la Generalitat.
En la presentación también han intervenido el secretario autonómico de Vivienda y Función Social, Alejandro Aguilar, y la directora general de Emergencia Habitacional, Pura Peris, quien ha explicado los principales requisitos para acceder a estas ayudas.
Se podrá acoger a subvención el alquiler de la vivienda o habitación que sea la residencia habitual y permanente de la persona o unidad de convivencia solicitante y que conste en el contrato de arrendamiento.
Entre los requisitos necesarios está que la suma total de las rentas anuales de las personas convivientes sean iguales o inferiores a 3 veces el Iprem. Dicho umbral será de 4 veces el Iprem si se trata de una familia numerosa general, personas con discapacidad o víctimas de terrorismo y de 5 veces el Iprem cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33%.
Además de los casos anteriores, para acceder a estas ayudas también se tendrá en cuenta la situación de grupos de especial atención como son, entre otros, las personas afectadas por procedimientos de desahucio, ejecución hipotecaria o dación en pago; familias monoparentales con hijos siempre que no exista pensión compensatoria; mujeres víctimas de violencia de género; jóvenes extutelados; personas exconvictas; afectadas por situaciones catastróficas; unidades en que todas las personas se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado las prestaciones.
Las ayudas se concederán teniendo en cuenta la localidad en que este emplazada la vivienda y podrá ir desde los 420 a los 770 euros mensuales para alquiler y cesión de vivienda y de los 175 a los 300 euros para arrendamiento o cesión de habitación. En los supuestos de familias numerosas o de personas con discapacidad, el límite máximo es de 900 euros.
La Conselleria concederá las ayudas hasta agotar el importe máximo disponible para la convocatoria, aunque se priorizarán los solicitantes pertenecientes a los grupos de especial atención.
La ayuda se concederán por el plazo de dos años o veinticuatro mensualidades como máximo que se corresponderán con las mensualidades devengadas durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023 o, en todo caso, las que correspondan a partir de la fecha de suscripción del contrato.
La solicitud se formalizará electrónicamente mediante un formulario disponible en el portal de la Generalitat (consultar aquí) o de forma presencial en los servicios territoriales. El plazo de presentación será de un mes a partir de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).