VALÈNCIA. La titular del Juzgado de Instrucción número 10 de València que, como adelantó Valencia Plaza, archivó la causa abierta a raíz de la denuncia del asesor del PP Luis Salom por la exención del Impuesto de Plusvalías concedida por el Ayuntamiento de València al PSOE tras la venta de su sede de la calle Blanquerías por 5,8 millones de euros, asegura en su auto de archivo que la ley permite tal exención a los partidos políticos.
Añade que si Salom no estaba de acuerdo en el cambio de criterio -hasta entonces el Consistorio consideraba que los partidos políticos sí debían pagar impuestos pero cuando lo pidió el PSOE cambió de opinión-, debería haber recurrido por la vía contencioso-administrativa, cosa que no hizo. "Si el denunciante no está de acuerdo con la resolución, y tiene dudas del alcance de la interpretación que deba darse a la normativa fiscal de exención del pago del IBI para lo partidos políticos, debería platear por vía contencioso-administrativo si tiene legitimación", dice textualmente.
El importe condonado al partido del que es dirigente el concejal socialista de Hacienda, Ramón Vilar, fue de 104.000 euros. La jueza no ve delito por parte de Vilar ni del entonces secretario general -se jubiló en junio-, Pedro García Rabasa. Afirma que "no existe indicio racional de criminalidad", por cohecho o tráfico de influencias. Tampoco se ha justificado que el cambio de puesto en el partido sea consecuencia de la actuación llevada a cabo por el señor Vilar" -fue nombrado presidente del PSOE de València capital poco después-, o que la resolución que permitía la exención del pago "fuera con esa finalidad", ni se han acreditado, "siquiera indiciariamente, influencias entre los investigados para la obtención de la resolución".
La resolución de la magistrada explica que la investigación se siguió por un presunto trato de favor, de Vilar y García Rabasa, al PSPV cuando dictaron una resolución en febrero de 2018 estimando la petición del PSOE sobre la exención del pago del impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido como Impuesto de Plusvalías). La denuncia incluía más situaciones presuntamente irregulares, pero no se investigó ningún otro delito porque en la declaración de Salom "respecto de esos hecho no se considera que se haya puesto de manifiesto hechos constitutivos de infracción penal".
En su declaración, el asesor popular dijo que "hubo un cambio de criterio anterior al establecido en 2012", es decir, la exención del IBI y las plusvalías a los partidos políticos. Sobre la exención en sí, Salom admitió que "hay distintos criterios tanto en el ayuntamiento como en los juzgados y tribunales ya que la ley no es clara", y señaló que lo que denunciaba era el cambio de criterio del concejal socialista hacia su partido.
Uno de sus argumentos era que tras admitir la exención al PSPV, se la denegó al Partido Comunista de España (PCE), pero ese argumento fue desmontado por los acusado al aceptar, tras la denuncia de Salom y la apertura de diligencias, el recurso del PCE y aplicarle la exención.
Argumenta la jueza que el acuerdo de la Junta de Gobierno que inadmitió la solicitud del PP municipal para que se declara nulo de oficio el acuerdo sobre la Plusvalía se ajustó a derecho y no fue recurrido por la vía contencioso-administrativa.
Y añade que la asesoría jurídica del Consistorio -cuyo letrado titular, José Vicente Sánchez-Tarazaga, es el abogado defensor de García Rabasa- realizó un informe en mayo de 2019 en el que se expresaba que el acuerdo que permitió la exención del pago de las plusvalías "cumple con los requisitos legales para la aplicación del beneficio fiscal cuando le es aplicable a los partidos políticos".