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La OCU dice que un valenciano con dos hijos paga 631 euros más de IRPF que si viviera en CyL

Foto: A. ORTEGA/EP
24/01/2022 - 

VALÈNCIA (EP). La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) de la Comunitat Valenciana insiste en la necesidad de una armonización fiscal para que todos los contribuyentes, vivan donde vivan, puedan beneficiarse de parecidas y generosas ventajas, en especial los grupos más vulnerables, como con hijos menores de tres años, con dos hijos o más, con cónyuge discapacitado o viudos.

Como ejemplo, advierte que un padre o madre con dos hijos pequeños que resida en la Comunitat Valenciana paga 631 euros más en el IRPF que si viviera en Castilla y León.

Esto demuestra, para la OCU, que aunque el sistema tributario español comparte el principio de igualdad, dos ciudadanos con idénticas circunstancias e ingresos pueden pagar varios cientos de euros más o menos como consecuencia de las distintas deducciones personales y familiares que cada autonomía permite introducir en la declaración de la renta.

Por ejemplo, un progenitor con dos hijos, uno de cuatro años y otro que nació en 2021, con un salario de 25.000 euros, pagará en su declaración individual de este año 2.666 euros de IRPF si vive en la Comunitat Valenciana, 631 euros más que si residiera en Castilla y León.

Y es que en esta última comunidad existe una deducción de 1.010 euros por el nacimiento del primer hijo, 1.475 euros por el segundo y 2.352 euros por el tercero y sucesivos (a dividir entre los progenitores) cuando la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, no supere los 18.900 euros en tributación individual y los 31.500 euros en conjunta.

Pero la OCU señala que no es la única diferencia en deducciones personales y familiares, ya que hay otras dirigidas a grupos vulnerables que solo existen en algunas comunidades autónomas, como la deducción por viudedad, que solo se aplica en Catalunya y Extremadura; la deducción por cónyuge discapacitado, exclusiva de Andalucía y Cantabria; la deducción por menores de tres años, únicamente en Cantabria y La Rioja, o la deducción por acogimiento de mayores de 65 años que aplican Asturias, Castilla-La Mancha, la Comunidad de Madrid y la Región de Murcia.

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